ORDENANZA N° 1948-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: PRORROGA ORDENANZA 1904-CM-09 - SUSPENSION  ORDENANZA 669-CM-91, ARTICULO 54, INCISO B). 

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 669-CM-91 (Reglamento de Contabilidad).

 

Ordenanza 1611-CM-06 (Régimen de Presupuesto).

 

Ordenanza 1885-CM-08 (Presupuesto Municipal 2009).

 

Ordenanza 1904-CM-09 (Suspensión Ordenanza 669-CM-91, artículo 54° inciso b).

 

 

FUNDAMENTOS

 

Atenta la necesidad financiera de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche de mantener su giro en descubierto por sobre los límites ordinarios autorizados por el Régimen de Contabilidad vigente (Ordenanza 669-CM-91, artículo 54, inciso b), y dado el vencimiento del plazo otorgado por la Ordenanza 1904-CM-09, se requiere la utilización de dicho sistema bancario por un nuevo plazo determinado.

 

Tal cual se observa en el cuadro de detalle el Poder Ejecutivo hubo utilizado responsablemente la autorización legislativa conferida, incrementando su “solvencia fiscal”, superando los meses de déficit operativo, y alcanzando a la fecha la conformación de un “fondo ancticiclico” de más de un millón cuatrocientos mil pesos ($1.400.000,00):

 

Evolución de descubierto en cuenta 900001525 de Banco Patagonia año 2009

 

1er día del mes

5to dia habil

Día de mayor

5 días antes vto.

Cierre mes

Fondo

 

cierre

 

descubierto

 

 

anticíclico

 

 

 

 

 

 

Banco Patagonia cta. 900001529

Enero

-$ 3.151.999,68

-$ 5.680.157,00

-$ 5.680.157,00

-$ 4.618.000,64

-$ 3.176.487,36

$ 0,00

Febrero

-$ 3.153.317,72

-$ 3.449.573,95

-$ 5.625.288,64

-$ 4.720.221,91

-$ 85.320,67

$ 0,00

Marzo

-$ 198.387,51

-$ 2.848.306,54

-$ 5.165.331,82

-$ 4.625.712,93

-$ 65.695,53

$ 0,00

Abril

-$ 1.065.380,96

-$ 5.497.773,60

-$ 5.497.773,60

-$ 4.280.940,66

$ 126.269,44

$ 0,00

Mayo

-$ 810.511,89

-$ 1.204.497,91

-$ 5.046.063,90

-$ 3.554.695,52

$ 152.790,94

$ 135.000,00

Junio

-$ 160.030,36

$ 535.717,68

-$ 3.502.497,62

-$ 1.558.542,79

$ 555.822,82

$ 683.340,00

Julio

$ 248.088,40

$ 638.020,12

-$ 3.700.250,93

-$ 1.541.988,03

$ 9.361,67

$ 1.445.589,52

 

 

De idéntico modo la administración estamental ha consolidado económicamente la solvencia de los recursos para las “necesidades más urgentes”, descentralizando los fondos sociales, aportando “previsibilidad” en el giro financiero público, teniendo a la fecha una disponibilidad de más de seiscientos cincuenta mil pesos ($650.000.00):

 

BANCO PATAGONIA

 

 

Valores en garantia

900001527

$ 1.581,54

PRO.ME.NU

900001528

$ 483.388,05

BANCO NACION

 

 

Transf. Varias de Nacion

47/30

$ 69.041,50

Fondos de Terceros

49/36

$ 102,46

S.O.P ENHOSA

57/39

$ 596,14

Prog. Mejoram. Habitacional

127/19

$ 154,57

Plan Nac. de Obras Municip.

153/34

$ 123,39

Prog. Cuidados Domiciliarios

144/28

$ 445,94

Prog. REDES

164/46

$ 171,66

Plan Vida

165/49

$ 67.108,92

Fdo. Socioeconomico Mpal.

169/61

$ 5.191,15

Seguridad Alimentaria

181/55

$ 221,49

Propasa

182/58

$ 124,19

Linea a Microempresas

218/20

$ 1.171,12

Linea Hopotecarios

219/23

$ 555,72

Centro Int. Comunitario CIC

227/26

$ 50.172,47

 

 

$680.150,31


Estos resultados no distorsionan los permanentes análisis de gobernabilidad, y las obligaciones del Estado y del gobierno, las que demandan un constantes esfuerzos para la satisfacción del interés general, procurando el mejoramiento de la calidad de vida de todos los ciudadanos.

 

La situación de desfinanciamiento ha de ser depuesta con el fin de buscar objetivos de políticas públicas superadoras, es por ello que la condición de temporaneidad y excepcionalidad continúa impuesta en la norma, evitando una autorización “sine die”.

 

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADOR: Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos a/c de Secretaría de Gobierno y Participación Ciudadana, Dr. Federico Lutz.

 

 

El proyecto original Nº 415/09, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 3 de setiembre de 2009, según consta en el Acta Nº 935/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se Prorroga la suspensión dispuesta por la Ordenanza 1904-CM-09 por fuerza mayor (artículo 27, Ordenanza 1611-CM-06), de la vigencia del artículo 54, inciso b) de la Ordenanza 669-CM-91, por el plazo de seis (6) meses: septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2009, y enero y febrero del año 2010.

 

Art. 2°)

 

Se autoriza al Departamento Ejecutivo en los términos del artículo 55 de la Ordenanza 669-CM-91 (Reglamento de Contabilidad) a utilizar el descubierto bancario con el agente oficial, hasta el cuatro por ciento (4%) de los recursos del presupuesto vigente (artículo 1, inciso a) de la Ordenanza 1885-CM-08) para los períodos mensuales de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2009, y enero y febrero del año 2010.

 

Art. 3°)

 

Condición: el artículo precedente podrá ser utilizado por el Departamento Ejecutivo bajo condición de disminución de la exposición bancaria de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche (cuenta corriente bancaria Nº 900001525) al uno por ciento (1%) de descubierto en relación a los recursos del presupuesto vigente (artículo 1, inciso a) de la Ordenanza 1885-CM-08) al día inmediato anterior a la finalización de los períodos mensuales de septiembre, octubre, noviembre y diciembre del año 2009, y enero y febrero del año 2010 .

 

Art.  4°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.