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RESOLUCIÓN N.º 613-CM-19

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: REGLAMENTO DE USO INTERNO DEL VEHÍCULO DEL CONCEJO MUNICIPAL

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Resolución 462-CM-15.

 

Resolución 309-CM-05.

 

Reglamento interno para el uso de vehículos del Centro de Investigación Científica y Transferencia Tecnológica a la Producción, CONICET.

 

Acta 142/19 de Comisión Legislativa con fecha 17 de abril de 2019.

 

Resolución 343-PCM-19 del 19 de noviembre de 2019 firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

FUNDAMENTOS

 

El importante crecimiento demográfico y territorial de nuestra ciudad, obliga al Concejo Municipal a contar con un medio de transporte a disposición, para cubrir las distintas obligaciones de los concejales; siempre y cuando estén relacionadas con su labor como funcionarios públicos.

 

Se destaca el constante trabajo de los concejales en territorio, fundamental para visibilizar problemáticas y estar en contacto con los distintos vecinos y espacios de la ciudad.

 

La reciente compra del vehículo 0 km, a titularidad del Concejo Deliberante, obliga a establecer reglas claras que permitan un correcto y eficaz uso del mismo.

 

Es por esto que se establece a través de la presente resolución el reglamento de uso interno del vehículo del Concejo Municipal.

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.

 

 

 

La resolución 343-PCM-19, con las modificaciones introducidas,fue aprobada en la sesión del día 21 de noviembre de 2019, según consta en el Acta N.º 1119/19. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

RESOLUCIÓN

 

 

Art. 1°)

Se aprueba Reglamento Interno para el Uso del Vehículo del Concejo Municipal, conforme Anexo I.

 

Art. 2°)

Se aprueban planillas de registro y control de uso del vehículo, conforme Anexo II.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.

 

 

RESOLUCIÓN N.º 613-CM-19

 

ANEXO I

 

REGLAMENTO INTERNO PARA EL USO DEL VEHÍCULO DEL CONCEJO MUNICIPAL

 

1) Definiciones y responsabilidades:

 

a- Solicitante: Concejal, secretaria/o o asesor/a que realiza el pedido formal de uso del vehículo. Es su responsabilidad solicitarlo mediante correo electrónico, en el que se deberá detallar los siguientes ítems: destino, usuarios, horario y fecha de salida, tiempo de uso y motivo del viaje.

 

b- Conductor: chofer responsable de atender todas las tareas asociadas al uso y mantenimiento del vehículo, las cuales incluyen:

- Constatar la presencia de la documentación necesaria y su actualización.

- La carga de combustible.

- Completar la planilla de registro con los datos de usuarios, destino, fecha/hora/km de salida, fecha/hora/km de llegada. (ANEXO II).

- Informar sobre desperfectos o inconvenientes presentados durante el uso del vehículo.

- Entregar el vehículo en tiempo y forma.

- Realizar la revisión vehicular obligatoria según kilometraje e informar, cuando corresponda, realizar las gestiones pertinentes para realizar el servicio de garantía oficial.

- Controlar periódicamente, de acuerdo al kilometraje que esté recorriendo y de acuerdo al uso del mismo, los niveles de fluidos del motor (aceite, líquido refrigerante, combustible, agua del limpia‐parabrisas). Si faltara aceite, se debe agregar el mismo aceite que tiene el vehículo. Si faltara líquido refrigerante, se debe agregar agua destilada únicamente. También deberá llevar un control periódico de la presión de los neumáticos.

- Conservar el vehículo en buen estado de limpieza, en condiciones técnicas y de seguridad, junto con la documentación vigente correspondiente y todos los elementos reglamentarios (seguro, balizas, matafuegos, linga de remolque, botiquín de primeros auxilios, rueda de auxilio y cadenas en invierno). En caso de uso o rotura de elementos, se deberá elevar pedido de reposición a Secretaría Legislativa.

En caso de accidente, o desperfecto mecánico, notificar a Secretaría Legislativa del Concejo Municipal mediante llamado telefónico, siempre y cuando no haya riesgos de salud y no sea necesario contactar previamente a autoridades policiales o de salud.

 

c- Usuarios: Se denomina así a las personas que participen del viaje en su carácter de acompañantes. Los mismos deberán contar con su documentación personal y se listarán en la planilla registro del Anexo II.

 

d- Secretario/a Legislativo/a: será el/la responsable administrativo/a del vehículo. Es su responsabilidad administrar el cronograma de turnos de uso de vehículo y la rúbrica mensual de las planillas del Anexo II.

 

2) Reglas Generales

 

a) Queda terminantemente prohibido el uso del vehículo para razones personales, que no se vinculen con las responsabilidades de los funcionarios y trabajadores del Concejo Municipal.

 

b) Ningún funcionario o trabajador podrá disponer del vehículo para el traslado a su domicilio.

 

c) La conducción del vehículo quedará exclusivamente a cargo del chofer del Concejo Municipal.

 

d) Todo cambio en la fecha de un viaje, o cancelación, se deberá informar con la mayor antelación posible a la Secretaría Legislativa para así hacer posible el uso del vehículo asignado por otro Solicitante.

 

e) Cualquier modificación en la hora de devolución del vehículo deberá ser consensuada con el Secretario/a Legislativo/a para que éste pueda coordinar las posteriores salidas.

 

f) La salida del vehículo fuera del ejido municipal colindante, deberá ser autorizado por Comisión Legislativa.

 

3) Sobre accidentes y desperfectos mecánicos

a) En caso de accidentes o desperfectos mecánicos que imposibiliten continuar con el uso del vehículo se procederá de la siguiente manera:

 

i) Dar aviso al Secretario/a Legislativo/a del Concejo Municipal mediante llamada telefónica, siempre y cuando no haya riesgos de salud y no sea necesario contactar previamente a autoridades de salud o policiales. Se deberá informar situación, lugar, fecha y hora, inconveniente y necesidad de solicitar remolque. El Secretario/a Legislativo/a, de acuerdo a la gravedad del desperfecto, gestionará con: 1) la División Bienes Patrimoniales para que estos a su vez contacten a la compañía de seguros y se solicite grúa de auxilio o bien con I2) el Taller de Mantenimiento del Municipio.

 

ii)- En caso de accidente se deberá efectuar exposición policial respecto de los hechos acontecidos.

 

RESOLUCIÓN N.º 613-CM-19

 

ANEXO II

 

Destino

Usuarios

Fecha

Hora salida KM

Hora devolución KM

Motivo viaje