Convocatoria a Audiencia Pública
Resolución 053-PCM-2016

DESCRIPCIÓN SINTETICA:LLAMADO AUDIENCIA PÚBLICA PROYECTO DE ORDENANZA 031/16: PRESTAR ACUERDO AL PLIEGO DE BASES Y CONDICIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS.

ANTECEDENTES:
Carta Orgánica Municipal.
Ley Nacional 24449.
Ley Provincial 1550.
Carta Orgánica Municipal; 2ª Parte, Organización del Estado Municipal, Título Primero, Sección Primera, Funciones Municipales, Capítulo Único, Funciones y Competencias municipales, Art. 29, incisos 10 a 17; y Capítulo VI, Obras y Servicios Públicos, Arts. 128 a 131.
Ordenanza 62-I-82: Adjudica el concurso de precios por la concesión del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros a la firma Micro Ómnibus 3 de Mayo S.A.
Ordenanza 112-C-87: Prorroga por 5 años el servicio de Transporte Público de pasajeros que desarrolla la Empresa 3 de Mayo S.A. por Concurso de Precios. Condiciona la misma, a la realización de modificaciones contractuales.
Ordenanza 101-CM-92: Prorroga por 5 años la concesión para el servicio de transporte público de pasajeros que desarrolla la Empresa 3 de Mayo.
Ordenanza 502-CM-95: Renovación de Concesiones Públicas.
Ordenanza 873-CM-98: Aprobar Contrato Concesión Transporte Urbano Pasajeros Empresa 3 De Mayo S.A.
Ordenanza 2056-CM-10: Autorizar convenio de regularización marco contractual vigente Sistema Transporte Urbano de pasajeros. (3 de Mayo)
Ordenanza 2057-CM-10: Autorizar convenio de regularización marco contractual vigente Sistema Transporte Urbano de pasajeros. (CODAO)
Ordenanza 2058-CM-10: Aprobar Pliego de bases y condiciones para la licitación del Sistema Urbano de Transporte de pasajeros.
 Ordenanza N° 2295-CM-12: Crear Comisión de seguimiento del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros.
Ordenanza N° 2412-CM-13: Autorizar Departamento Ejecutivo prórroga vigencia convenio marco regularización contractual de Transporte Urbano de Pasajeros (Ordenanzas 2056-CM-10, 2057-CM-10). Otorga por única vez compensación extraordinaria.
Ordenanza 2464-CM-13: Prestar acuerdo al permiso provisorio otorgado a Las Grutas SA para la explotación del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros (líneas).
Ordenanza N° 2621-CM-2015: Presta acuerdo al pliego de bases y condiciones para la licitación publica del sistema de trasporte urbano de pasajeros.-
Ordenanza 1744-CM-07 de Audiencias Públicas.

FUNDAMENTOS:
En la Carta Orgánica Municipal se establecen los mecanismos para garantizar la participación ciudadana, como la audiencia pública para determinadas cuestiones de relevancia y trascendencia para la ciudad. La importancia de esta herramienta se vincula necesariamente a subrayar los canales de comunicación entre la sociedad y las acciones de gobierno.
El sistema de transporte urbano de pasajeros constituye, un servicio público cuyo poder concedente corresponde a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, en tanto a través del mismo se materializa la posibilidad de movilizarse de todos los sectores de la sociedad, garantizándose la igualdad de oportunidades para la totalidad de hombres, mujeres, niños y ancianos que se encuentran en nuestra ciudad, tanto residentes como visitantes, a fin de que puedan acceder en condiciones dignas, económicas y seguras a sus trabajos, estudios, atención médica, actividades sociales, políticas y de esparcimiento.
Considerando la voluntad política del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad en pos de la realización del correspondiente proceso licitatorio, consistente en el concurso público de oferentes que impone, y bien detalla, el artículo 132 de la Carta Orgánica Municipal para todo servicio público municipal, y teniendo en cuenta que representa un deber del Estado, el garantizar la eficiente prestación del mismo y promover su uso, teniendo en miras la necesidad de resguardar los intereses de los usuarios en orden a la calidad y eficacia de la prestación del servicio.-
En consideración al cumplimiento de lo impuesto por el art. 130 de la Carta orgánica Municipal es que se efectúa la presente convocatoria surgida de la Comisión de Servicios, Tránsito y Transporte, en horario de la tarde a los fines de fomentar la participación de los vecinos.
AUTORA: VicePresidenta Primera a cargo del Concejo Municipal de San Carlos de  
                 Bariloche, Concejal Ana Marks.

