COMUNICACIÓN N° 794-CM-15

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR AL EJECUTIVO MUNICIPAL DÉ CUMPLIMIENTO A LA ORDENANZA 2450-CM-13 (TEXTO ORDENADO DE LA ORDENANZA 120-I-78).

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2450-CM-13 (texto ordenado de la Ordenanza 120-I-78).

 

FUNDAMENTOS

 

Cualquier vecino de la ciudad o turista, cualquiera sea el transeúnte, no desconoce el estado actual de las veredas de la ciudad. Sea cual fuere el punto geográfico, el sector, el barrio, el microcentro o la periferia, nos encontramos en riesgo de torceduras, caídas, dificultades para la libre circulación; y aún más riesgos, cuando se trata de personas mayores o con movilidad reducida o personas con discapacidad física.

 

Si a las veredas deterioradas le sumamos el pronto cambio climático, el pasaje al invierno, con sus particularidades: heladas, precipitaciones, nieve entonces nos encontramos que se suman a las circunstancias señaladas anteriormente, más factores de riesgo.

 

Si bien la Ordenanza 2450-CM-13 señala en sus artículos 4º) y 5º) al frentista como responsable de mantener la conservación, reparación y transitabilidad de la vereda, eliminando los obstáculos; también es responsabilidad del Estado municipal el ejercer la fiscalización tal lo expresa el artículo 7º) para dar cabal cumplimiento a la normativa.

 

AUTORA: Concejal Elena Welleschik (UCR).

 

El proyecto original Nº 772/15, fue aprobado en la sesión del día 9 de marzo de 2015, según consta en el Acta Nº 1032/15. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica al Poder Ejecutivo Municipal la urgente necesidad de que se dé cumplimiento a la Ordenanza 2450-CM-13 (texto ordenado de la Ordenanza 120-I -78).

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.