COMUNICACIÓN Nº 946-CM-18

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA PRESIDENTE MAURICIO MACRI REPUDIO Y DEROGACIÓN DECRETO 702/18

 

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional.

 

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 

Convención Americana sobre Derechos Humanos.

 

Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

 

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

 

Convención Internacional sobre los Derechos de la Infancia.

 

Ley nacional 23849: Convención sobre los derechos del niño.

 

Ley nacional 26061: Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes.

 

Constitución Provincial.

 

Ley provincial 4109: Protección integral de los derechos de niñas, niños y adolescentes de la Provincia de Río Negro.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 1884-CM-08: Se adhiere a la ley nacional 26061 y a la ley provincial 4109. Se crea el Consejo Local de Protección Integral de Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Decreto 702/18.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El decreto 702/18 firmado por el Poder Ejecutivo, eliminó en un solo paso los suplementos diferenciales que por asignación familiar por hijo se cobraban en algunas provincias del país, incluida la Patagonia en su totalidad.

 

Esta medida diferencial alcanzaba la asignación prenatal y la ayuda escolar anual. Del mismo modo, se reconoce en salarios, jubilaciones, pensiones y en la Asignación Universal por Hijo AUH. Por ello, es particularmente preocupante que esta quita en las Asignaciones Familiares se replique luego sobre los derechos de otros colectivos si no se logra revertir el decreto que nos ocupa.

 

Además de esta quita, se elevó el piso y se redujo el máximo de los ingresos familiares previstos para el cobro de esta asignación familiar, lo que redunda en la práctica, en menos familias que podrán acceder al beneficio.

 

En el caso de las provincias patagónicas, este plus se fundamenta, en los altos costos de vida en relación a la media nacional. Situación que se ha visto incrementada desde la autorización de los incrementos desmedidos en los servicios públicos básicos como luz y gas y la desregulación del valor de los combustibles líquidos que incide directamente sobre los precios, por la lejanía con los principales centros industriales del país.

 

A pesar de que para argumentar esta medida salvaje, el titular del ANSES dijo sin mayores pruebas que “ya no hay diferencias importantes entre los ingresos y el costo de vida de las distintas zonas”, el IPC que realiza nuestra provincia mes a mes, da cuenta de que ese argumento es falso. La búsqueda de la equidad no puede pensarse cuando la situación socio-económica de los niños y niñas de nuestro país no es igualitaria, presentando profundas particularidades entre provincias.

 

Si bien la cifra del ajuste no ha sido expuesta de manera oficial, se estima que el recorte será de entre 3000 y 5000 millones de pesos anuales. El impacto en las arcas del ANSES se verá reflejado en un menor monto a pagar de asignaciones familiares sobre el mismo monto de ingresos, ya que a los empleadores no se les ajusta el importe de los aportes para este concepto.

 

 

En términos nominales de los datos que surgen del “Informe Estadístico” de la ANSES de mayo de 2018 se desprende que este ajuste significará, un recorte de hasta un 75% en las asignaciones familiares prenatal y por hijo de los trabajadores registrados en las provincias patagónicas y en varios departamentos de las provincias de Salta, Formosa, Mendoza, Catamarca y Buenos Aires. Producto del ajuste, los trabajadores de estas regiones sufrirán en promedio un recorte de hasta 1892 pesos mensuales por cada hijo.

 

El desagregado por regiones indica que para las provincias de Tierra del Fuego; Santa Cruz y Chubut, la pérdida por prestación ronda los $1.800 y afecta a 140.261 casos, eso significa $252.469.800 mensuales, lo que equivale a $3.282.107.400 anuales.

 

Mientras tanto, para las provincias de Río Negro; Neuquén; La Pampa; los distritos correspondientes a Mendoza y los departamentos de Formosa con una población comprometida que suma un total de 260.785 casos. Se puede estimar reducciones entre el 25% y el 50 %, lo que equivale a un total de $117.353.250 mensuales lo que equivale a $1.525.592.250 anuales.

 

Para los departamentos de Salta y Jujuy que involucran una población de 48.363, donde la pérdida ronda los $1.800 hace un total de $87.053.400 mensuales lo que equivale a $1.131.649.200 anuales.

 

Estos números implican un total de $5.939.348.850 anuales que dejan de ser percibidos por aquellas personas que venían accediendo conforme las modificaciones establecidas en el decreto 702/18.

 

Claramente estamos ante una evidente regresión en materia de derechos sociales que violan el derecho de una enorme cantidad de personas y en particular los derechos que justamente protegen en última instancia a los niños, niñas y adolescentes.

 

Por todo esto, el 31 de julio de 2018, se presentó en el juzgado federal de nuestra ciudad una acción de amparo colectivo en los términos del artículo 43 de la Constitución Nacional (en adelante CN) y concordantes de la ley 16986 contra el Estado Nacional, a los efectos de demandarle a V.S. que declare la inconstitucionalidad del decreto 702/2018 en tanto resulta violatorio del derecho humano a la seguridad social al contravenir la obligación internacional de progresividad en la protección de los derechos humanos que impide menoscabar los derechos existentes en materia de seguridad social (CN, art. 14 y 75 inciso 22, Declaración Universal de Derechos Humanos, art. 22, Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales, art. 9).

