San Carlos de Bariloche, 16 de diciembre de 2004                                      

A:  Presidencia del Concejo.

De: Asesoría Letrada.

Ref.: opinión proyecto 303/2004 “PRESUPUESTO MUNICIPAL AÑO 2005”.

El presente tiene por objeto emitir la opinión jurídica que me fuera solicitada en relación al proyecto 303/04. concerniente al tema de la referencia.

Analizado el contenido del proyecto, surge clara la competencia del Concejo Municipal, para su tratamiento, en los términos de lo previsto en el inciso 14 del art. 25 y  concordantes de la Carta Orgánica Municipal.

El procedimiento de aprobación del presupuesto Municipal se encuentra enmarcado en las previsiones del art. 41 de la Carta Orgánica Municipal.

La Ordenanza 669-CM-91 legisla en torno a los recaudos y formalidades propias del Régimen de Contabilidad Municipal en general, los actos de administración y del Presupuesto en particular; estableciendo claramente (CAPITULO PRIMERO art. 2°) que el presupuesto general, debe reflejar el plan de acción del Gobierno para cada ejercicio y los créditos asignados a los organismos para su ejecución, incluyendo el cálculo de recursos estimado para su financiación.

Vale decir que la estructura del presupuesto debe adoptar las técnicas adecuadas para demostrar el cumplimiento de las funciones y planes de acción de los órganos municipales, así como también, la incidencia económica de las erogaciones y del cumplimiento del cálculo de recursos.- ( art. 4°)

Analizados los anexos incorporados al proyecto y con excepción a las sugerencias formuladas a continuación, encuentro que se encuentran, cumplimentados los recaudos formales previstos en el Capítulo I de la Ordenanza 669-CM-91.

Únicamente me permito, aconsejar – atento su especificidad contable:

-                  Se verifique en las previsiones presupuestarias las consecuencias propias de la salida de la emergencia económico –administra y financiera.

-                  Se verifique el debido registro del oficio judicial tendiente a la afectación presupuestaria por la causa “ ROMEO C/ ARBOS S/ INCIDENTE DE EJECUCION DE SENTENCIA y HONORARIOS que en copia acompaño.

-                  Se incorporen al presupuesto General (en cumplimiento de las previsiones del art. 5° de la Ordenanza 669-CM-91) los correspondientes a las entidades descentralizadas SIMBOV (813- CM-97; ENTE LLAO LLAO (Ordenanza 1272-CM-03).

-                  Se reformule el art. 1 en el sentido de APROBAR EL PRESUPUESTO y CALCULO DE RECURSOS y GASTOS DE LA MUNICIPALIDAD DE LA CIUDAD DE SAN CARLOS DE BARILOCHE PARA EL AÑO 2005 QUE COMO ANEXO I, CONSTITUYE y FORMA PARTE DE LA PRESENTE.

Sin más y estando a vuestra entera disposición saludo a Ud. y por su intermedio a los Sres. Concejales muy atentamente.

Dictamen 200/04 A.L.C.M.