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concejo bariloche

La concejal Claudia Contreras (JSB) presentó un proyecto de Ordenanza para clarificar y renovar la legislación que reglamenta la actividad. Tras la creación de la Comisión Fílmica Bariloche, busca evitar superposición normativa y facilitar el registro de profesionales.

El 26 de abril pasado, también por iniciativa de Contreras, el Concejo sancionó la creación de la Comisión Fílmica Bariloche, un espacio mixto que se abocará a promover a la ciudad como centro de filmaciones,  a relevar posibles locaciones, promover la capacitación, generar incentivos,  y crear un registro de técnicos, profesionales e idóneos de la industria audiovisual y de prestadores de servicios especializados.

“En el proceso de debate de esa Ordenanza, surgió la necesidad de actualizar y clarificar la normativa que, desde 1994, regula la actividad de los fotógrafos en la ciudad, para evitar superposiciones en requerimientos e inscripción en registros”, explicó Contreras, por lo que avanzó en la elaboración de una nueva propuesta, con la colaboración de la Dirección de Fiscalización de la Secretaría de Turismo.

Actualmente, los camarógrafos y fotógrafos deben registrarse y rendir examen en la Secretaría de Turismo (Ordenanza 448-CM-94), recibiendo la credencial habilitante. Pero la legislación no explicita que estas exigencias rigen exclusivamente para quienes ejercen su profesión en relación directa con la actividad turística local.

El proyecto que tomará estado parlamentario la próxima sesión define que será considerado fotógrafo y/o camarógrafo profesional de la actividad turística local, toda persona que ofrezca servicios de fotografía o grabación de videos, siempre que se desarrolle en vinculación directa con los visitantes. Deben ser mayores de edad, con al menos dos años de residencia permanente, aprobar el examen teórico-práctico, presentar la documentación y abonar el canon establecido. Fija, además, condiciones para los no residentes y sanciones por incumplimientos.

De esta forma, se delimitará quiénes son los sujetos de aplicación de esta norma, diferenciándolos de quienes se sumen al registro voluntario de la Comisión Fílmica, destinado a la industria audiovisual.