ORDENANZA N° 1980-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: ESTABLECER NUEVO ORGANIGRAMA DEPARTAMENTO EJECUTIVO MUNICIPAL. ARTICULO 52º DE LA CARTA ORGANICA MUNICIPAL. MISIONES Y FUNCIONES.

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 207-C-87.

 

Ordenanza 654-CM-96.

 

Ordenanza 1064-CM-00.

 

Ordenanza 1127-CM-01.

 

Ordenanza 1149-CM-01.

 

Ordenanza 1179-CM-01.

 

Ordenanza 1355-CM-03.

 

Ordenanza 1813-CM-08.

 

 

 

 

FUNDAMENTOS

 

El Departamento Ejecutivo hubo resuelto modificar la estructura política en el marco de las facultades conferidas por el artículo 52 de la Carta Orgánica Municipal.

 

Dicha modificación obedece a la necesidad de optimizar estructuras funcionales, con el fin de implementar mejores y más calificadas políticas públicas; dando claras señales de austeridad administrativa por parte del Gobierno Municipal.

 

Las misiones y funciones del Gobierno no serán sacrificadas en su calidad y extensión, pero merecerán redoblar esfuerzos por parte de los funcionarios, quien en su mayoría concentrará áreas.

 

Esta política implementada requiere una modificación sustancial del organigrama político.

 

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Sr. Jorge Franchini y Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Dr. Federico Lutz.

 

 

El proyecto original Nº  500/09 fue aprobado en la sesión del día 17 de diciembre de 2009, según consta en el Acta Nº 939/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se aprueba el nuevo Organigrama del Departamento Ejecutivo Municipal, que como Anexo I forma parte de la presente, y el Manual de Misiones y Funciones como Anexo II.

 

Art.  2º)

Se abroga la Ordenanza 1813-CM-08 y sus modificatorias.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.

 

 


 

 

ANEXO II

ORDENANZA 1980-CM-09

 

1) FUNCIONES GENERALES DE LA TOTALIDAD DE LAS ÁREAS CREADAS POR LA PRESENTE

 

  1. Colaborar con el superior jerárquico en la elaboración de los planes de acción y los planes de trabajo en las áreas de su dependencia.
  2. Brindar los informes requeridos por el superior jerárquico.
  3. Estudiar todos los asuntos que sean de su competencia respectiva, proporcionando al superior jerárquico los elementos necesarios para la toma de decisión.
  4. Coordinar y supervisar las tareas de las dependencias a su cargo.
  5. Cumplir con lo establecido en la Carta Orgánica Municipal, en cuanto a lo referido a su competencia.
  6. Las demás que le asignen las leyes y reglamentos vigentes.
  7. Servir de apoyo a las demás áreas, para un mejor cumplimiento de los objetivos y planes de gobierno.
  8. Colaborar con la Dirección General de Control de Gestión en la elaboración y actualización de los manuales de organización y procedimientos para controlar las funciones y actividades que se realizan por las diversas dependencias adscritas.
  9. Administrar los recursos materiales y humanos necesarios para el logro de sus objetivos.

 


 

2) FUNCIONES ESPECÍFICAS DE LA ÁREAS CREADAS POR LA PRESENTE

 

 

SECRETARÍA DE GOBIERNO

DEPENDENCIA: INTENDENTE MUNICIPAL

 

MISIÓN

 

Colaborar en el diseño de políticas públicas tendientes al desarrollo organizado de la ciudadanía en su conjunto, garantizando la participación ciudadana y el control de la gestión.

 

FUNCIONES

 

  1. Atender el accionar de contralor de las actividades comerciales sujetas al poder de policía municipal, de acuerdo a las ordenanzas y leyes vigentes.
  2. Confeccionar resoluciones y/o documentos oficiales, conforme a los expedientes que se sustancien y a las órdenes impartidas por el Intendente.
  3. Garantizar el espacio de atención a la situación de los ciudadanos extranjeros de la jurisdicción,  en lo que hace a la integración regional y migraciones.
  4. Ocuparse de las relaciones humanas del personal, desempeño, capacitación y reasignación de funciones.
  5. Fomentar el control de la ejecución y gestión de los planes municipales.
  6. Planificar, proyectar y ejecutar el plan de informatización municipal y una vez en funcionamiento realizar el seguimiento para su optimización.
  7. Promover medidas de regulación y mejoramiento del tránsito vehicular y peatonal; y el transporte de pasajeros en sus distintas modalidades.
  8. Planificar y organizar la puesta en funcionamiento de los mecanismos de participación ciudadana establecidos por la Carta Orgánica Municipal.

