RESOLUCIÓN Nº 335 -PCM-2014

 

DESCRIPCIÓN SINTETICA: LLAMADO AUDIENCIA PUBLICA PROYECTO Nº 650/14 “PRESTAR ACUERDO AL LLAMADO A LICITACIÓN PARA SERVICIO TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS”.

 

ANTECEDENTES:

Ley Nacional 24.449.

Ley Provincial 1.550.

Carta Orgánica Municipal; 2ª Parte, Organización del Estado Municipal, Título Primero, Sección Primera, Funciones Municipales, Capítulo Único, Funciones y Competencias municipales, Art. 29, incisos 10 a 17; y Capítulo VI, Obras y Servicios Públicos, Arts. 128 a 131.

 

Ordenanza 62-I-82: Adjudica el concurso de precios por la concesión del Servicio Público de Transporte Colectivo de Pasajeros a la firma Micro Ómnibus 3 de Mayo S.A.

 

Ordenanza 112-C-87: Prorroga por 5 años el servicio de Transporte Público de pasajeros que desarrolla la Empresa 3 de Mayo S.A. por Concurso de Precios. Condiciona la misma, a la realización de modificaciones contractuales.

 

Ordenanza 101-CM-92: Prorroga por 5 años la concesión para el servicio de transporte público de pasajeros que desarrolla la Empresa 3 de Mayo.

 

Ordenanza 502-CM-95: Renovación de Concesiones Públicas.

 

Ordenanza 873-CM-98: Aprobar Contrato Concesión Transporte Urbano Pasajeros Empresa 3 De Mayo S.A.

 

Ordenanza 888-CM-98: Modificar Ordenanzas 873-CM-98 Y 874-CM-98.

 

Ordenanza 1397-CM-04: Prorroga De Contrato Concesión Transporte Urbano De Pasajeros Empresa 3 De Mayo.

 

Ordenanza 1744-CM-07 de Audiencias Públicas.

 

Ordenanza 2056-CM-10: Autorizar convenio de regularización marco contractual vigente Sistema Transporte Urbano de pasajeros. (3 de Mayo)

 

Ordenanza 2057-CM-10: Autorizar convenio de regularización marco contractual vigente Sistema Transporte Urbano de pasajeros. (CODAO)

Ordenanza 2058-CM-10: Aprobar Pliego de bases y condiciones para la licitación del Sistema Urbano de Transporte de pasajeros.

Ordenanza N° 2295-CM-12: Crear Comisión de seguimiento del Servicio de Transporte Urbano de Pasajeros.

 

Ordenanza N° 2412-CM-13: Autorizar Departamento Ejecutivo prórroga vigencia convenio marco regularización contractual de Transporte Urbano de Pasajeros (Ordenanzas 2056-CM-10, 2057-CM-10). Otorga por única vez compensación extraordinaria.

 

 

Ordenanza N° 2464-CM-13: Prestar acuerdo al permiso provisorio otorgado a Las Grutas SA para la explotación del Servicio Público de Transporte Urbano de Pasajeros (líneas).

 

FUNDAMENTOS:

 

El sistema de transporte urbano de pasajeros constituye, un servicio público cuyo poder concedente corresponde a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, en tanto a través del mismo se materializa la posibilidad de movilizarse de todos los sectores de la sociedad, garantizándose la igualdad de oportunidades para la totalidad de hombres, mujeres, niños y ancianos que se encuentran en nuestra ciudad, tanto residentes como visitantes, a fin de que puedan acceder en condiciones dignas, económicas y seguras a sus trabajos, estudios, atención médica, actividades sociales, políticas y de esparcimiento.

 

Considerando la voluntad política del Departamento Ejecutivo de la Municipalidad en pos de la realización del correspondiente proceso licitatorio, consistente en el concurso público de oferentes que impone, y bien detalla, el artículo 132 de la Carta Orgánica Municipal para todo servicio público municipal, y teniendo en cuenta que representa un deber del Estado, el garantizar la eficiente prestación del mismo y promover su uso, teniendo en miras la necesidad de resguardar los intereses de los usuarios en orden a la calidad y eficacia de la prestación del servicio.-

 

En la Carta Orgánica Municipal se establecen los mecanismos para garantizar la participación ciudadana, como la audiencia pública. La trascendencia de esta herramienta se vincula necesariamente a subrayar los canales de comunicación entre la sociedad y las acciones de gobierno.-

 

En consideración al cumplimiento de lo impuesto por el art. 130 de la Carta orgánica Municipal es que se efectúa la presente convocatoria surgida de la Comisión de Servicios, Transito y Trasporte, en horario de la tarde a los fines de fomentar la participación de los vecinos.

