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RESOLUCIÓN N° 346-CM-07

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: RENOVACIÓN CONTRATO ASISTENCIA TÉCNICA INGENIERO GUSTAVO SERGIO ORTIZ URIBURU INFORMATICA DIGESTO MUNICIPAL.

 

 

ANTECEDENTES

 

Resolución 292-CM-2005.

 

Actas Comisión Legislativa 171/07 de fecha 15/03/2007 y 190/07 de fecha 25/07/2007.

 

Resolución 077-PCM-2007 y Resolución 189-PCM-2007.

 

Acta  Comisión Legislativa 213/07 de fecha 14/11/2007.

 

Nota 408 de fecha 16/11/07 del Presidente a cargo del Concejo Municipal.

 

Resolución 350-PCM-07, firmada por el Vicepresidente 1° a/c Presidencia Concejo Municipal, Concejal Andrés Martínez Infante.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El Concejo Municipal contratará los servicios de un profesional informático, para el asesoramiento técnico específico en la tarea formulada en el ámbito de la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal. A tales fines se encomendará al profesional el desarrollo de un  programa de  tesauro léxico que contenga un diccionario de hipernónimos  con las páginas correspondientes a buscador semántico e interpretación de singular/plural. El mismo, se deberá desarrollar en software libre compatible con Linux Centos 4.4. debiendo el mismo ser compatible en su funcionamiento con los programas ya desarrollados de acuerdo a  las Resoluciones 077-PCM-2007 y  189-PCM-2007.

 

Las partes dejan constancia que la enumeración indicada en las normas antes mencionada es enunciativa y que los servicios contratados conllevan inherente, todas las diligencias, asesoramientos y cuanta práctica sea necesaria para el correcto y debido cumplimiento de su objeto.

 

Por nota de fecha 12 de noviembre de 2007, el área de Digesto e Informática Legislativa del Concejo Municipal, mediante nota 029-DDIL-07, informa que se concluyó con el desarrollo de la primera y segunda etapa de trabajo referido al armado de los programas para manejo  de la base informática del digesto, y programa ABM de trabajo interno del Digesto Municipal, debiendo iniciarse a partir del 1 de diciembre con el desarrollo del Tesauro Léxico.

 

En reunión de Comisión Legislativa de fecha 14 de noviembre de 2007, Acta 213, se analizó el tema, y se acordó la renovación del contrato del Ing. Gustavo Ortiz Uriburu.

 

 

AUTORES: Comisión Legislativa.

 

La Resolución 350-PCM-07, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 22 de noviembre de 2007, según consta en el Acta Nº 889/07. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

 

Art.  1°)

Renovar el Contrato de Locación (Anexo I) del Asesor Técnico, Ingeniero Gustavo Sergio Ortiz Uriburu, D.N.I. 23.180.412, desde el 1 de diciembre de 2007 hasta el 31 de julio de 2008 inclusive.

 

Art.  2°)

El monto total a abonar al profesional será de $ 1.550 (un mil quinientos cincuenta pesos) mensuales, a imputarse en la Partida 08.1.00.00.6.1.2.2.10 (Estudios, Investigación y Asistencia Técnica).

 

Art.  3°)

Comunicar a la Dirección de Contaduría a los efectos de librar los actos administrativos correspondientes.

 

Art.  4°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.

 

 

 

 


ANEXO I

 

RESOLUCIÓN 346-CM-07

 