9.     Promover y fortalecer canales de comunicación con organizaciones de la sociedad civil y juntas vecinales.

10.  Fomentar la difusión, planificación, coordinación, ejecución y el asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación y el aprovechamiento del tiempo libre.

 

 

 

DIRECCIÓN GENERAL DE GOBIERNO

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE GOBIERNO

 

MISIÓN

 

Asegurar la salubridad de la población, a través de un control de las habilitaciones comerciales, así como acompañar al crecimiento y desarrollo de la ciudad con un plan integral que contemple un ordenamiento del tránsito vehicular y peatonal, y un mejoramiento del transporte público de pasajeros en sus diferentes modalidades.

 

FUNCIONES

 

1.     Atender el accionar de contralor de las actividades comerciales sujetas al poder de policía municipal, de acuerdo a las ordenanzas y leyes vigentes.

2.     Aplicar las normas generales sobre tránsito y transporte público.

3.     Prestar o hacer prestar el servicio de transporte público y de automotores de alquiler.

4.     Proveer lo concerniente al ordenamiento del tránsito urbano.

5.     Atender las funciones de la inspección municipal de tránsito, de vía pública, de la Terminal de Ómnibus, servicio de transportes escolares, turísticos y de carga.

6.     Estudiar y proponer medidas de regulación y mejoramiento de los sistemas de tránsito y transporte de la ciudad.

7.     Generación de convenios o espacios para fomentar la educación vial.

 

 

SUBSECRETARÍA DE DEPORTES

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE GOBIERNO

 

MISION

 

Fomentar la masificación, divulgación, planificación, coordinación, ejecución y el asesoramiento de la práctica del deporte, la recreación, el aprovechamiento del tiempo libre y la promoción de la educación extra escolar de la niñez y la juventud, así como también de los adultos y adultos mayores de todos los niveles y estamentos sociales de la ciudad.

 

 

FUNCIONES

 

1.     La planificación, mantenimiento y el cuidado de las instalaciones deportivas y recreativas del Municipio, como así también los recursos para su funcionamiento.

2.     Elaborar un plan anual que contemple mantenimiento, refacción, mejoramiento y construcción de infraestructura deportiva - recreativa municipal.

3.     Trabajar coordinadamente con los organismos provinciales y nacionales a efectos de no superponer proyectos.

4.     Prestar asistencia técnica y de infraestructura a organismos e instituciones estatales y privadas, a fin de fomentar el desarrollo de actividades físicas y deportivas en la comunidad.

5.     Habilitar, coordinar y controlar el registro de instituciones deportivas, clubes, colonias de vacaciones, gimnasios y otras, dedicados a la enseñanza y práctica de las actividades físicas y/o recreativas.

6.     Asesorar reglamentariamente a clubes, asociaciones e instituciones, para su creación y funcionamiento.

7.     Propiciar la creación de clubes y asociaciones deportivas y promover su inserción en el ámbito federativo correspondiente.

8.     Recibir y administrar los recursos económicos obtenidos por las ordenanzas vigentes.

9.     Aplicar el canon correspondiente a las cesiones de las distintas  instalaciones que dependen de la Subsecretaría de Deportes.

10.  Apoyar la labor de los clubes deportivos con medidas que apunten al desarrollo del deporte federado.

11.  Mantener un estrecho contacto con los clubes y asociaciones para el desarrollo programado conjunto.

12.  Colaborar en el calendario anual de actividades y competencias deportivas junto con las entidades vinculadas que lo deseen.

13.  Establecer contacto permanente con las fuerzas empresariales, sindicales y comerciales con el objeto de lograr apoyo para el desarrollo del deporte federado.

14.  Recibir las peticiones que motivan las actividades o programas que le hagan llegar las instituciones deportivas, para su estudio y tratamiento.

15.  Implementación directa de la actividad que se programe facilitando el derecho de cada ciudadano a la práctica del deporte, la educación física y la recreación, cualquiera sea su edad, circunstancia física o mental.

16.  Establecer una estrecha relación con la organización que llevan adelante propaganda y actividades deportivas escolares para llevar a cabo las actividades que se programen.