 

AUTOR: Presidente del Concejo Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche, Antonio Ramón Chiocconi.

 

En virtud de las atribuciones conferidas por el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal y de las facultades que le otorga el artículo 8º inciso y) del Reglamento Interno del Concejo Municipal, según texto ordenado por Resolución 143-CM-95.)

 

EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

 

RESUELVE

 

Art. 1º) SE CONVOCA A AUDIENCIA PÚBLICA por el Proyecto de Ordenanza 650/14 caratulado “PRESTAR ACUERDO AL LLAMADO A LICITACIÓN PARA SERVICIO TRANSPORTE PÚBLICO DE PASAJEROS”, en trámite legislativo ante el Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, para el día 20 de noviembre de 2014 a las 18:00 hs. en la Sala de Sesiones del Concejo Municipal, siendo la Autoridad Convocante el CONCEJO MUNICIPAL de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

Art. 2°) SE INFORMA a la comunidad que en cumplimento de la Ordenanza Nº 1744-CM-07, se encuentra el Proyecto de Ordenanza N° 650-14 para la extracción de copias a cargo de los interesados en la Secretaría de Comunicación Institucional y Protocolo del Concejo Municipal, sita en calle Mai 80 de esta ciudad.

 

Art. 3) SE HABILITA en el ámbito de Mesa de Entrada del Concejo Municipal, sita en calle Mai Nº 80 de esta ciudad, el Registro de Participantes para la inscripción por escrito según formulario de Oradores, Peritos y Expertos, a los efectos de que los interesados: (1) formulen su inscripción y acompañen en su caso, la documentación de la que pretendan valerse hasta el día 14 de noviembre de 2014 hasta las 18:00 hs.; y (2) formulen intervenciones posteriores a la audiencia hasta el día de 25 de noviembre de 2014 hasta las 18:00 hs.

 

Art. 4) NORMAS DE FUNCIONAMIENTO:

 

  1. Autoridad: La Audiencia Pública será presidida por la Presidenta de la Comisión de Servicios, Tránsito y Transporte del Concejo Municipal, Concejal Edith Garro, quien podrá requerir al momento de su celebración la colaboración de mediadores, facilitadores y-o moduladores.

 

Primera Parte.

 

  1. Iniciada la Audiencia se hará una pormenorizada presentación del proyecto en trámite.

  2. La Autoridad Convocante expondrá de manera precisa los tópicos legislativos y jurídicos sobre los que versa la convocatoria y especial lectura de las normas jurídicas aplicables a la Audiencia Pública.

  3. Se procede a leer el orden del día propuesto.-

Segunda Parte

 

  1. Se cederá la palabra a los inscriptos en el Registro de Participantes en el Orden que resultare de su número de inscripción. Cada participante contará con un plazo máximo de cinco (5) minutos para su exposición pública.

  2. La documentación y prueba de la cual pretendan valerse los expositores estarán a disposición de las partes en la Sede de la Audiencia.

  3. Por resolución fundada previa, quien preside la Audiencia podrá prolongar el plazo de exposición hasta un máximo de diez (10) minutos;

  4. Las exposiciones estarán siempre dirigidas a quien preside la Audiencia;

  5. Sólo se le podrán realizar preguntas a quienes estén inscriptos en carácter de Parte, los que deberán responderlas con similar mecánica a la de las exposiciones una ve que quién preside ceda la palabra.

Durante la Audiencia se cumplirá con los siguientes resguardos:

  1. Lectura de las normas jurídicas aplicables a la Audiencia Pública.

  2. Lectura de orden del día.

  3. Lectura completa del proyecto a tratarse

  4. Trascripción tipográfica y grabación de la Audiencia;

 

Art. 5) Notifíquese formalmente al Ejecutivo a los fines de que designe al responsable y/o responsables de la presentación y explicación del proyecto en la audiencia que convoca en igual plazo que el establecido art. 3 de la presente.-

 

Art. 6) Se instruye a la Secretaría de Prensa a dar publicidad a la presente y a la audiencia pública que en consecuencia se desarrolla en los términos y cumpliendo las previsiones de los articulos 6°, 7° concordantes y siguientes de la ordenanza 1744-CM-2007.-

 

Art. 7) La presente Resolución se aprueba ad-referendum de la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal.-

 

Art. 8 )Comuníquese. Publíquese. Tómese razón. Cumplido, archívese.

San Carlos de Bariloche, 28 de Octubre de 2014.

ARC/RSB