Imprimir

ESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE RENUEVA CONTRATO SR. JONATHAN ZONA, CATEGORÍA 23, PARA PRESTAR ASESORAMIENTO CONTABLE EN EL ÁMBITO DEL CONCEJO MUNICIPAL

ANTECEDENTES

Resoluciones 458-PCM-2015 y 093-PCM-2017.

Resolución 426-PCM-2017. Reemplazo temporario secretaria legislativa Concejo Municipal.

 

Resolución 427-PCM-2017. Licencia política en los términos art. 97 Estatuto de Obreros y empleados municipales.

 

Resolución 502-CM-2016.

 

Nota n.º 623-SL-2017 de fecha 19/12/2017, a cargo secretario legislativo Concejo Municipal Jonathan Zona.

FUNDAMENTOS

Por resolución 093-PCM-2017 se contrata a partir del día 01/03/2017 hasta el 31/12/2017 inclusive, al Contador Jonathan Zona, DNI n.º 30.662.950, revistando en la categoría 23 del escalafón municipal, para cumplir funciones técnicas y jerárquicas en el Departamento Asesoría Contable, dependiente del Concejo Municipal, con una carga horaria rotativa de 5 horas diarias y/o 25 horas semanales.

 

Por nota n.° 623-SL-2017 de fecha 19/12/2017, el contador Jonathan Zona a cargo de Secretaría Legislativa del Concejo Municipal, informa la renovación del jefe a/c Asesoría Contable, categoría 23, a partir del 01 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018, con una carga horaria rotativa de 5 horas diarias y/o 25 horas semanales.

 

Habiendo analizado diferentes cuestiones y teniendo en cuenta que es de vital importancia contar con la prestación de los servicios profesionales de un contador público para prestar asesoramiento contable en el ámbito de la Comisión de Economía también brindará asesoramiento al presidente del Concejo Municipal como así también al resto de las dependencias del Concejo; el Asesor Contable, en la gestión anterior venía desempeñandose en dicha área con reducción horaria, debido que sus tareas así lo requerían.

 

En virtud de las atribuciones otorgadas por el art. 09.º) inciso "g" del texto ordenado (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal.

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1.º) Se renueva a partir del 01 de enero de 2018 hasta el 31 de diciembre de 2018 inclusive, al Sr. Jonathan Zona, DNI 30.662.950, con domicilio en Brown 1591, que reviste una categoría 23 del escalafón municipal, para cumplir funciones de asesoramiento contable en el Concejo Municipal, con una carga horaria rotativa de 5 horas diarias o 25 horas semanales.

 

Art. 2.º) Se deja a cargo del Departamento de Asesoría Contable del Concejo Municipal, al Sr. Jonathan Zona, DNI 30.662.950, Categoría 23, desde 01 de enero hasta el 31 de diciembre de 2018.

 

Art. 3.º) Se comunica al Departamento de Sueldos, al Departamento de Personal y a las áreas interesadas.

 

Art. 4.º) Comuníquese. Dese a publicidad. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche, 20 de diciembre de 2017.

 

DAB/JIAZ/mcf

 

 

CMSCB.DDYA.MO.01 - Rev.00

fecha: 20 /12 /2017

La impresión de este documento es copia no controlada.

Día de impresión: 29/12/2017 11:24

1

 

 

DDYA

CONTRATO DE TRABAJO TRANSITORIO

“No a la violencia de genero. Ni una menos” (Ordenanza 2825-CM-2017)

 

MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

PROVINCIA DE RIÓ NEGRO

 

Entre el Concejo Municipal de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, representado en este acto por el Señor DIEGO BENÍTEZ DNI n.º 21.431.424, en lo sucesivo “EL CONCEJO” a los efectos del presente contrato, con domicilio legal en MAI 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche Provincia de Río Negro y por la otra la Sr. Jonathan Zona, DNI 30.662.950 con domicilio real en Brown 1591 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Río Negro, denominada “EL CONTRATADO” se conviene en celebrar el presente contrato de trabajo a tiempo parcial con una duracion determinada, en los términos del art. 2.° inc. c de la ordenanza 137-CM-88 que se regirá conforme a las cláusulas que a continuación se detallan a saber:--------------------------------------------------------------------------------