17.  Llevar a cabo todas las actividades deportivas programadas, coordinando su ejecución con los demás organismos públicos o privados vinculados.

18.  Proponer actividades y programas a incluir cada año en base a experiencias propias y del personal técnico.

 


 

SECRETARÍA DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

DEPENDENCIA: INTENDENTE MUNICIPAL

 

MISIÓN

 

Tendrá la misión de buscar financiamiento externo y su aplicación en obra pública, administración y control del uso de los recursos financieros, desarrollo de economías locales.

 

FUNCIONES

 

  1. Atender al régimen económico financiero de la Municipalidad, resolviendo las políticas de recursos y erogaciones y la atención de la deuda pública.
  2. Percibir los recursos municipales y atender el régimen de pago.
  3. Proponer y difundir con amplitud las normas tributarias y los regímenes de desgravación impositiva en coincidencia con los objetivos políticos del gobierno municipal.
  4. Proponer la contratación de empréstitos para obras públicas o conversión de la deuda municipal.
  5. Control de todas las acciones y proyectos referentes al desarrollo económico y su coordinación con los sectores de la ciencia y la tecnología de la ciudad.
  6. Proyectar el presupuesto anual y plurianual, en concordancia con la Carta Orgánica Municipal, y Ordenanzas 1611-CM-06 y 1772-CM-07.
  7. Controlar la ejecución del presupuesto.
  8. Atender el régimen de compras generales de la Municipalidad.
  9. Realizar el registro y fiscalización del patrimonio municipal.
  10. Realizar el control de las financiaciones otorgadas por el Estado Municipal.
  11. Recopilar y procesar la información estadística necesaria para la actividad del gobierno municipal.
  12. Realizar el seguimiento de las medidas de política económica y tributaria.
  13. Coordinar y evaluar con las áreas de Desarrollo Económico, Turismo y Desarrollo Social las políticas orientadas a captar las inversiones que tiendan a generar empleo  en nuestra ciudad.
  14. Brindar a través de la Subsecretaría de Servicios Públicos, la prestación satisfactoria de los servicios públicos municipales, utilizando eficientemente los recursos disponibles.
  15. Promover los proyectos de obras viales, obras pluviales y demás proyectos de obras públicas necesarias dentro de su jurisdicción y competencia, impulsadas por la Unidad Ejecutora Municipal.

 

 

DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

 

MISIÓN

 

 

Implementar las acciones dispuestas en materia económica y tributaria, por la Secretaría de Economía, Obras y Servicios Públicos.

 

FUNCIONES

 

1.     Proyectar el presupuesto anual.

2.     Controlar la ejecución del presupuesto.

3.     Atender el régimen de compras generales de la Municipalidad.

4.     Realizar el registro y fiscalización del patrimonio municipal.

5.     Realizar el control de las financiaciones otorgadas por el Estado Municipal.

6.     Recopilar y procesar la información estadística necesaria para la actividad del gobierno municipal.

7.     Realizar el seguimiento de las medidas de política económica y tributaria dispuestas por el Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos.

8.     Coordinar y evaluar con las áreas de Desarrollo Económico, Turismo y Desarrollo Social las políticas orientadas a captar las inversiones que tiendan a generar empleo en nuestra ciudad.

9.     Velar por la eficiencia en la utilización de los recursos informáticos con los que cuenta la Municipalidad (hardware-software).

 

 

 

DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

MISIÓN

 

Arbitrar los medios necesarios para la implementación de un sistema de control de gestión integral para toda la estructura municipal, fundamental para la garantía de la calidad y transparencia del nuevo modelo de gestión descentralizado.

 

 

FUNCIONES

 

