RESOLUCIÓN N°  047-PCM-2009

 

DESCRIPCION SINTETICA:    RENOVACIÓN CONTRATO  ASISTENCIA TECNICA-INGENIERO GUSTAVO SERGIO ORTIZ URIBURU INFORMATICA DIGESTO MUNICIPAL.

 

 

ANTECEDENTES

 

Resolución Nº 292-CM-2005.-

 

Actas Comisión Legislativa  Nº 171/07de fecha  15/03/2007, y  Nº 190/07 de fecha 25/07/2007.-

 

Resolución  Nº  077-PCM-2007, Resolución  Nº  189-PCM-2007, Resolución 350-PCM-2007 y Resolución Nº 257-PCM-2008 .-

 

Nota  Nº 077  de fecha  23/02/09 Presidente Concejo Municipal Lic. Ángel Darío Barriga.-

 

 

 

FUNDAMENTOS

 

            El Concejo Municipal  dará continuidad  a la contratación de los servicios de un Profesional informático, para el asesoramiento técnico específico en la tarea formulada en el ámbito del Departamento de Digesto e Informática Legislativa. A tales fines se encomendará al profesional:

-Implementación de funcionalidad de texto ordenado;

-Desarrollo de un buscador de beneficiario;

-Desarrollo de un buscador de tierras por nomenclador catastral;

-Implementación de un sistema de alarma de caducidad de Ordenanzas;

-Implementación del árbol temático;

-Continuar desarrollando herramientas de software o tecnologías y agregar al actual sistema de Base de Datos del Digesto, herramientas para la administración y visualización que serán utilizadas por el personal del Concejo Municipal y solicitadas por el Departamento Digesto e Informática Legislativa.-

 

Las partes dejan constancia que la enumeración indicada en la norma antes mencionada es enunciativa y que los servicios contratados conllevan inherente, todas las diligencias, asesoramientos y cuanta práctica sea necesaria para el correcto y debido cumplimiento de su objeto.-

 

            Por nota Nº 077-PCM-09 del Presidente del Concejo Municipal Lic. Ángel Darío Barriga, autoriza la renovación del contrato del Ing. Gustavo Sergio Ortiz Uriburu desde el 01 de febrero hasta el 31 de diciembre de 2009.-

 

En virtud de las atribuciones que le otorga el artículo Nº 8 inciso y) del Reglamento Interno del Concejo Municipal, según texto ordenado por Resolución Nº 143-CM-95.-

 

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

 

Art.  1°)

 

RENOVAR: el Contrato de Locación (Anexo I) del Asesor Técnico, Ingeniero Gustavo Sergio Ortiz Uriburu, D.N.I.23.180.412, desde el 01 de Febrero de 2009 hasta el 31 de Diciembre de 2009 inclusive.

 

 

 

 

 

Art.  2°)

 

 

 

 

“Donar órganos, tejidos y sangre es donar vida”

El monto total a abonar al profesional será de $ 1.221,82.- ( pesos un mil doscientos veintiuno con ochenta y dos centavos) mensuales, a imputarse en la Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.01.01.10 (Estudios, Investigación y Asistencia Técnica).-

 

Art.  3°)

 

Comunicar a la Dirección de Contaduría a los efectos de librar los actos administrativos correspondientes.

 

Art.  4°)

La presente Resolución se aprueba ad-referéndum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.-

Art.  5°)

Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Cumplido, archívese.

 

San Carlos de Bariloche,  24 de Febrero de 2009.-

 

ADB/LMT/ndf..

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

 

“Donar órganos, tejidos y sangre es donar vida” 

ANEXO I

 

