COMUNICACIÓN N° 758-CM-13

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR SENADO NACIONAL VERÍA CON AGRADO SANCIÓN PROYECTO DE COMUNICACIÓN EXPEDIENTE 295-S-2013 CONSTITUCIÓN DEL CONSEJO FEDERAL CREADO POR LEY 26.842.

 

ANTECEDENTES

 

Ley 26842 de prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas.

 

Ley 26364 de prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas.

 

Proyecto de Comunicación al Poder Ejecutivo Nacional Expediente 295-S-13.

 

FUNDAMENTOS

 

El Consejo Federal para la Lucha contra la trata y Explotación de Personas y la Protección y Asistencia a las Víctimas fue creado mediante la ley 26842 la que a su vez modificó la ley 26364 de prevención y sanción de la trata de personas y asistencia a sus víctimas. El ámbito del mencionado Consejo es la Jefatura de Gabinete de Ministros.

 

Debido a que a pesar de haberse cumplido los plazos estipulados por la ley para su reglamentación, la creación del Organismo aún no ha sido concretada. Resultando de vital importancia que desde el Poder Ejecutivo Nacional se tome la urgente decisión de comenzar a trabajar en ese sentido, el Senador Nacional Rubén Giustiniani (PS) presentó en el Senado el proyecto de comunicación, Expediente 0295-S-2013, el cual se encuentra en las Comisiones de Justicia y Asuntos Penales y Seguridad Interior y Narcotráfico.

 

En el mismo sentido y adhiriendo a sus fundamentos, consideramos necesario que este Concejo Municipal de Bariloche se exprese en el mismo sentido porque fue el espíritu del legislador darle herramientas al Poder Ejecutivo para que sea una política del Estado la lucha contra el delito de trata de personas y la ejecución de acciones positivas tendientes a la asistencia a las víctimas de ese aberrante delito.

 

En este sentido, en sus fundamentos el proyecto de comunicación señala: “Según el artículo 7 de la Ley 26842, el Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y explotación de Personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas está integrado por representantes de distintos ministerios del Poder Ejecutivo Nacional, un representante del Senado nacional y otro de la Cámara de Diputados, representante del Poder Judicial de la Nación; un representante del Ministerio Público Fiscal, del Consejo Nacional de la Niñez, Adolescencia y Familia, del Consejo Nacional de las Mujeres y representante de cada una de las provincias y por la Ciudad Autónoma de Buenos Aires. La concreción de una instancia como el Consejo Federal permite abordar esta problemática desde un punto de vista federal, donde cada una de las provincias aporte datos y pueda confeccionarse un registro con la situación de la trata de personas en todo el país que facilite la detección de las redes de tráfico. Además de la representación de las distintas jurisdicciones involucradas en la temática de la trata de los tres Poderes del Estado Nacional y la representación de las Provincias y la CABA, el Consejo Federal está integrado por tres representantes de organizaciones no gubernamentales”.

 

Por todo lo expresado y teniendo en cuenta que este delito fue visibilizado a través de la difusión de la información judicial de casos que se dan a lo largo y ancho del país, solicitamos que sea aprobada esta comunicación para que el trabajo federal y conjunto, erradique el delito de trata de personas, tan repudiable y denigrante para las personas, muy especialmente para las mujeres que mayoritariamente son víctimas.

 

 

AUTORAS: Concejales Carmen Giménez (AFSP) y Prof. Elena Welleschik (UCR).

 

 

COLABORADORA: Analía Woloszczuk.

 

 

El proyecto original Nº 413/13, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 23 de septiembre de 2013, según consta en el Acta Nº 1007/13. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se comunica al Senado de la Nación se vería con agrado la sanción del Proyecto de Comunicación “Solicitud al Poder Ejecutivo la constitución del Consejo Federal para la Lucha contra la Trata y la Explotación de personas y para la Protección y Asistencia a las Víctimas, creado por Ley 26842”.

 

Art.   2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese