ORDENANZA N° 1872-CM-08

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: CONVALIDAR ACTA ACUERDO CON SEDRONAR.

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

SEDRONAR,  Programa Prevenir.

 

FUNDAMENTOS

 

La prevención y lucha contra la drogadicción es uno de los pilares sobre los que se asienta la tarea que desarrolla la SEDRONAR, con la finalidad de evitar y disminuir el uso indebido de drogas, legales e ilegales, a través del desarrollo de programas de prevención.

 

El Municipio de San Carlos de Bariloche desea incorporar en el ámbito de su jurisdicción, el programa “PREVENIR” como subcomponente del programa de funciones esenciales de salud pública, para el desarrollo, articulación y coordinación de una política del Municipio en el campo de la prevención, orientación y derivación con respecto al consumo de drogas.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADOR: Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Dr. Nelson Vigueras.

 

 

El proyecto original Nº 274/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 18 de diciembre de 2008, según consta en el Acta Nº 919/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se convalida el Acta Acuerdo que como anexo I forma parte de la presente, entre la Secretaría de Programación para la Prevención de la Drogadicción y Lucha contra el Narcotráfico de la Presidencia de la Nación (SEDRONAR) y la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.