  1. Diseñar, implementar y evaluar un sistema de control de gestión para todo el ámbito municipal.
  2. Implementar, asesorar  y acompañar a las distintas áreas municipales en el proceso de descentralización administrativa.
  3. Coordinar las actividades y acompañar a las áreas municipales y las delegaciones en el proceso de descentralización municipal.
  4. Formular y orientar la racionalización de trámites administrativos.
  5. Asesorar a la Secretaría de Gobierno, y las demás direcciones municipales en materia de control interno y prestar el apoyo requerido a las actividades del mismo.
  6. Realizar la búsqueda, diseño y mejora y ejecutar metodologías e instrumentos que fortalezcan y faciliten el desarrollo y evaluación de los sistemas de control de gestión.
  7. Implementar  instrumentos tecnológicos y normativos para la ejecución de las políticas de racionalización de trámites en los distintos estamentos municipales.
  8. Coordinar con la Secretaría de Gobierno el establecimiento de métodos y medios de divulgación y capacitación en materia de control interno, racionalización de trámites y cuidado de la ética.
  9. Coordinar la elaboración de informes periódicos de ejecución de resultados de las políticas de desarrollo administrativo.
  10. Solicitar informes para el proceso de seguimiento y evaluación de resultados.
  11. Trabajar en forma conjunta con el Concejo Municipal, Tribunal de Contralor, para mejorar la transparencia en la gestión de gobierno.

 

 

UNIDAD EJECUTORA DE OBRAS PÚBLICAS

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

 

MISION

 

 

La Unidad Ejecutora deberá abarcar el control de todas las fases de la obra pública. Cumplirá el rol de coordinación de todo lo referido a la obra pública, estando a cargo de la estructura municipal la elaboración, dirección y ejecución de los proyectos.

 

 

FUNCIONES

 

1.     Relevamiento de control interno del organismo ejecutor. Verificar que se ejerzan los controles internos previstos en los organigramas del Municipio.

2.     Verificación de los requisitos previos a la realización de la obra pública.

3.     Análisis del proceso de contratación de la obra pública y selección de la oferta.

4.     Verificación de las alteraciones en las condiciones del contrato.

5.     Realizar inspecciones profesionales periódicas en los lugares de obra, in situ.

6.     Realizar las mediciones, certificaciones para el pago.

7.     Seguimiento de las obras/servicios en la etapa de anteproyecto, proyecto y ejecución.

8.     Auditoría, monitoreo y control de todos los aspectos de las obras a su cargo, ya sean obras por contratos, por administración o delegadas, pudiendo intervenir en cada etapa de las mismas, efectuando correcciones, modificaciones y/o reformulaciones que las mismas requieran.

9.     Es atribución y responsabilidad de la Unidad Ejecutora la gestión compartida de los recursos necesarios para la formulación y/o ejecución efectiva de las obras, pudiendo para ello relacionarse con diversas fuentes de  financiamiento públicas y/o privadas, nacionales o internacionales, tal el caso de los organismos multilaterales de crédito.

10.  Elaboración de los Planes y Programas de Control de Obras Públicas: se confeccionarán determinando prioridades, detallándose los trabajos, métodos y procedimientos a utilizar, estableciendo su extensión y oportunidad, previendo su flexibilidad por cambios circunstanciales (climáticos/financieros). Los Planes y Programas deben propender al logro de los objetivos establecidos, ajustándose a las disponibilidades de tiempo, recurso humano y financiero.

11.  Auditar los informes que deberán elaborar los proyectistas y los inspectores de obra. Dichos informes deben ser claros y completos para permitir, de ser necesario, el proceso de atribución de responsabilidades.

 

 

 

 

 

 

 

 

SUBSECRETARÍA DE DESARROLLO ECONÓMICO

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

MISIÓN

 

Planificación de tareas, organización, dirección y control de todas las acciones y proyectos referentes al desarrollo económico y su coordinación con los sectores económicos de la ciencia y la tecnología de la ciudad.

 

FUNCIONES

 