PRIMERA: EL CONCEJO, contrata los servicios de EL CONTRATADO de acuerdo a lo previsto por el art. 2.° inc. c de la ordenanza 137-C-88 en atención a las necesidades de servicio expuestas en la resolución 455-PCM-2017.-------

SEGUNDA: El presente contrato tiene vigencia desde el 01 de enero de 2017, y hasta el 31 de diciembre de 2018 inclusive; para cumplir funciones de asesoramiento contable en el Concejo Municipal conforme las funciones encomendadas en la resolución 502-CM-2016.--------------------------------------------------------------------------------------

EL CONTRATADO reconoce expresamente al tiempo de la firma del presente contrato, haber sido informado y prestar plena conformidad con la contratación a tiempo parcial y con una duracion determinada que conlleva el presente; y puntualmente respecto de la circunstancia de no pertenecer a la planta permanente del personal Municipal.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------------

TERCERA: EL CONCEJO, contrata los servicios de EL CONTRATADO para realizar los trabajos especificados en la cláusula anterior; obligándose a prestarlos con eficacia, buena conducta y dentro del horario rotativo que el CONCEJO le indique, el que es aceptado de conformidad.------------------------------------------------------------------------

CUARTA: EL CONCEJO abonará a EL CONTRATADO una remuneración mensual equivalente a la categoría 23 del escalafón Municipal; proporcional a la cantidad horaria contratatada. Monto que se incrementará en la misma proporción y oportunidad que los sueldos de los empleados Municipales.-------------------------------------------------------

QUINTA: EL CONTRATADO queda sometido a los métodos de trabajo y normas que establezca EL CONCEJO; comprometiéndose a su fiel cumplimiento. No tendrá derecho a estabilidad, no obstante serle de aplicación las disposiciones legales que correspondan a los deberes, obligaciones que debe observar en su condición de agente Municipal y regímenes disciplinarios de acuerdo a la ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados municipales de San Carlos de Bariloche.----------------------------------------------------------------------------------------------

SÉPTIMA: El incumplimiento por parte de EL CONTRATADO de sus obligaciones, dará derecho a EL CONCEJO de rescindir el presente contrato, de acuerdo a la ordenanza 137-C-88, estatuto de obreros y empleados municipales de San Carlos de Bariloche sin necesidad de intimación previa alguna.-------------------------------------------------------------

NOVENA: El presente contrato por tiempo determinado es celebrado en los términos del art. 2.° inc. c) de la ordenanza 137-CM-88, por el término de 365 días a partir del 01/01/2018, operando en consecuencia el vencimiento el 31/12/2018 inclusive, fecha en la cual quedará extinguida la relación contractual de pleno derecho; quedando aclarado que en el caso de que las necesidades lo requieran se deberá notificar a EL CONTRATADO por escrito de la continuidad en el empleo.---------------------------------------------------------------------------------------------------------------

DÉCIMA: EL CONTRATADO queda expresa y debidamente preavisado de la terminación de este contrato laboral, en la fecha antes indicada, dando con ello estricto cumplimiento a las disposiciones vigentes.------------------------------

DÉCIMOPRIMERA: A todos los fines legales, las partes constituyen sus respectivos domicilio en los lugares indicados precedentemente, lugares donde serán válidas Las bonificaciones que se cursen. Asimismo, acuerdan someter todas las controversias que se susciten al ámbito de la IIIra. Circunscripción Judicial de la Provincial de Río Negro, renunciando a cualquier otro fuero posible.----------------------------------------------------------------------------------

En prueba de conformidad se firman, TRES ejemplares de un mismo tenor y a un sólo efecto a los 20 días del mes de diciembre de 2017.