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DECLARACIÓN N° 1187-CM-06

 

DESCRIPCION SINTETICA: DECLARAR DE INTERES DEPORTIVO MUNICIPAL EL XXXIV CAMPEONATO INTERNACIONAL INFANTIL PATAGÓNICO DE SKI.

 

ANTECEDENTES

 

Nota de fecha 14 de marzo de 2006, presentada por los Sres. Manuel Gómez y Martín Enevoldsen, Presidente y Secretario del Club Andino Bariloche.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El XXXIV Campeonato Internacional Infantil Patagónico de Ski tendrá lugar en nuestra ciudad entre los días 4 y 10 de septiembre de 2006 organizado por el Club Andino Bariloche y auspiciado por la Federación Argentina de Ski y Andinismo y conforma el calendario de la Federación Internacional de Ski (FIS), abierto a la participación de todos los países afiliados a la misma, a la fecha un centenar.

 

La apertura de la participación más allá del ámbito patagónico, favorece la concurrencia de equipos, reuniendo a más de ciento cincuenta corredores, a quienes se sumarán entrenadores, dirigentes y padres, estimándose en alrededor de trescientas personas visitantes, abarcando de esta manera aspectos deportivos, turísticos, sociales y culturales de difusión y promoción de las bondades de San Carlos de Bariloche y sus centros de Ski.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Alberto Icare.

 

COLABORADORES: Secretario de Deportes, Prof. Oscar Espósito; Secretario de Gobierno, Sr. Adolfo Foures y  Secretario de Hacienda, Lic. Ángel Darío Barriga.

 

El proyecto original Nº 627/06, fue aprobado en la sesión del día 11 de abril de 2006, según consta en el Acta Nº 860/06. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

Art.  1°)

Declarar de Interés Deportivo Municipal la realización en San Carlos de Bariloche, entre los días 4 y 10 de septiembre de 2006, del XXXIV Campeonato Internacional Infantil Patagónico de Ski, organizado por el Club Andino Bariloche y auspiciado por la Federación Argentina de Ski y Andinismo.

 

Art.  2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.