  1. Realizar gestiones financieras ante las entidades que correspondan.
  2. Identificar las áreas estratégicas  para promover al desarrollo local, estableciendo prioridades.
  3. Coordinar el trabajo de aquellos equipos interdisciplinarios que analicen y evalúen los proyectos especiales que ingresen a las áreas.
  4. Colaborar con la provisión y análisis de datos que permitan monitorear la evolución de la situación de la economía local y elaborar estadísticas.
  5. Articular la integración del Municipio como motor y apoyo de las iniciativas públicas y privadas tendientes a la creación y fortalecimiento de PYMES y micro emprendimientos.
  6. Desarrollar mecanismos de asistencia técnica, capacitación y promoción a la actividad económica.
  7. Promover con el Gobierno Nacional y Provincial, instituciones intermedias y financieras, la ejecución de los programas públicos y privados de fomento a la inversión, que permitan el desarrollo armónico y sustentable de la comunidad local.
  8. Articular con el Gobierno Nacional y Provincial, con las instituciones financieras e intermedias, todos los programas públicos y privados de fomento a la inversión, que permitan un desarrollo económico y social armónico y ecológicamente sustentable.
  9. Coordinar acciones conjuntas con los otros municipios de la región, para la creación del Instituto para el Desarrollo, la Producción y el Empleo.
  10. Establecer y ordenar las prioridades locales y regionales y la fijación de objetivos y sectores estratégicos destinados a promoverse por vía de activas políticas de desarrollo.
  11. Promover el desarrollo económico de la ciencia y la tecnología.
  12. Fomentar la información, comunicación, esclarecimiento y debate de las actividades y de los distintos desarrollos tecnológicos que se realizan en la localidad.
  13. Gestionar el aprovechamiento e instalación de los desarrollos tecnológicos que redunden en utilidad y beneficio para la comunidad barilochense.
  14. Promocionar la radicación armónica de inversiones en emprendimientos tecnológicos ecológicamente sustentables.
  15. Monitoreo de las actividades y proyectos a realizarse en el campo científico tecnológico.
  16. Articular la integración y participación del Municipio en proyectos integrales que fomenten la radicación y desarrollo de empresas de base tecnológica.
  17. Fomentar la radicación y creación de universidades y centros de altos estudios.
  18. Implementar y desarrollar a través del Área de Trabajo todos los programas del Ministerio de Trabajo de la Nación.
  19. Generar un espacio de valorización de la agricultura familiar. Desarrollar mecanismos de asistencia técnica, capacitación y promoción a la actividad productiva de frutas y hortalizas.
  20. Articular con los actores económicos, tendiendo a crear el Polo Productivo, Industrial y tecnológico de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

 

 

SUBSECRETARIA DE SERVICIOS PÚBLICOS

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

MISIÓN

 

Contribuir al mejoramiento de la calidad de vida de los barilochenses, brindando satisfactoriamente los servicios públicos municipales, utilizando eficientemente los recursos disponibles.

 

FUNCIONES

 

1.     Diseñar, planear, proyectar las adecuaciones, remodelaciones de las obras de su competencia, así como de las pertenecientes al patrimonio municipal que contribuyan al mejoramiento y conservación de los mismos.

2.     Ejecutar el programa anual de pavimentación, asimismo ejecutar los programas regulares y emergentes de bacheo y conservación de calles y avenidas.

3.     Crear y aplicar una política adecuada para un sistema integral vial de la ciudad, con la finalidad de dar seguridad al peatón, así como tener una infraestructura de vialidades a los márgenes de los arroyos y ojos de agua.

4.     Ejecutar las obras que permitan el curso de las aguas pluviales para evitar inundaciones y obstáculos para el tránsito.

5.     Supervisar con las áreas a su cargo la creación, el mantenimiento y el mejoramiento de los sectores públicos como parques, jardines, paseos y veredas.

6.     Proveer de agua potable a sectores de la población.

7.     Coordinar el Sistema de Recolección de Residuos Urbanos.

8.     Controlar el mantenimiento de todo el patrimonio herramental bajo su responsabilidad, con el fin de asegurar su utilización racional.

9.     Efectuar las tareas inherentes a la higiene de la ciudad, prestando o haciendo prestar servicios de barrido y limpieza de calles y espacios públicos.

10.  Prestar apoyo logístico al resto de las áreas.

11.  Prestar apoyo y colaboración técnica y operativa con otros entes en servicios de emergencia y en temas concernientes con la defensa civil de la ciudad.

12.  Planificación y ordenamiento de todos los espacios verdes.

13.  Generación y mantenimiento de espacios verdes públicos, tales como plazas, parques, paseos.

14.  Organizar, planificar y dirigir campañas de forestación urbana.

15.  Campañas de concientización para promover el uso adecuado de los espacios verdes, a través de juntas vecinales, instituciones educativas y comunidad en general.

16.  Tender a la optimización del sector del Cementerio Municipal.

17.  Fiscalizar el arbolado urbano en los términos de las ordenanzas vigentes.

 

 


 

SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PRIVADA

DEPENDENCIA: INTENDENTE MUNICIPAL

 

MISIÓN

 

Asistir al Intendente en todo lo concerniente al ejercicio de las facultades político institucionales del Gobierno Municipal y sus relaciones con el Concejo  Municipal y los Gobiernos Nacional, Provinciales y con otros municipios, con instituciones públicas y privadas, nacionales o internacionales y todo organismo de carácter político, profesional y/o gremial.

