ORDENANZA N° 1962-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: ACORDAR PLIEGO LICITACION PUBLICA ADQUISICION DE COMBUSTIBLE.

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 257-CM-94, “Régimen de Contrataciones”.

 

Ordenanza 1452-CM-04, “Ley 847 y Ordenanza 257-C-89”.

 

Ordenanza 1625-CM-06, “Prestar acuerdo a los pliegos de licitación pública”.

 

Licitación Pública 005/2005.

 

Licitación Pública 005/2008.

 

FUNDAMENTOS

 

Es prioritario cubrir las necesidades funcionales de la planta vehicular del municipio.

 

La licitación pública Nº 000.009 contempla la provisión de combustible a este Municipio, por un importe total de pesos setecientos cincuenta y dos mil novecientos uno con 00/100 ($ 752.901,00).

 

Corresponde realizar el llamado a licitación pública, a fin de contratar la provisión de combustible, según lo establecido mediante Ordenanza 257-CM-94 “Régimen de Contracciones”.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Dr. Federico Lutz y Secretario de Gobierno Participación Ciudadana, Sr. Jorge Franchini.

 

 

El proyecto original Nº 461/09, fue aprobado en la sesión del día 29 de octubre de 2009, según consta en el Acta Nº 937/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se presta acuerdo al llamado a Licitación Pública para la adquisición de combustible, por un presupuesto oficial de pesos setecientos cincuenta y dos mil novecientos uno ($ 752.901,00), correspondiente a la Dirección de Servicios Públicos de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

Art.  2°)

Se afecta a la partida presupuestaria 03.2.01.00.6.1.2.1.01.01.01 Combustibles y Lubricantes.

 

Art.  3º)

El presente no modificará el régimen vigente en la materia y la regularidad del proceso está sujeta a la tramitación dispuesta por el Departamento Ejecutivo.

 

Art.  4º)

Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares se formalizarán mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal en total coordinación con el Régimen de Contrataciones vigente, la normativa particular aplicable y de conformidad al artículo 51, incisos 10  y 17 de la Carta Orgánica Municipal.

 

Art.  5°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.