CONTRATO DE LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES

Entre el CONCEJO MUNICIPAL DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE, representado en este acto por el Vice Presidente Primero  del Cuerpo Sr. ANDRÉS MARTÍNEZ INFANTE, DNI 14.392.805, con domicilio en Mai 80 de la ciudad de San Carlos de Bariloche, por una de las partes, en adelante EL CONCEJO MUNICIPAL; y por la otra el  Ing.. GUSTAVO SERGIO ORTIZ URIBURU, Documento tipo D.N.I. Nº 23.180.412 de especialidad Ingeniero en desarrollo de sistemas, con domicilio en Salta 369 de esta ciudad de Bariloche, en adelante EL PROFESIONAL; convienen en celebrar el presente contrato de LOCACION DE SERVICIOS PROFESIONALES, para que el PROFESIONAL brinde asesoramiento técnico informático al Concejo Municipal, para la formulación del Digesto Municipal, bajo los términos y condiciones expuestos en el presente. PRIMERA.- ANTECEDENTES: LAS PARTES DECLARAN EXPRESAMENTE  que constituyen de antecedentes de este contrato: 1) La Resolución 292-CM-04 (Implementación del Digesto Municipal) del Concejo Municipal; 2) Las Resoluciones 077-PCM-2007 y 189-PCM-07; 3) Las Actas de Reunión de Comisión Legislativa 171 del 15 de marzo de 2007, 190/07 de fecha 25/07/2007 y 213/07 de fecha 14/11/2007. SEGUNDA: OBJETO: EL CONCEJO MUNICIPAL contrata los servicios del PROFESIONAL, para su asesoramiento técnico informático en la tarea formulada en el ámbito de la Comisión Especial de Formulación del Digesto Municipal. A tales fines se encomienda al PROFESIONAL y éste así lo acepta: a) La disposición horaria encomendada por el jefe de Departamento Digesto e Informática Legislativa del Concejo Municipal; b) la asistencia a las reuniones en las que el Concejo Municipal lo convoque  tanto en el ámbito de la ciudad de San Carlos de Bariloche, como en cualquier otra localidad, reconociéndose en este último supuesto los viáticos y gastos propios de ese traslado; c) la realización de todos los estudios y prácticas que estime necesarias para el  asesoramiento técnico que por el presente se le encomienda y en general todas aquellas acciones y diligencias que – en buena práctica profesional – fundamenten y permitan el asesoramiento técnico integral que el Concejo Municipal le contrata; d) Análisis y propuesta para el desarrollo del Sistema Informático de Tesauro Léxico compatible con la Base de Datos  del Digesto Municipal; e) Desarrollar herramientas de software o tecnologías web totalmente libres y propias, cuyo soporte, mantenimiento y adaptación pueda ser realizado por personal idóneo del Concejo Municipal correctamente capacitado por el mismo, más allá del tiempo transcurrido, el PROFESIONAL capacitará una cantidad estimada  en tres personas del Concejo Municipal, para administrar y mantener las herramientas de software desarrolladas. TERCERA – PLAN DE TRABAJO:  A los fines de facilitar la implementación  del presente contrato, el PROFESIONAL deberá ajustar su trabajo al cronograma que estipule el Departamento Digesto e Informática Legislativa, teniendo un plazo máximo de 8 meses para el desarrollo de un  programa de  tesauro léxico que contenga un  Diccionario de Hipernónimos  con las páginas correspondientes a buscador semántico e interpretación de singular/plural. El mismo, se deberá desarrollar en software libre compatible con Linux Centos 4.4. debiendo el mismo ser compatible en su funcionamiento con los programas ya desarrollados. CUARTA: VIGENCIA: El presente contrato tendrá una vigencia de ocho meses, a partir del día 01 de diciembre de 2007, operando su vencimiento de pleno derecho en fecha 31 de julio del año 2008. No obstante ello se conviene expresamente la facultad recíproca de resolver el presente contrato, sin que ello genere derecho indemnizatorio alguno a favor de la otra parte y con la sola obligación de preavisar esta decisión, con diez días corridos de antelación. En todos los casos, tanto ante el vencimiento del contrato como ante el supuesto, que la decisión resolutoria, hubiera sido tomada por el PROFESIONAL, se conviene expresamente la obligación del mismo, de entregar al CONCEJO MUNICIPAL toda la carpeta de trabajo, documentación, estudios y conclusiones arribadas hasta ese momento, como consecuencia de la ejecución del presente, en el plazo de diez días de antelación a su conclusión. En caso de resolución del contrato sin invocación de causa por el Concejo Municipal, el PROFESIONAL tendrá derecho a percibir el total del monto del contrato. Queda prohibido al CONCEJO MUNICIPAL la venta, préstamos de uso, reproducción y/o cualquier otro título que signifique transferencia de los elementos informados para la creación o continuación del software desarrollado por el PROFESIONAL sin el consentimiento previo del mismo. QUINTA. HONORARIOS: Las partes acuerdan que EL CONCEJO abonará al PROFESIONAL una suma mensual de PESOS UN MIL QUINIENTOS CINCUENTA ($ 1.550.-). EL PROFESIONAL emitirá el recibo oficial pertinente. Será por exclusiva cuenta y cargo de EL PROFESIONAL todo aporte previsional o arancelario o impositivo, que éste deba abonar como consecuencia del honorario que perciba. SEXTA. INFORMACIÓN: EL PROFESIONAL se compromete a manejar con lealtad y reserva toda la información a la que acceda, y mantener al CONCEJO MUNICIPAL en un constante e inmediato conocimiento de todas y cada una de sus conclusiones. SEPTIMA: DOMICILIOS: Las partes constituyen sus domicilios en los enunciados en el encabezamiento del presente, en los que se tendrán por válidas, todas las notificaciones extrajudiciales y judiciales que se cursen. En prueba de conformidad, se firman dos ejemplares de un mismo tenor y a un mismo efecto, y cada parte recibe el suyo, en la ciudad de San Carlos de Bariloche, a los  20 días del mes de noviembre del año 2007.