COMUNICACIÓN  N° 666-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: SOLICITAR AL MINISTRO DE SALUD DE LA  NACION REALICE GESTIONES PARA LA ADQUISICIÓN  DE  EQUIPO LÁSER (PULSED DYE LASER).

 

ANTECEDENTES

 

Solicitud de MADEVI (Asociación Argentina para el Tratamiento de la Mancha de Vino Oporto- Matrícula Nº 34.162) Personas Jurídicas, Provincia de Buenos Aires, ha sido fundada por padres y pacientes con una misma visión, tener el equipo Láser necesario para el tratamiento de la enfermedad, en la Patagonia.

 

Adhesión a esta  solicitud del Hospital Universitario Austral.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Las Manchas de Vino Oporto (MVO) son malformaciones vasculares cutáneas que afectan los vasos sanguíneos más pequeños de la piel.

 

Es una enfermedad de carácter congénito que se encuentra presente en los niños desde su nacimiento, presentándose en el 90% de los casos en el rostro, pudiendo ocupar la mitad o la totalidad del mismo. Las manchas crecen en forma proporcional al crecimiento del individuo y persisten a lo largo de toda la vida, salvo que reciban el tratamiento específico.

 

Su prevalencia es de tres casos cada mil nacimientos; en Argentina nacen aproximadamente 6 niños por día con esta patología, y las obras sociales en su mayoría, no cubren este tipo de tratamientos por considerarlos estéticos y por no estar contemplada dentro del plan médico obligatorio.

 

La construcción de la imagen personal marca el desarrollo psíquico y social del niño, las enfermedades de la piel son estigmatizantes, tener un aspecto diferente dificulta la vida de relación y la inserción social y laboral y peor aún cuando estas diferencias no son estéticamente agradables.

 

Cabe destacar que es una enfermedad que nos acompañará el resto de nuestras vidas, ya que los vasos pueden volver a dilatarse, esto requeriría un tratamiento de mantenimiento de por vida, de al menos una vez al año.

 

Dicho tratamiento requiere de un láser de anilinas pulsando por lámpara de destellos- Pulsed Dye Laser- por su gran longitud de onda e intensidad y por el bajo riesgo de dañar los tejidos que se encuentran en el camino.

 

La Argentina no cuenta con este equipo, de modo que el paciente debe trasladarse a los países de Chile ó Brasil, aumentando así los gastos de pasajes y estadía a los ya altos valores de cada sesión la cual es de 1.500 dólares cada una, requiriendo entre 10 y 20 para lograr mejoría de la lesión; teniendo conocimiento que el Ministerio de Salud de la Nación, adquirió recientemente 5 equipos de los ya mencionados, es que por este medio solicitamos que uno de ellos sea entregado a la zona sur del país, Provincia de Río Negro, para así cubrir las necesidades de estos pacientes de la Patagonia, minimizando los gastos del tratamiento en sí.

 

 

AUTOR: Concejal Lic. Ángel Darío Barriga (FpV-SUR).

 

 

COLABORADOR: MADEVI (Asociación Argentina para el Tratamiento de la Mancha de Vino Oporto- Hospital Universitario Austral).

 

 

 

El proyecto original Nº 520/09, fue aprobado en la sesión del día 17 de diciembre de 2009, según consta en el Acta Nº 939/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art.  1°)

Se solicita al Ministro de Salud de la  Nación, Dr. Juan Manzur, realice las  gestiones necesarias tendientes a que se asigne a la Provincia de Río Negro, un equipo Láser (Pulsed Dye Laser), de los cinco que han adquirido últimamente, a fin de cubrir el tratamiento adecuado en nuestra Patagonia, a los pacientes con la enfermedad de Las Manchas de Vino Oporto (MVO).

 

Art.  2º)

Fundamenta la elección de la Provincia de Río Negro para la asignación del equipo, que es la Provincia de la Patagonia que cuenta con todos los medios de transportes y comunicación desde cualquier punto del país, y Chile también.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.