DECLARACIÓN N° 1905-CM-15

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL, SOCIAL Y COMUNITARIO EL EVENTO POR EL DÍA INTERNACIONAL DEL YOGA.

 

ANTECEDENTES

 

  1. Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2071-CM-10.

 

Solicitud de declaración de interés.

 

Gacetilla informativa del evento.

 

FUNDAMENTOS

 

El yoga ofrece un enfoque holístico de la salud y el bienestar, ofrece una serie de técnicas y herramientas muy simples de practicar y a la vez muy potentes para enfrentar los desafíos cotidianos reduciendo los efectos negativos del estrés y manteniendo la salud.

 

La Asamblea General de las Naciones Unidas, proclamó el día 21 de junio como “Día Internacional del Yoga”, haciendo notar la importancia de que las personas y las poblaciones adopten decisiones más saludables y modos de vida que propicien la buena salud.

 

La Embajada de India en la Argentina conjuntamente con la Federación de Yoga de la República Argentina conforman el comité organizador de este evento a nivel nacional, la jornada permitirá dar a conocer a la sociedad los beneficios de la práctica del yoga.

 

El evento cuenta con el aval de la FYRA (Federación de Yoga de la República Argentina), la Escuela Latinoamericana de Yoga y la Unión Internacional de Docentes de Yoga Vital.

 

En virtud de lo anteriormente expuesto, entendemos importante que el Estado municipal brinde su apoyo, declarando de interés municipal dicho evento.

 

 

AUTOR: Concejal Ramón Chiocconi (PJ).

 

 

INICIATIVA: Lucrecia Martin.

 

 

 

El proyecto original Nº 834/15, fue aprobado en la sesión del día 18 de junio de 2015, según consta en el Acta Nº 1038/15. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal, social y comunitario el evento por “El día Internacional del Yoga”, a realizarse el 21 de junio de 2015 en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.