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RESOLUCIÓN N.º 569-CM-18

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE ESTABLECEN LICENCIAS POR MATERNIDAD SECRETARIAS DE BLOQUES

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 137-C-88: Estatuto obreros y empleados municipales de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

Ordenanza 2585-CM-14, artículo 2.º: Consolidación normativa licencia por maternidad.

 

Resolución 471-CM-15: Establece organigrama Concejo Municipal.

 

Acta 123/2018 de la Comisión Legislativa.

 

Resolución 208-PCM-18 del 19 de septiembre de 2018 firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

FUNDAMENTOS

 

La ordenanza 137-C-88 en su artículo 86.º, establece la licencia por maternidad de los obreros y empleados municipales por el término de 180 días corridos.

 

Por ordenanza 2585-CM-14 en su artículo 2.º se establece que las licencias por paternidad y maternidad previstas en la ordenanza 137-C-88 son aplicables al personal político del Municipio.

 

Por resolución 471-CM-15 se estable el organigrama del Concejo Municipal, definiendo en el anexo II (manual de misiones y funciones, punto 15.2.A), el cargo político de secretarias de bloque por un monto total de 60 puntos por concejal.

 

En la Comisión Legislativa de fecha 19/09/2018, acta 123/2018, se estableció disponer que en los casos de licencia por maternidad de las secretarias de los concejales, el reemplazo temporario se realizará bajo las mismas condiciones de designación que mantenía la secretaria en ejercicio.

 

 

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

INICIATIVA: Comisión Legislativa del Concejo Municipal.

 

 

 

La resolución 208-PCM-18, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 4 de octubre de 2018, según consta en el Acta N.º 1104/18. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

Art. 1°)

Se establece que en los casos de licencia por maternidad de las secretarias de los Bloques, se designará el reemplazo temporario por el tiempo que dure la licencia, desempeñando las mismas funciones y bajo las mismas condiciones de designación que mantenía la secretaria en ejercicio.

 

Art. 2°)

Se comunica la presente resolución al Departamento de Personal, al Departamento de Sueldos, al Tribunal de Contralor y al Departamento de Contaduría.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.