ORDENANZA N° 1947-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: PRORROGA DEL PLAZO PARA INSTALACION DE CABINAS TELEFONICAS, ORDENANZA 1843-CM-09.

 

ANTECEDENTES

 

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 1843-CM-09.

 

Nota 296 Mesa de Entradas, del 20 de julio de 2009 del jefe comercial sucursal Bariloche, Telefónica de Argentina a Concejales Otano y Alves.

 

 

FUNDAMENTOS

 

En la nota recibida el día 20 de julio la empresa Telefónica de Argentina pide una prórroga del plazo para la cumplimentación de la Ordenanza 1843-CM-09, la cual establece la obligatoriedad de la instalación de cabinas telefónicas adaptadas para personas con discapacidad. Dada la complejidad de la instalación de las mismas, con el agregado del periodo invernal que obviamente coincide con la mayor afluencia de turistas, y al estar próximo el vencimiento del plazo otorgado, es que solicitamos la aprobación de la presente.

 

AUTORES: Concejales Laura Alves y Claudio Otano (CpD).

 

COLABORADORAS: Patricia Rodríguez y Alejandra Douglas (Secretarias Bloque CpD).

 

 

 

El proyecto original Nº 411/09, fue aprobado en la sesión del día 03 de septiembre de 2009, según consta en el Acta Nº 935/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se prorroga el plazo establecido en el artículo 6º de la Ordenanza 1843-CM-09  hasta el día 31 de diciembre del 2009.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.