ORDENANZA N° 1917-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: MODIFICAR LA ORDENANZA 704-CM-97. ORDENAMIENTO Y JERARQUIZACION DECLARACIONES DE INTERES.

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 704-CM-97: “Jerarquización de las Declaraciones de Interés del Concejo Municipal”.

 

Ordenanza 730-CM-97: “Registro municipal de organizaciones no gubernamentales”.

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

Atento las solicitudes de declaraciones de interés por parte de organizaciones no gubernamentales que funcionan en el ámbito de la ciudad y la vigencia de la Ordenanza 730-CM-97 (Registro Municipal de Organizaciones no Gubernamentales) resulta necesario incorporar a la Ordenanza 704-CM-97, los requisitos necesarios que permitan verificar la inscripción a dicho Registro, cumpliendo así con la normativa vigente.

 

Es por ello que proponemos la incorporación al articulado vigente, como punto 5, presentar copia de la inscripción en el Registro Municipal de Organizaciones no Gubernamentales.

 

 

AUTORA: Concejal Laura Alves (CpD).

 

 

INICIATIVA: Patricia Rodríguez (Secretaria bloque CpD).

 

 

COLABORADORA: Alejandra Douglas (Secretaria Concejal Laura Alves).

 

 

 

El proyecto original Nº 346/09, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 19 de junio de 2009, según consta en el Acta Nº 931/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se modifica el artículo 2º, inciso c) de la ordenanza 704-CM-97 el que quedará redactado de la siguiente manera:

“c) Los proyectos de declaración de interés deberán adjuntar la siguiente documentación de la institución solicitante:

 

1- Certificado del Nº de Personería Jurídica.

2- Copia del Estatuto.

3- Copia del Acta donde se decide solicitar la declaración de interés.

4- Resumen de las actividades desarrolladas por la institución.

5- Copia de inscripción en el Registro Municipal de Organizaciones no Gubernamentales de acuerdo a la Ordenanza 730-CM-97”.

 

Art.  2°)

Se aprueba el texto ordenado de la Ordenanza 704-CM-97, que se adjunta como anexo I de la presente.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

 

 

 

 


 

ORDENANZA 1917-CM-09

 

ANEXO I

 

 

TEXTO ORDENADO DE LA ORDENANZA Nº 704-CM-97

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: JERARQUIZACION DE LAS DECLARACIONES DE INTERES DEL CONCEJO MUNICIPAL.

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 93-CM-92.

 

En lo que va del año 1996 un 25% de los proyectos de normas presentados en este Concejo Municipal fueron declaraciones de Interés o de Importancia en sus más de quince (15) fórmulas diversas, además de las declaraciones "per se". El 97% de ellos fueron tratados sobre tablas.

 

Los antecedentes que se presentan con cada proyecto, resultan por lo menos escasos, y el tiempo para el análisis de cada proyecto o el estudio de cada caso resulta insuficiente, provocando una falta de jerarquización de las declaraciones.

 

 

FUNDAMENTOS

 

La estadística suministrada en los antecedentes, cincuenta y ocho (58) proyectos de declaración entre doscientos veintiocho (228) proyectos presentados o sea el 25,44%, sólo se refiere a los meses de gestión de la actual composición del Cuerpo. Si nos remontamos a los años anteriores el número de proyectos es mucho mayor. Basta con saber que desde el año 1992 (registro con soporte magnético) hasta el año 1995 tenemos un total de 301 declaraciones aprobadas.

 

De un primer análisis de esas 301 declaraciones, surgen dos consideraciones importantes. La primera es la gran diferencia del orden de la importancia entre unas y otras; y el segundo tema es la gran dispersión e inconsistencia de la elección de las fórmulas para tales declaraciones. Se han utilizado más de quince (15) modelos distintos. Y en muchos casos, a similares declaraciones le correspondieron fórmulas declarativas distintas.

 

Por otro lado creemos que es muy importante recuperar el espíritu de la Ordenanza 93-CM-92, y considerando que ese espíritu se basa en la exclusividad de la facultad para la sanción de las declaraciones por parte del Concejo Municipal, es que resulta imperativo dotar a dicha "facultad exclusiva" de una mayor jerarquía, importancia y valor; procurando que guarden algún significado para la comunidad.

 

La comunidad desconoce las condiciones, o las cualidades, o los antecedentes que cada evento (jornada, competencia, seminario, taller, coloquio, proyecto, etc.), o las instituciones y organizaciones deben acreditar para hacerse merecedoras de tal distinción por parte de este Concejo.

 

Es muy posible que tal desconocimiento esté relacionado a la falta, por lo menos taxativamente, de tales condiciones o antecedentes.

