DECLARACIÓN N° 1828-CM-14

 

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR EVENTO DE INTERÉS MUNICIPAL Y DEPORTIVO LA XXVI EDICIÓN DE LAS 1000 MILLAS SPORT.

 

 

ANTECEDENTES

 

Nota 1000 Millas Sport.

 

FUNDAMENTOS

 

Nuestra ciudad será sede del 19 al 23 de noviembre de 2014 en el Llao Llao Hotel & Resort Golf-Spa la vigésima sexta edición de las 1000 Millas Sport de la Argentina.

 

En esta oportunidad constará de tres etapas que unirán el Corredor Andino de las provincias de Río Negro, Chubut y Neuquén y del país de Chile. Participarán 150 autos clásicos y sport de inigualable calidad y valor. Participarán binomios de otros países como por ejemplo: Rusia, Sudáfrica, Canadá, Inglaterra, Italia, Francia, Alemania, Estados Unidos, Paraguay, Brasil, Chile y Uruguay, entre otros. Esta carrera pasará por nuestro querido Centro Cívico el día 21 de noviembre de 2014.

 

Cabe destacar, que la carrera integra la triple corona junto con los Rally de Bodegas y de Montaña. También pertenece al calendario Internacional FIVA (Federation Internationale de Véhicules Anciens) y será fiscalizado por la Comisión Deportiva del Automóvil Club Argentino, siendo una fecha del calendario automovilístico nacional.

 

Por lo expuesto, solicitamos se declare de interés municipal y deportivo la mencionada competencia.

 

 

 

AUTORES: Concejales Leandro Lescano, Carmen Giménez (AFSP); Alejandro Ramos Mejía (PJ); Irma Haneck (SUR) y Mauro Gonzalez (PvpC).

 

 

 

El proyecto original Nº 670/14, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 2 de octubre de 2014, según consta en el Acta Nº 1025/14. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara evento de interés municipal y deportivo la XXVI edición de las 1000 Millas Sport de la Argentina, que se desarrollará del 19 al 23 de noviembre de 2014 en el Llao Llao Hotel & Resort Golf-Spa de nuestra ciudad.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.