DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA INTERÉS MUNICIPAL Y DEPORTIVO TORNEO TAEKWON-DO, COPA CAMPEONES BARILOCHE

ANTECEDENTES

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2071-CM-10: “Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal”. Reglamentación.

FUNDAMENTOS

Durante el 29 y 30 de octubre se desarrollará, en nuestra ciudad, una verdadera fiesta del Taekwondo a la que asistirán más de 500 competidores.

 

Escuela Taekwondo Zeus “Copa de Campeones Bariloche 2da. edición”, es una competencia realizada por segunda vez fusionando dos de las escuelas de taekwondo con una gran trayectoria en torneos realizados, y cuyos responsables cuentan, a su vez, con amplios conocimientos en el deporte y participación en pre-selección de alumnos a la selección argentina como así también en la Federación Rionegrina de Taekwondo.

 

Participarán deportistas de la hermana República de Chile, Perú y Bolivia, ademas de integrantes de escuelas de toda la República Argentina serán los más beneficiados los deportistas barilochenses, al recibir en su “casa” deportistas latinoamericanos.

 

El Torneo se llevará a cabo en instalaciones del gimnasio municipal n.° 3, por la importancia del aventó deportivo solicitamos el acompañamiento.

 

AUTOR: vicepresidenta segunda a cargo de presidencia del Concejo Municipal, Viviana Gelain (bloque JSB).

 

INICIATIVA: concejales Cristina Painefil, Andrés Martinez Infante, Claudia Contreras, Julia Fernandez, Gerardo Avila (bloque JSB).

 

COLABORADORES: Sra. Carina Marín y Sr. Orlando Diaz.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "y" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

LA VICEPRESIDENTA SEGUNDA A CARGO DEL CONCEJO MUNICIPAL DE

SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se declara de interés municipal y deportivo al Torneo “Copa de Campeones Bariloche II” que se llevará a cabo el 29 y 30 de octubre del corriente en el gimnasio municipal n.° 3.

 

Art. 2.º) La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la administración municipal.

 

Art. 3.º) La presente resolución se aprueba ad referendum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.

 

Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 11 de octubre de 2016.

 

VIG/JGE/vhf