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES

Entre el CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, representado en éste acto por el Presidente del Cuerpo Sr. ANGEL DARIO BARRIA, DNI 22.118.184 con domicilio en Mai 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, por una de las partes, en adelante EL CONCEJO MUNICIPAL; y por la otra el  Ing.. GUSTAVO SERGO ORTIZ URIBURU, Documento tipo D.N.I. Nº 23.180.412 de especialidad Ingeniero en desarrollo de sistemas, con domicilio en Salta 369  de ésta ciudad de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL; convienen en celebrar el presente contrato de LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, para que el PROFESIONAL brinde asesoramiento técnico informático al Concejo Municipal, para la formulación del Digesto Municipal, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente. PRIMERA.- ANTECEDENTES: LAS PARTES DECLARAN EXPRESAMENTE  que constituye de antecedente de este contrato: 1) la Resolución Nº 292-CM-04 –(Implementación del Digesto Municipal)- del Concejo Municipal, 2) Las Resolución Nº 077-PCM-2007, 189-PCM-07, 350-PCM-07, 257-PCM-2008  3) Las Actas de Reunión de Comisión Legislativa Nº 171 del 15 de Marzo de 2007, Nº 190/07 de fecha 25/07/2007,  Nº 213  /07 de fecha 14/11/2007 y Nº 043/08 de fecha 25/07/2008 . SEGUNDA: OBJETO: EL CONCEJO MUNICIPAL contrata los servicios del PROFESIONAL, para su asesoramiento técnico informático en la tarea formulada en el ámbito de la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal. A tales fines se encomienda al PROFESIONAL y este así lo acepta a) La disposición horaria encomendada por el jefe de Departamento Digesto e Informática Legislativa del Concejo Municipal-  b) la asistencia a las reuniones en las que el Concejo Municipal lo convoque  tanto en el ámbito de la ciudad de San Carlos de Bariloche, como en cualquier otra localidad, reconociéndose en este último supuesto los viáticos y gastos propios de ese traslado.- c) la realización de todos los estudios y prácticas que estime necesarias para el  asesoramiento técnico que por el presente se le encomienda y en general todas aquellas acciones y diligencias que – en buena práctica profesional – fundamenten y permitan el asesoramiento técnico integral que el Concejo Municipal le contrata. d) la puesta a punto y perfeccionamiento del desarrollo realizado en la etapa anteriores,  -Implementación de funcionalidad de texto ordenado; Desarrollo de un buscador de beneficiario;

-Desarrollo de un buscador de tierras por nomenclador catastral; Implementación de un sistema de alarma de caducidad de Ordenanzas; Implementación del árbol temático.– e) continuar desarrollando herramientas de software o tecnologías web totalmente libres y propias, cuyo soporte, mantenimiento y adaptación pueda ser realizado .por personal del Concejo Municipal correctamente capacitado, más allá del tiempo transcurrido. TERCERA – PLAN DE TRABAJO: A los fines de facilitar la implementación  del presente contrato, el PROFESIONAL deberá ajustar su trabajo al cronograma que estipule el Departamento Digesto e Informática Legislativa.- CUARTA: VIGENCIA: El presente contrato tendrá una vigencia de once meses, a partir del día 01 de Febrero de 2009, operando su vencimiento de pleno derecho en fecha 31 de Diciembre del año 2009.- No obstante ello se conviene expresamente la facultad recíproca de resolver el presente contrato, sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno a favor de la otra parte y con la sola obligación de preavisar esta decisión, con diez días corridos de antelación.-  En todos los casos, tanto ante el vencimiento del contrato como ante el supuesto, que la decisión resolutoria, hubiera sido tomada por el PROFESIONAL, se conviene expresamente la obligación del mismo, de entregar al CONCEJO MUNICIPAL toda la carpeta de trabajo, documentación, estudios y conclusiones arribadas hasta ese momento, como consecuencia de la ejecución del presente, en el plazo de diez días de antelación a su conclusión. En caso de resolución del contrato sin invocación de causa por el Concejo Municipal, el PROFESIONAL tendrá derecho a percibir el total del monto del contrato. Queda prohibido al CONCEJO MUNICIPAL la venta, prestamos de uso, reproducción y/o cualquier otro título que signifique transferencia de los elementos informados para la creación o continuación del software desarrollado por el PROFESIONAL sin el consentimiento previo del mismo. QUINTA.- HONORARIOS: Las partes acuerdan que EL CONCEJO abonará al PROFESIONAL una suma mensual de PESOS UN MIL DOSCIENTOS VEINTIUNO CON OCHENTA Y DOS CENTAVOS        ($ 1.221, 82.-).- EL PROFESIONAL emitirá el recibo oficial pertinente.-  Será por exclusiva cuenta y cargo de EL PROFESIONAL todo aporte previsional o arancelario o impositivo, que éste deba abonar como consecuencia del honorario que perciba.- SEXTA.- INFORMACIÓN: EL PROFESIONAL se compromete a manejar con lealtad y reserva toda la información a la que acceda, y mantener al CONCEJO MUNICIPAL en un constante e inmediato conocimiento de todas y cada una de sus conclusiones.- SEPTIMA: DOMICILIOS: Las partes constituyen sus domicilios en los enunciados en el encabezamiento del presente, en los que se tendrán por válidas, todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen.- EN PRUEBA DE CONFORMIDAD, SE FIRMAN DOS EJEMPLARES DE UN MISMO TENOR Y A UN MISMO EFECTO, Y CADA PARTE RECIBE EL SUYO, EN LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, A LOS  24 DIAS DEL MES DE FEBRERO DEL AÑO 2009-