 

Es necesario que el Concejo Municipal, cuente con una herramienta apropiada que ordene el estudio de los proyectos de declaraciones de interés; y de esta forma pueda dedicarle el máximo de la atención a priorizar los urgentes problemas de la comunidad.

 

Por todo lo expuesto resulta necesario ordenar y jerarquizar las declaraciones de interés que este Concejo Municipal sancione con criterios de mérito e importancia.

 

AUTOR: Concejal Accavallo (FREPASO).

 

El proyecto original Nº 251/96, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 13 de marzo de 1997, según consta en el Acta Nº 672/97. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el artículo 17 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARACTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1º) A partir de la sanción de la presente ordenanza los proyectos de Declaración de Interés y de Declaración de Evento de Interés, deberán ajustarse a la reglamentación detallada en los artículos siguientes:

 

Art.  2º) DECLARACIONES DE INTERES

 

a) Los proyectos de Declaración de Interés podrán estar referidos a:

-  El reconocimiento a la trayectoria de una institución u organización intermedia o grupos de vecinos.

-  El reconocimiento y/o promoción de las actividades o proyectos desarrollados por una institución, organización intermedia o grupos de vecinos.

 

b) Los proyectos de Declaración de Interés deberán presentar algunas de las siguientes fórmulas:

-   De Interés Municipal: Cuando sea necesario expresar y reconocer el interés del Gobierno Municipal en el proyecto que motiva la Declaración.

-   De Interés Comunitario: Cuando sea necesario expresar y reconocer el interés del Gobierno Municipal y el que, según se considere, tiene la Comunidad sobre el proyecto que motiva la Declaración.

-   De Interés Social: Cuando además del interés descripto en la fórmula anterior, el Gobierno Municipal decida acompañar dicho proyecto con la colaboración económica o de apoyo material que se determine.

 

c) Los proyectos de Declaración de Interés deberán adjuntar la siguiente documentación de la Institución solicitante:

-       1. Certificado del Nº de Personería Jurídica.

-       2. Copia del Estatuto.

-       3. Copia del Acta donde se decide solicitar la Declaración de Interés.

-       4. Resumen de las actividades desarrolladas por la institución.

 

d) De las Excepciones al inciso "c":

Serán exceptuados de las exigencias del inciso "c" los siguientes casos:

-       1. Los grupos de vecinos sin constitución legal reemplazarán la documentación exigida por una nota de solicitud de declaración avalada por un mínimo de veinte (20) firmas de ciudadanos con residencia en nuestra ciudad.

-       2. Las instituciones del Estado reemplazarán la documentación exigida, por una nota de solicitud de declaración, rubricada por las autoridades o responsables de las mismas.

 

Art.  3º) DECLARACIONES DE EVENTOS DE INTERES

 

a) Los proyectos de Declaración de eventos de interés deberán estar referidos a:

-       El reconocimiento y promoción de un evento organizado por una institución, organización intermedia o grupo de vecinos.

b) Los proyectos de Declaración de evento de interés deberán presentar alguna de las fórmulas establecidas en el artículo 2º, inciso "b" para las Declaraciones de Interés, y deberán agregar la palabra que encuadre la actividad o el tema específico del evento. Ejemplo: Declarar Evento de Interés Municipal y Turístico.

c) Los proyectos de Declaración de Interés deberán adjuntar la siguiente documentación de la Institución solicitante:

-       1. Certificado del Nº de Personería Jurídica.

-       2. Copia del Estatuto.

-       3. Copia del Acta donde se decide solicitar la Declaración de Interés.

-       4. Resumen de las actividades desarrolladas por la institución.

-       5. Copia de inscripción en el Registro Municipal de Organizaciones no Gubernamentales de acuerdo a la Ordenanza 730-CM-97.

d) Los proyectos de Declaración de eventos de interés social deberán agregar a lo exigido en el inciso "c" del presente artículo, la siguiente documentación:

-       1. Propuesta de contraprestación de los organizadores del evento hacia la comunidad.

-       2. Presentación de un informe o conclusiones del evento, al Concejo Municipal, a la finalización del mismo.

e) Los eventos que se declaren de interés social gozarán de la exención del pago de la tasa o tasas municipales que les correspondiera abonar.

f) Los proyectos de declaración de eventos de interés deberán presentarse como mínimo con treinta (30) días de antelación a la fecha de realización del evento.

 

Art.  4º) Será responsabilidad de la Secretaría del Concejo Municipal hacer cumplir lo establecido por la presente ordenanza.

 

Art.  5º) Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.