 

Al mismo tiempo, el decreto resulta violatorio del principio de dignidad de las personas reconocido en el artículo 11 de la Convención Americana sobre Derechos Humanos; artículo 1º, Declaración Universal de los Derechos Humanos; y Preámbulos del Pacto Internacional de Derechos Civiles y Políticos y de la Declaración Americana de los Derechos y Deberes del Hombre.

 

En este sentido, el mencionado decreto resulta regresivo en dos aspectos: por un lado, en tanto excluye de las asignaciones familiares a personas que hasta el momento venían percibiéndola sin que la situación de estas personas se haya modificado (bajando el ingreso familiar máximo para poder acceder al beneficio, llevándolo de $ 94.786 a $83.917 y subiendo el mínimo de $200 a $2816,14). Por otro lado, reduciendo drásticamente y de forma ilegítima e irracional los montos de las asignaciones en aquellos lugares en donde se percibían las asignaciones según los regímenes diferenciados por zona geográfica. Ambas situaciones vulneran el derecho a la seguridad social de un conjunto de personas a las cuales el PE quita asignaciones, o sea disminuye sus ingresos mensuales, sin más justificativos que la mera medida dictada. Algo prohibido por la Constitución Nacional.

 

Además en tanto estas asignaciones están estrechamente ligadas a las contingencias que genera la paternidad y la maternidad, su reducción y su negación tienen una consecuencia directa sobre los derechos del niño. Esto contraviene de manera clara la Convención sobre los Derechos del Niño que compromete a los Estados a “asegurar al niño la protección y el cuidado que sean necesarios para su bienestar, teniendo en cuenta los derechos y deberes de sus padres, tutores u otras personas responsables de él ante la ley y, con ese fin, tomarán todas las medidas legislativas y administrativas adecuadas”.

 

Respecto a la prohibición de regresividad que la abultada normativa propugna, es necesario comprender que la regresividad también se manifiesta en los resultados de una política pública (regresividad de resultados) cuando los resultados de la aplicación de políticas públicas desarrolladas por el Estado, empeoran la situación de las personas en relación con el estado de las mismas en un punto de partida temporalmente anterior elegido como parámetro, tal es el caso de la medida cuestionada.

Es claro, que a la luz de los últimos acontecimientos de la economía nacional donde el gobierno de Mauricio Macri volvió a abrir las puertas del ajuste impuesto por el Fondo Monetario Internacional, que este recorte en las asignaciones familiares de nuestros niños y niñas rionegrinas es parte de lo que el ANSES entrega como ofrenda al mentado ahorro fiscal que nos exige este organismo internacional. La crueldad de este ajuste es inusitado, una brutal transferencia de recursos de las economías de las familias rionegrinas para garantizar el pago a financistas extranjeros.

 

Asimismo, cada ajuste en las finanzas familiares se traduce en una retracción en el consumo, por lo que la medida, no sólo atenta contra los derechos de los niños, niñas y adolescentes, sino que afecta a la economía regional en su conjunto.

 

En este contexto, a fines de julio de 2018, Alberto Weretilneck rechazó una invitación que su par de Chubut le realizara para conformar un Frente Patagónico Antiajuste, para sumar fuerzas en los reclamos ante Nación por la quita de los subsidios en el consumo de gas, energía eléctrica y transporte. Este frente se pensó como respuesta a los ajustes que el gobierno de Mauricio Macri ya ha anunciado para cumplir con las metas del FMI.

 

En este sentido, así como las declaraciones públicas en las cuales indica estar de acuerdo con los ajustes, nos da la pauta que el máximo representante institucional como rionegrinos nada hará para defender los derechos de las y los ciudadanos.

 

No obstante, desde la representación que nos dan nuestras bancas de concejales tenemos la enorme responsabilidad de actuar rápida y contundentemente para exigir la inmediata derogación del decreto 702/18 con sus nefastas implicancias para las familias rionegrinas y en particular para las más vulneradas.

 

 

 

 

AUTORES: Concejales Ana Marks, Ramón Chiocconi y Daniel Natapof (FPV).

 

 

 

 

 

 

El proyecto original N.º 928/18 fue aprobado en la sesión del día 9 de agosto de 2018, según consta en el Acta N.º 1101/18. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

 

Art. 1°)

Se comunica al Presidente de la Nación Mauricio Macri nuestro más enérgico repudio al decreto 702/18.

 

Art. 2°)

Se solicita al Presidente de la Nación Mauricio Macri, la inmediata derogación del decreto 702/18 que avanza sobre derechos de los niños, niñas y adolescentes de la Provincia de Río Negro.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.