ORDENANZA Nº 1972-CM-09.

 

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: ABROGAR ORDENANZA 1558-CM-05. AFECTAR RESERVAS FISCALES DESTACAMENTO SAN FRANCISCO, SIMBOV Y JUNTA VECINAL SAN FRANCISCO IV.

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 1558-CM-05: Derogar Ordenanza 1072-CM-00 y afectar reserva fiscal a destacamento San Francisco III Bomberos Voluntarios.

 

Ordenanza 1862-CM-08: SIMBOV.

 

Nota periodística sobre incendio en el barrio San Francisco III.

 

Nota periodística a la Concejal Alves: Diario El Cordillerano con fecha 4 de agosto de 2009.

 

FUNDAMENTOS

 

En la nota periodística del 4 de agosto de 2009, la Concejal Alves afirmó que hace más de 10 años los vecinos del lugar vienen reclamando por un destacamento de bomberos que facilite la rápida llegada ante una urgencia, exactamente desde la sanción de la ordenanza 813-CM-97 posteriormente derogada.

 

Considerando que la población de la zona Este de la ciudad se ha triplicado en ese mismo período, con el crecimiento de los barrios San Francisco I, II, III, Las Victorias, El Cóndor y la incorporación de barrios como Calfu Ruca, 112 viviendas, San Francisco IV y Aldea del Este, el riesgo se ha potenciado en la misma proporción.

 

Desde el año 2000 se ha planteado la necesidad del Destacamento de Bomberos Voluntarios de San Francisco III, habiéndose destinado una parcela por Ordenanza 1072-CM-00. La parcela de la manzana 240 cedida en dicha ordenanza fue ocupada, y por tal motivo no se llegó al fin para el cual había sido establecido el destino.

 

 

AUTORA: Concejal Laura Alves (CpD).

 

COLABORADORAS: Alejandra Douglas, Macarena Rodríguez Alves (Secretarias Concejal Laura Alves) y Patricia Rodríguez (Secretaria Bloque CpD).

 

 

 

El proyecto original Nº 439/09, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 29 de octubre de 2009, según consta en el Acta Nº 937/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se abroga la Ordenanza 1558-CM-05.

 

Art.  2°)

Se afecta al Ente Autárquico SIMBOV la Reserva Fiscal, designada catastralmente 19-2F-246-05, de acuerdo al catastro parcelario y certificado de dominio que se adjuntan como anexos I y II de la presente.

 

Art.  3º)

El Ente Autárquico SIMBOV afectará la fracción establecida en el artículo precedente a la construcción del Destacamento de Bomberos del barrio San Francisco III.

 

Art.  4º)

Las obras de construcción del destacamento de Bomberos de San Francisco III deberán iniciarse en el plazo de dos (2) años y finalizarse en un máximo de cinco (5) años de promulgada la presente ordenanza.

 

Art.  5º)

Se afecta la Reserva Fiscal designada catastralmente 19-2F-246-04 de acuerdo al catastro parcelario y certificado de dominio que se adjuntan como anexos I y III de la presente, para la construcción de la sede correspondiente a la Junta Vecinal del Barrio San Francisco IV.

 

Art.  6º)

Las obras de la sede de la Junta Vecinal del Barrio San Francisco IV deberán iniciarse en el plazo de dos (2) años y finalizarse en un máximo de cinco (5) años de promulgada la presente ordenanza.

 

Art.  7°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.