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COMUNICACIÓN N° 521-CM-04

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: REQUERIR PODER EJECUTIVO PROVINCIAL URGENTE CONSTITUCION ENTE FISCALIZACION CONTRATO CONCESION CERRO CATEDRAL.

 

 

ANTECEDENTES

 

Art. 7 incisos 1°, 4° y 17, inciso 7 y concordantes de la Carta Orgánica Municipal.

 

Ley 3825.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Por Ley 3825 se ratificó el contrato suscripto por el Poder Ejecutivo Provincial con la Empresa Catedral Alta Patagonia S.A. (CAPSA) para la readecuación contractual de la Licitación Pública N° 1/92 de la concesión de obra pública para el Centro de Deportes Invernales “Dr. Antonio Lynch” del Cerro Catedral.

 

El artículo 2 de la Ley 3825 creó el Ente Regulador de la Concesión del Cerro Catedral, como ente regulador y autoridad de aplicación del contrato de concesión. Dicho Ente se encuentra integrado por tres (3) representantes del Poder Ejecutivo Provincial, igual número de representantes de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche y un representante elegido por entidades intermedias representativas del sector de servicios turísticos e instituciones deportivas.

 

Por Ordenanza N° 1419-CM-04 aprobada en sesión extraordinaria de fecha 19 de julio de 2004, se procedió a adherir al artículo precedente y a establecer formalmente la representación del Municipio ante el Ente de Fiscalización.

 

Deviene entonces necesario proceder a la urgente constitución del Ente, teniendo en consideración el inicio formal de la temporada de invierno 2004 y la imperiosa e indelegable necesidad de efectivizar la fiscalización del cumplimiento a las obligaciones contractualmente asumidas.

 

 

AUTORES: Comisión Legislativa: Concejales Marcelo Cascón, Fernando Martín (UCR); Andrés Martínez Infante (Encuentro); Silvina García Larraburu (PJ).

 

 

El proyecto original Nº 196/04, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 19 de julio de 2004, según consta en el Acta Nº 832/04. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 17 de la Carta Orgánica Municipal,

 


EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art.  1º)  Requerir al Sr. Gobernador de la Provincia de Río Negro, la urgente constitución oficial del Ente de Fiscalización del contrato de Concesión de Obra Pública, establecido por el artículo 2 de la Ley 3825.

 

Art. 2°)  Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.