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COMUNICACIÓN N.º 857-CM-17

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE SOLICITA PARITARIA NACIONAL DOCENTE Y RECOMPOSICIÓN DEL SALARIO DE TRABAJADORES DEL ESTADO

 

ANTECEDENTES

 

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 

Pacto Internacional de Derechos, Económicos, Sociales y Culturales.

 

Declaración Americana de los Derechos del Hombre.

 

Constitución Nacional.

 

Ley nacional 26075 de financiamiento educativo.

 

Decreto reglamentario 457/07.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

FUNDAMENTOS

 

Entendemos necesario que el Concejo Municipal de Bariloche, emita posicionamiento acompañando los reclamos que, desde los ámbitos sindicales y gremiales vienen desarrollando los trabajadores y las trabajadoras frente a los incumplimientos del Gobierno Nacional en la convocatoria a Paritaria Nacional Docente y en reclamo de negociaciones salariales que permitan recuperar el poder adquisitivo.

 

En el caso de los y las docentes nucleados en UNTER / CTERA, el reclamo al Gobierno Nacional radica en el incumplimiento de la ley nacional 26075 de financiamiento educativo y su decreto reglamentario 457/07. Esto tiene implicancias que exceden lo meramente salarial y llevan la discusión en términos de la responsabilidad del Estado nacional en el financiamiento que garantice la universalidad de la calidad educativa a través de la asignación de recursos en pos de la inclusión y la igualdad en el ejercicio del derecho a la educación.

 

Particularmente, el artículo 10 de la ley 26075 regula la obligatoriedad del llamado a Paritaria Nacional Docente que fija un piso salarial en todo el país a partir de la figura del “cargo testigo”. Además, institucionaliza un Fondo de Compensación, financiado por el gobierno nacional, destinado a que las provincias de menores recursos puedan afrontar el piso salarial consensuado. Por otro lado, crea el Fondo de Incentivo Docente, que se reparte de manera igualitaria entre todos los maestros, como una suma fija que mejora sus ingresos. En fin, lo que está en discusión es la intención del Estado Nacional de incumplir una ley nacional, para evitar su responsabilidad en el derecho social a la educación.

 

 

 

En su negativa a convocar a Paritaria Nacional Docente, el Gobierno Nacional ha dejado en manos de las provincias las negociaciones salariales. Esto, no sólo es contrario a la ley, sino que además contradice su espíritu, que establece que la educación es un derecho que le asiste a todos los niños y niñas de nuestro país y debe ser garantizada por el Estado Nacional, asegurando a las provincias un piso de igualdad. Cabe mencionar que las negociaciones salariales aún siguen sin resolución en Río Negro como así también en Buenos Aires, Neuquén, Catamarca, Ciudad Autónoma de Buenos Aires, Córdoba, Corrientes, Chaco, Chubut, Entre Ríos, Formosa, Jujuy, La Pampa, La Rioja, Salta, San Juan y Santa Fe.

 

Por otro lado, y como arista importante a tener en cuenta en el análisis general de la coyuntura actual, la Paritaria Nacional Docente funcionaba, no sólo como marco de referencia salarial para los/as trabajadores/as de la educación, sino que además fijaba el piso de aumento para todos los/as trabajadores/as del Estado, razón por la cual, un número importante de provincias está avalando el desapego del Estado Nacional a una ley votada ampliamente por el Congreso Nacional.

 

Este escenario nacional, habilita a las provincias a imponer un tope a las paritarias para trabajadoras y trabajadores estatales, situación que no fue ajena a nuestra provincia. Este tope ha sido desde el mes de febrero anunciado públicamente por el Gobernador Weretilneck, incluso previamente al inicio de las negociaciones salariales. No obstante, actualmente está en análisis una oferta del 23%.

 

El reclamo de ATE tiene dos ejes, por un lado, el rechazo rotundo al tope salarial impuesto unilateralmente y por el otro, la asignación de recursos necesaria para garantizar la calidad de las intervenciones del Estado principalmente en áreas críticas como son la educación, la salud y el desarrollo social.

 

Por lo tanto, y entendiendo que las políticas de ajuste no deben ser orientadas, bajo ningún argumento o justificación, en desmedro de los salarios de los trabajadores como así tampoco en desmedro de la educación pública, la salud pública y la inclusión social y con la convicción de que el Estado es por mandato constitucional, el garante máximo de los derechos humanos fundamentales de todos los ciudadanos y ciudadanas, no puede ni debe propender a tomar decisiones de gobierno que generen algún tipo de desigualdad o relación de inequidad entre las provincias que cuentan con más recursos económicos y aquellas más desfavorecidas.

 

Asimismo, en virtud del sostenimiento de la calidad democrática y del fortalecimiento de las instituciones del Estado, éste no puede, ni debe, bajo ningún concepto incumplir una ley nacional, violando el principio básico del sistema democrático basado en la representación del pueblo a través del accionar del Poder Legislativo. Esto implica una falta grave del Gobierno Nacional y una muestra de autoritarismo, por lo que esperamos, reflexión y apego inmediato a la normativa vigente.

 

AUTORES: Concejales Ana Marks, Ramón Chiocconi y Daniel Natapof (FPV).

 

 

El proyecto original N.º 453/17, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 27 de abril de 2017, según consta en el Acta N.º 1072/17. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se solicita al Presidente de la Nación Mauricio Macri y al Ministro de Educación de la Nación, Esteban Bullrich, urgente apertura de Paritaria Nacional Docente en cumplimiento de la ley nacional 26075 de financiamiento educativo y su decreto reglamentario 457/07.

 

Art. 2°)

Se solicita al Ministerio de Economía de Río Negro oferta salarial que garantice la recomposición del poder adquisitivo de los trabajadores y trabajadoras de la Provincia, y disponga de los recursos necesarios para garantizar la calidad de las condiciones laborales.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.