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COMUNICACIÓN N.º 1003-CM-19

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE SOLICITA AL CONGRESO NACIONAL LA SANCIÓN DEL PROYECTO DE LEY EXPEDIENTE 4259-D-2019. PRÓRROGA DE LA EMERGENCIA ALIMENTARIA

 

 

ANTECEDENTES

 

Decreto Nacional 108/2002. Emergencia Alimentaria Nacional.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Proyecto de Ley 4259-D-2019.

 

FUNDAMENTOS

 

El hambre, la desnutrición y la malnutrición causan daños irreparables que deben ser prevenidos y abordados en forma urgente, estratégica e integral con recursos suficientes por parte del Estado. La alimentación y la nutrición son derechos humanos fundamentales que facilitan el acceso a otros derechos humanos como la vida, la salud, la educación, el trabajo, el progreso y el pleno desarrollo humano integral.

 

Es un deber indelegable del Estado garantizar el derecho a la alimentación y la nutrición de la ciudadanía, en cumplimiento con la Constitución Nacional, con los compromisos sociales asumidos internacionalmente por la Argentina en el marco de los tratados y convenciones sobre derechos humanos con jerarquía constitucional que establece el artículo 75º inciso 22 de la Constitución Nacional, y con la legislación vigente.

 

La situación actual amerita claramente que se destinen recursos de manera urgente e inmediata para palear la crisis alimentaria. Diversos informes publicados por organismos públicos nacionales, organismos internacionales, y por Universidades y Centros de Estudios, dan cuenta de la gravedad en la cual nos encontramos fruto del aumento de la pobreza y de la indigencia; de la desocupación, de la subocupación y del trabajo informal; del costo de los productos de la canasta básica de alimentos; de la pérdida del poder adquisitivo de salarios, asignaciones, jubilaciones y pensiones; entre otras variables sociales. Según los últimos datos del INDEC, la pobreza en Argentina llegó al 32% de las personas al finalizar el segundo semestre de 2018, lo cual implica 6,3 puntos porcentuales (pp) más que el mismo período de 2017. Con respecto a la indigencia, pasó de un 4,8% en el segundo semestre de 2017 a un 6,7% en el mismo período de 2018. A su vez, un último estudio del Observatorio de la Deuda Social de la Universidad Católica Argentina afirma que más del 50% de los niños argentinos son pobres, situación socio-económica que genera inseguridad alimentaria y nutricional en los grupos más vulnerables de nuestra sociedad. El mismo estudio afirma que “Los niños y adolescentes con problemas de acceso a la alimentación, es decir, que viven en hogares que redujeron su dieta o pasaron hambre “por problemas económicos”, se incrementó un 35% entre 2017 y 2018, afectando hoy a tres de cada 10 chicos de entre 0 y 17 años (unos 3,4 millones)”. Los datos que fueron recabados en estos informes, son previos a las devaluaciones monetarias sufrida durante este año, las cuales generaron un importante aumento en la Canasta Básica Alimentaria, porción de la Canasta Básica Total que aumentó considerablemente por encima de la inflación. (En los últimos 12 meses, los alimentos subieron un 58,1%, muy por encima del aumento salarial promedio y el aumento de las pensiones y jubilaciones). Se estima que, al finalizar el presente año, es probable que la pobreza afectará al 38% de la población y la indigencia al 10%.

 

Con una pobreza y una indigencia en alza que castiga por igual a niños y niñas así como a abuelos y abuelas, es menester generar políticas públicas de carácter prioritario para comenzar a resolver este problema mayúsculo que atraviesa la Argentina, un país con capacidad productiva para alimentar 10 veces su población.

 

El Proyecto de Ley Expediente 4259-D-2019, busca garantizar el derecho a una alimentación adecuada dentro de un marco de seguridad alimentaria ampliamente abordado por la legislación internacional, a la cual nuestro país suscribe. Quienes elaboraron el proyecto y quienes solicitamos su aprobación al Poder Legislativo Nacional desde este Concejo Deliberante, partimos desde la convicción que comer bien y a precios accesibles es un derecho básico y no un privilegio. Si no se garantiza la seguridad alimentaria y nutricional de nuestros compatriotas, no se puede aspirar a nada más como sociedad; todo proyecto colectivo y de desarrollo para la Nación se volverá abstracto. Erradicar el hambre debe ser el punto número uno de un nuevo pacto social en la Argentina.

 

Por todo lo expuesto, se solicita el acompañamiento a la presente comunicación.

 

AUTORES: Concejales Ramón Chiocconi, Ana Marks, Daniel Natapof (FPV), Julia Fernández, Carlos Sánchez y Puente, Claudia Contreras, Viviana Gelain, Gerardo Ávila (JSB) y Daniel González (PRO).

 

 

El proyecto original N.º 1313/19, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 12 de septiembre de 2019, según consta en el Acta N.º 1116/19. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se solicita a la Cámara de Diputados y a la Cámara de Senadores de la Nación la aprobación del Proyecto de Ley Expediente 4259-D-2019 “Prórroga de la Emergencia Alimentaria”.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.