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RESOLUCIÓN N.º 552-CM-18

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE RECHAZA PEDIDO DE IMPUGNACIÓN AUDIENCIA PÚBLICA SOLICITADO POR NOTA 2004-MEyS-2018.

 

ANTECEDENTES

 

Proyecto de ordenanza 774/18: "Se aprueba readecuación contractual concesión Cerro Catedral. Poder Concedente".

 

Resolución 035-PCM-18, aprobada en sesión ordinaria de fecha 01/03/2018 bajo el número 547-CM-18, convocando a audiencia pública para el tratamiento del proyecto de ordenanza 774/18: "Se aprueba readecuación contractual concesión Cerro Catedral. Poder Concedente".

 

Nota 2004-MEyS-2018, de fecha 08/03/2018: “Se impugna audiencia pública. Incumplimiento”.

 

Nota 11/PRO/18 en relación a la Nota 2004-MEys-2018.

 

Nota de fecha 9/3/2018 del bloque FPV en respuesta a la nota 533-PCM-18, sobre la nota 2004-MEys-2018.

 

Acta n.º 97/18, Comisión Legislativa del lunes 12 de marzo de 2018 a las 9:00h para dar tratamiento a la nota 2004-MEyS-18.

 

Resolución 047-PCM-18 del 12 de marzo de 2018 firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

FUNDAMENTOS

 

Mediante la nota 2004-MEyS-2018, se presentan los Señores Jorge Molina, Máximo Schneebeli, Norberto Rodriguez, José Rodríguez, Norma Aguirre, Claudio Burgos, Ana Wieman, Marina Steccon y Tomás Guevara, quienes consideran que no se han cumplido los procesos legales pertinentes, por lo que solicitan la impugnación y suspensión de la audiencia pública para el tratamiento del proyecto de ordenanza 774/18: "Se aprueba readecuación contractual concesión Cerro Catedral. Poder Concedente".

 

De conformidad con lo dispuesto por el artículo 26.º inciso b) del Reglamento Interno, aprobado por Resolución 462-CM-15, se convoca a Comisión Legislativa para dar tratamiento a la Nota 2004-MEyS-2018, para el día 12 de marzo del corriente a las 9:00 h.

 

A su vez, mediante nota 11/PRO/18, el Concejal Daniel González en su carácter de Presidente del Bloque Pro, se dirige al Presidente del Concejo Municipal a efectos de expedirse sobre la nota 2004-MEyS-2018, considerando que debe rechazarse la solicitud de impugnación y suspensión de la audiencia pública atento a haberse convocado y luego ratificado la misma por unanimidad en sesión ordinaria mediante Resolución 547-CM-18, con su debida difusión y entendiendo que las audiencias públicas son una oportunidad para conocer la opinión de los vecinos, quienes además han mostrado gran interés en la misma.

 

Por su parte, los concejales Ana Marks y Daniel Natapof, en representación del bloque FPV mediante nota dirigida a la Presidencia del Concejo Municipal, de fecha 09/03/2018, adelantan su opinión favorable al planteo realizado por los vecinos mediante la nota en cuestión, hasta tanto esté a disposición de la ciudadanía el total de los informes técnicos faltantes en el Proyecto de Ordenanza 774/18, cuestionando a su vez la convocatoria a audiencia pública únicamente en los términos de los artículos 128 y 130 de la C.O.M..

 

A su turno, el concejal Andrés Martínez Infante, en su carácter de presidente del bloque JSB presenta nota a la Presidencia del Concejo Municipal de fecha 09/03/2018, destacando que por el respeto de la decisión del poder legislativo y por los inscriptos a la audiencia pública, de ninguna manera puede entorpecerse este espacio de expresión popular, considerando insuficientes en este sentido los argumentos vertidos en la impugnación. En particular, destaca lo expuesto en la nota 1985/18 del Secretario de Desarrollo Urbano, obrante en el expediente del Proyecto de Ordenanza 774/18, quien manifiesta que no corresponde en la instancia actual la presentación de EIA atento que cada proyecto en particular deberá transitar su propio proceso técnico administrativo y legislativo oportunamente con su evaluación de impacto ambiental oportuna, en cumplimiento de la normativa aplicable.

 

El dictamen 233/2018 de la Asesoría Letrada recomienda el rechazo de la presentación.

 

Sometidas las actuaciones a tratamiento por ante Comisión Legislativa de fecha 12 de marzo de 2018, conforme Acta 97/18, es que se emite la presente resolución.

 

 

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

 

La resolución 047-PCM-18, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 12 de abril de 2018, según consta en el Acta N.º 1093/18. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

 

Art. 1°)

Se rechaza el pedido de impugnación de la audiencia pública fijada para el día 12 de marzo de 2018 para el tratamiento del Proyecto de Ordenanza 774/18: "Se aprueba readecuación contractual concesión Cerro Catedral. Poder Concedente".

 

Art. 2°)

Se remite la nota ingresada al Concejo Municipal bajo el número 2004-MEyS-2018 a las comisiones conjuntas de Turismo y Medio Ambiente, Comisión de Gobierno y Legales para su conocimiento .

 

Art. 3°)

Se notifica al Sr. Edgardo Straini, en el número de celular indicado en la nota 2004-MEyS-2018 (154793919).

 

Art. 4°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.