 

FUNCIONES

 

  1. Definir las políticas en todo lo concerniente a comunicación externa e interna del Departamento Ejecutivo Municipal.
  2. Organizar y coordinar los diversos actos institucionales y visitas promovidos por el Departamento Ejecutivo, y sus funcionarios.
  3. Organizar la agenda del Intendente.
  4. Tomar debido registro de las distintas audiencias mantenidas por el Intendente, así como también el motivo y resultados de las mismas.
  5. Gestionar toda documentación pertinente al área.
  6. Coordinar y consensuar con las distintas Secretarías, el accionar ante problemáticas que afecten a la ciudadanía, suscitadas en el corto plazo.
  7. Servir de apoyo a las demás áreas políticas para un mejor cumplimiento de los objetivos de los planes de gobierno.
  8. Coordinar con otras áreas municipales la realización de eventos comunes.

 

 

DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL Y PROTOCOLO

DEPENDECIA: SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PRIVADA

 

MISIÓN

 

Asiste, desarrolla e impulsa la comunicación externa e interna del Departamento Ejecutivo Municipal. Garantiza el correcto desempeño en todos los actos públicos, cuidando la imagen institucional.

 

 

FUNCIONES

 

 

1.     Detectar y analizar las necesidades de comunicación interna de los empleados de la Administración Municipal de forma periódica.

2.     Planificar, impulsar, ejecutar y supervisar las acciones de comunicación externa e interna, garantizando el cumplimiento de los objetivos fijados.

3.     Asegurar la coherencia de la comunicación externa e interna, fomentando su evaluación y mejora.

4.     Coordinar el desarrollo de las acciones de comunicación interna con las distintas áreas del Departamento Ejecutivo.

5.     Asegurar la existencia de canales de comunicación interna  y su mejora continua.

6.     Asegurar la generación de espacios en los diferentes medios de comunicación, para garantizar la debida difusión de los actos de gobierno.

7.     Proponer criterios para el diseño de materiales que utilizan la imagen organizacional de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

8.     Consensuar, desarrollar e impulsar la imagen institucional entre los empleados del Estado Municipal, manteniéndoles informados de los asuntos relevantes.

9.     Consensuar, desarrollar y difundir la imagen institucional a los ciudadanos, administraciones públicas y otras instituciones.

10.  Proporcionar información sobre la actividad municipal a petición de los periodistas.

11.  Establecer el orden de las ceremonias municipales, garantizando la debida distinción de cada uno de los asistentes.

12.  Planificar, organizar y asistir a los actos y visitas promovidos por el Departamento Ejecutivo Municipal y sus dependencias, dentro y fuera de las instalaciones gubernamentales.

13.  Recibir y acompañar a los invitados y presentes del Departamento Ejecutivo.

14.  Organizar los viajes y desplazamientos de funcionarios en el ejercicio de sus funciones.

15.  Preparar las salas y atender a las personas que se reúnen para diversos eventos institucionales.

16.  Representar al Departamento Ejecutivo en el Comité de Ciudades Hermanas.

 


 

SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y MEDIO AMBIENTE

DEPENDENCIA: INTENDENTE MUNICIPAL

 

MISION

 

Corresponde a la competencia de la Secretaría de Planeamiento y Medio Ambiente y sus dependencias funcionales, la misión de planificar estratégicamente la ciudad en su conjunto. Así como elaborar el Plan de Ordenamiento Territorial, Planes Parciales, Planes Sectoriales, Planes Maestros, Planes de Detalle y Proyectos Específicos.

 

 

FUNCIONES

 

  1. Desarrollar una política de planeamiento y gestión del ambiente, de calidad de vida (ecología urbana),  integradas a las políticas de desarrollo urbano, económico, social y cultural.
  2. Asistir en la planificación del desarrollo y ordenamiento urbano a través de la formulación de planes, programas y proyectos de acuerdo a las políticas definidas por el gobierno municipal.
  3. Desarrollar los estudios y proyectos referidos a elementos o áreas urbanas significativas o relevantes.
  4. Preservar la calidad visual y sonora, así como proteger e incrementar  los espacios públicos de acceso libre y gratuito, en particular la recuperación de las áreas costeras y garantizar su uso común.
  5. Preservar e incrementar  los espacios verdes, áreas naturales y parquizadas, áreas protegidas, y la preservación de su diversidad ecológica.
  6. Preservar, proteger y poner en valor el Patrimonio Municipal Histórico Urbano y Arquitectónico.
  7. Coordinar la Unidad de Planeamiento Estratégico para el Desarrollo Local y Regional y el Consejo de Planeamiento Estratégico.
  8. Instrumentar procesos de ordenamiento ambiental participativo y permanente.

