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DECLARACIÓN N.º 2315-CM-17

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL Y DEPORTIVO CAMPUS DEPORTIVO DE TAEKWONDO OLÍMPICO

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.

 

Nota de pedido de declaración.

 

Resolución 429-PCM-17, de fecha 29 de noviembre de 2017, firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

 

FUNDAMENTOS

 

La organización de la escuela Yun Moo Kwan Bariloche fiscalizada por la Federación Yun Moo Kwan Argentina, organiza el primer campus deportivo en San Carlos de Bariloche, a través de la iniciativa del Maestro Sebastián Zapata, 7.º Dan. El mismo se llevará a cabo los días 8, 9 y 10 de diciembre de 2017, en diferentes puntos de nuestra ciudad y contará con la presencia de participantes destacados en la disciplina, tanto a nivel nacional como internacional.

 

La modalidad de campus deportivo es una experiencia que en los últimos años ha tenido gran expansión en el deporte argentino, ya que implica el intercambio de experiencias y vivencias, además de fomentar la disciplina de referencia. El campus deportivo estará compuesto por entrenadores reconocidos internacionalmente, cada uno aportando su experiencia, enriqueciendo el evento y otorgándole un gran prestigio al mismo.

 

 

 

 

En este sentido, la intención desde la organización es que se pueda estructurar el campus a partir de la participación de diferentes categorías en los distintos días, además de realizar una clase al aire libre con el maestro Yun Moo Kwan. Al finalizar la actividad se trasladarán los participantes al Lago Gutiérrez en donde podrán realizar una caminata en las inmediaciones del lago y disfrutar de los paisajes que brinda la ciudad.

 

Cabe destacar que el Taekwondo es un término que procede del coreano y que hace referencia a un arte marcial del mismo origen. Este deporte combina técnicas de Kung Fu, Karate-do y otras disciplinas más antiguas.

 

La expresión está compuesta por tres términos: Tae (que refiere a la utilización de los pies), Kwon (vinculado a los brazos y puños) y Do (hace alusión a una noción filosófica que se asocia al camino hacia la perfección). La frase “Tae kwon do”, por lo tanto, alude al uso de los pies y las manos en una técnica que, por extensión, no apela a ninguna clase de armamento.

 

En las últimas décadas se ha producido un aumento considerable del número de personas que proceden a practicar la mencionada disciplina deportiva, esto se debe, a que se han dado a conocer los beneficios para la salud que brinda este deporte, entre las que se destacan:

 

- Permite mantenerse en forma

- Reduce las posibilidades de sufrir desde obesidad hasta problemas de tipo cardiovascular.

- Aumenta de manera considerable los reflejos.

- En el caso de los niños y adolescentes les ayuda a adquirir un hábito saludable como es el deporte, además de valores tales como el respeto, el esfuerzo o la disciplina, entre otros.

 

Por todo lo expuesto, entendiendo la importancia de poder contar en nuestra ciudad con la experiencia del campus deportivo, cuya actividad resulta de interés para muchos integrantes de nuestra comunidad, como así también destacando la presencia del maestro Yun Moo Kwan, es que consideramos propicia la presente declaración de interés.

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

INICIATIVA: Concejales Gerardo Ávila, Claudia Contreras, Julia Fernández, Viviana Gelain, Andrés Martínez Infante y Cristina Painefil (JSB).

 

 

La resolución 429-PCM-17, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 14 de diciembre de 2017, según consta en el Acta N.º 1086/17. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal y deportivo el Campus Deportivo de Taekwondo Olímpico, que se realizara los días 8, 9 y 10 de diciembre de 2017 en San Carlos de Bariloche.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.