En virtud de las atribuciones conferidas por el Art. 38  de la Carta Orgánica Municipal  y  de las facultades que le otorga el artículo 9º inciso y) del Reglamento Interno del Concejo Municipal, según texto ordenado por Resolución 462-CM-15.

LA VICE  PRESIDENTA PRIMERA A CARGO   DEL  CONCEJO MUNICIPAL
DE  SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE

Art. 1º)    SE CONVOCA  A AUDIENCIA  PÚBLICA  para el tratamiento del Proyecto de  Ordenanza N° 031/16 caratulado “PRESTAR ACUERDO AL PLIEGO DE BASES Y  CONDICIONES DEL SISTEMA DE TRANSPORTE URBANO DE PASAJEROS”, en trámite legislativo ante el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, para el día 22 de marzo de 2016 a las 17:00 hs. en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, siendo la Autoridad Convocante el CONCEJO MUNICIPAL de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

Art. 2°) SE INFORMA a la comunidad que en cumplimento de la Ordenanza 1744-CM-07 y sus modificatorias que  se encuentra el proyecto de ordenanza 031/16 para la extracción de copias a cargo de los interesados en la Dirección de Comunicación Institucional  del Concejo Municipal, sita en calle Mai 80 de esta ciudad. Además, la versión digital podrá ser copiada a CD o pen drive de propiedad del solicitante y también estará a disposición en la página del Concejo Municipal, www.concejobariloche.gov.ar.

Art. 3)     SE HABILITA en el ámbito de Mesa de Entrada  del Concejo Municipal, sito en calle Mai Nº 80 de esta ciudad, el Registro de Participantes para la inscripción por escrito según formulario de oradores, peritos y expertos, a los efectos de que los interesados: (1) formulen su inscripción y acompañen en su caso, la documentación de la que pretendan valerse hasta el día viernes 18 de marzo de 2016 a las 15:00 h.; y (2) formulen intervenciones posteriores a la audiencia hasta el día lunes 28 de marzo de 2016 a las 15:00 h . La inscripción es libre y gratuita.

Art. 4) NORMAS DE FUNCIONAMIENTO:
a) Autoridad: La Audiencia Pública será presidida por la Presidenta de la Comisión de Servicios, Tránsito y Transporte del Concejo Municipal, Concejal Cristina Painefil, quien podrá requerir al momento de su celebración la colaboración de mediadores, facilitadores o moduladores.
Primera Parte.
b) Iniciada la Audiencia se hará una pormenorizada presentación del proyecto en trámite.
c) La Autoridad Convocante expondrá de manera precisa los tópicos legislativos y jurídicos sobre los que versa la convocatoria.
            Segunda Parte
d) Se cederá la palabra a los inscriptos en el Registro de Participantes en el orden que resultare de su número de inscripción. Cada participante contará con un plazo máximo de cinco (5) minutos para su exposición pública.
e) La documentación y prueba de la cual pretendan valerse los expositores estarán a disposición de las partes en la sede de la Audiencia.
f) Por resolución fundada previa, quién preside la Audiencia podrá prolongar el plazo de exposición hasta un máximo de diez (10) minutos;
g) Las exposiciones estarán siempre dirigidas a quién preside la Audiencia;
h) Sólo se le podrán realizar preguntas a quienes estén inscriptos en carácter de Parte, los que deberán responderlas con similar mecánica a la de las exposiciones una ve que quién preside ceda la palabra.  
            Tercera Parte
            Durante la Audiencia se cumplirá con los siguientes resguardos:
a) Lectura de las normas jurídicas aplicables a la Audiencia Pública.
b) Lectura de orden del día.
c) Lectura de la parte resolutiva del proyecto en tratamiento.
d) Trascripción tipográfica y grabación de la Audiencia;
Art. 5) Se notifica formalmente al Ejecutivo a los fines de que designe al responsable y/o responsables de la presentación y explicación del proyecto en la audiencia.

Art. 6° ) Se instruye a la Dirección de Comunicación Institucional a dar publicidad a la presente y a la audiencia pública que en consecuencia se desarrolla en los términos y cumpliendo las previsiones de los articulos 6°, 7° concordantes y siguientes de la ordenanza 1744-CM-2007.-

Art. 7) La presente Resolución se aprueba ad-referendum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.-

Art. 8)  Comuníquese. Publíquese. Cumplido, archívese.-
SAN CARLOS DE BARILOCHE, 01 de marzo de 2016.-
AM/CRH/CMF.

MATERIAL DE CONSULTA

Ordenanza 1744-CM-04
Planilla de Inscripciòn
Proyecto 031-16