ORDENANZA N° 1956-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: DESAFECTAR DEL DOMINIO PUBLICO MUNICIPAL LA PARCELA 19-3-C-C10-01A PARA PUESTO DE CONTROL INTEGRADO Y CENTRO DE TRANSFERENCIAS DE CARGAS Y DEPOSITO.

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 268-CM-93: afecta como espacio verde municipal de dominio público la parcela 19-3C-10-1A del Barrio Las Chacras.

 

Ordenanza 1294-CM-03: ceder en comodato al Centro Tradicionalista Los Cerrillos parte parcela 19-3-C-C10-01A.

 

Plancheta Catastral 19-3-C-C10.

 

Certificado de fecha 17 de abril de 2008 extendido por la Dirección de Catastro Municipal, constancia de dominio.

 

FUNDAMENTOS

 

Actualmente el puesto sanitario ubicado sobre la calle Comandante Luis Piedrabuena (al lado del Destacamento Caminero) tiene como objetivo la fiscalización de los transportes de sustancias alimenticias y de los vehículos destinados al transporte de contingentes estudiantiles.

 

El puesto sanitario cuenta con un espacio reducido donde conviven dos áreas municipales: Dirección de Inspección General con su cuerpo de once agentes que llevan adelante las tareas antes mencionadas y la Secretaría de Turismo con un administrativo cuya función es informar al turista que se acerca a esta dependencia de control; hecho que dificulta la tareas por no contar con la estructura necesaria.

 

Cabe destacar además que en octubre de 2006 se realizó la apertura de la Ruta de Circunvalación con lo cual algunos transportes se desvían y no efectúan los controles necesarios y obligatorios en el puesto sanitario.

 

La ciudad de San Carlos de Bariloche constituye un importante centro de redistribución de mercaderías hacia distintas localidades de la provincia de Río Negro y vecinas, lo que hace imprescindible la existencia de un Puesto de Control Integrado.

 

La función de este Puesto de Control Integrado será contribuir a garantizar la salubridad y seguridad de las mercaderías que ingresan y se transportan dentro del ejido municipal mediante el control de la rotulación, acondicionamiento y métodos de conservación de las mismas para su transporte, por medio de una inspección rutinaria que conlleva al cobro de la tasa de reinspección y/o abasto.

 

El funcionamiento de dicho Puesto en la ruta de acceso a la ciudad de San Carlos de Bariloche (Ruta Nacional N° 40 Norte en el comienzo del ejido municipal dentro de la parcela que se propone desafectar) permitirá una adecuada captación de información. (remitentes, destinatarios y bienes comerciales), convirtiéndose en una herramienta de gran utilidad para dirigir la fiscalización posterior a través de la detección de los contribuyentes y las rutas de comercialización de las mercaderías.

 

Será importante dirigir el uso de este Puesto de Control hacia una fiscalización integral, abarcando tanto el rubro sanitario, fito-sanitario, de transporte como el tributario, y en cuyo funcionamiento se contará con la participación de otros organismos con facultades de control.

 

El parque automotor de San Carlos de Bariloche ha sufrido un espectacular crecimiento como también su densidad poblacional, ocasionando innumerables inconvenientes en la circulación vehicular y en el estacionamiento.

 

Nuestra ciudad no ha sido planificada ni está preparada vialmente para seguir permitiendo la circulación de vehículos de gran porte deambulando por el macro y micro centro ni el estacionamiento de los mismos.

 

En este sentido, es fundamental la implementación del Centro de Transferencia de Cargas y Depósito para poder solucionar las situaciones conflictivas que se generan en el tránsito, como así también la relación del vecino con su entorno por riesgos de accidentes, roturas de asfalto, saturación vehicular, estacionamiento, etc.

 

Dicho Centro permitirá que los transportes de carga que ingresen al ejido municipal descarguen las mercaderías de depósitos o plataformas preparadas para tal fin y sean llevadas a su destino final en vehículos de mediano o pequeño porte, eliminando de esta manera el reparto y estacionamiento de camiones, semi–remolques y acoplados en el casco urbano.

 

Resulta sumamente esencial contar como primera medida, con el espacio que permita la puesta en práctica de tal iniciativa.

 

De acuerdo a relevamiento realizado, se presenta como viable la utilización de un sector de la parcela denominada catastralmente 19-3-C-C10-01A de dominio público municipal de acuerdo a Ordenanza 268-CM-93.

 

El predio mencionado presenta las condiciones mínimas exigidas para el funcionamiento de las dependencias antes descriptas, dada la ubicación estratégica del mismo. Por lo tanto es necesario realizar la desafectación correspondiente.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Dr. Nelson Vigueras; Dpto. de Fiscalización y Habilitación de Transportes de Sustancias Alimenticias y No Alimenticias, Lic. Gabriela Costa y Tec. Daniela Vega.

 

 

 

El proyecto original Nº 194/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 1 de octubre de 2009, según consta en el Acta Nº 936/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se desafecta del dominio público municipal 90.579 m² de la parcela denominada catastralmente 19-3-C-C10-01A de acuerdo a lo delimitado en el Anexo I que forma parte íntegramente de la presente Ordenanza.

 

Art.  2°)

Se afecta al dominio privado municipal la superficie de 90.579 m² mencionada en el artículo precedente.

 

Art.  3°)

Se destina la superficie indicada en el artículo 2° a la construcción del Puesto de Control Integrado y Centro de Transferencia de Cargas y Depósitos de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

Art.  4°)

 

Se encomienda al Departamento Ejecutivo Municipal la mensura correspondiente, la confección y aprobación de los planos de obra y la construcción de las dependencias establecidas en el artículo anterior.

 

Art.  5°)

Se establece como plazo máximo para el inicio de las obras tres (3) años a partir de la promulgación de la presente.

 

Art.  6°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.