 

 

 

SUBSECRETARIA DE GESTIÓN URBANA

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y MEDIO AMBIENTE

 

MISIÓN

 

Analizar la documentación correspondiente a proyectos a realizarse en jurisdicción municipal, relacionándola con la normativa vigente, a efectos de su aprobación y/o corrección.

 

FUNCIONES

 

  1. Aplicación de normas reglamentarias vigentes para edificios y obras privadas.
  2. Inspección y certificación de obras privadas de arquitectura.
  3. Atención y organización del Catastro Municipal, registrando, conservando y verificando la documentación catastral del ejido.
  4. Proponer firma de convenios de intercambio de información con áreas afines de otras jurisdicciones.
  5. Garantizar la seguridad de las obras en construcción, a favor de la defensa de la propiedad pública y privada, a través de un registro parcelario actualizado.
  6. Coordinar las áreas a su cargo y mantener informadas a las mismas de las estrategias que se propongan.
  7. Mantener un diálogo permanente con las áreas que le dependen, recibiendo informes técnicos y verificando las tareas que realizan.
  8. Asesorar técnicamente a cada una de las Secretarías.

 

 

SUBSECRETARÍA DE MEDIO AMBIENTE

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE PLANEAMIENTO Y MEDIO AMBIENTE

 

MISIÓN

 

Promover la compatibilidad ambiental y funcional entre las diferentes actividades urbanas y sus respectivas localizaciones, mediante la instrumentación normativa y de control necesaria.

 

FUNCIONES

 

  1. Preservar y restaurar el patrimonio natural.
  2. Preservar y restaurar los procesos ecológicos esenciales y los recursos naturales dentro de la jurisdicción.
  3. Evaluar previamente el impacto ambiental de todo emprendimiento público o privado susceptible de efecto relevante, y someterlo a audiencia pública cuando se requiera.
  4. Promover la educación ambiental.

 


 

SECRETARÍA DE TURISMO

DEPENDENCIA: INTENDENTE MUNICIPAL

 

MISIÓN

 

Delinear, coordinar y llevar a cabo los aspectos y políticas tendientes a la generación y desarrollo de mercados, servicios y prestaciones de índole turístico, con el propósito de fortalecer la interrelación entre el Municipio y los diversos sectores empresariales e institucionales.

 

FUNCIONES

 

  1. Establecer el sistema de informática turística, conservar los recursos, formar conciencia turística y ecológica, publicar material de promoción, atender los calendarios turísticos, convenir acciones concurrentes con el EMPROTUR  Bariloche, la Provincia de Río Negro, el Ente Regional Patagonia Turística, el Consejo Federal de Turismo, la Secretaría de Turismo de la Nación, otros municipios y la actividad privada específica.
  2. Establecer los vínculos y relaciones con las organizaciones representativas del sector turístico en nuestra ciudad y con las ONG y gubernamentales provinciales, nacionales y/o internacionales.
  3. Planificar el desarrollo y aprovechamiento integral turístico del ejido municipal.
  4. Fomentar la actividad turística como industria no contaminante mediante las planificaciones, promociones, acuerdos, adhesiones, gestiones y cualquier otra medida concurrente.
  5. Promover y difundir la actividad turística y cultural de la ciudad.
  6. Procurar la permanente mejora cualitativa de los servicios turísticos.
  7. Fijar los objetivos anuales de la promoción institucional del Municipio en lo inherente a su condición de destino turístico.
  8. Ejercer la función de contralor y fiscalización de los servicios turísticos, incluyendo los establecimientos alojativos, guías, fotógrafos y camarógrafos relacionados con la actividad turística.
  9. Proyectar e implementar programas tendientes a conservar, incrementar, mejorar y difundir el patrimonio turístico municipal.
  10. Elaborar programas y proyectos que promuevan el ingreso de turistas nacionales y extranjeros en San Carlos de Bariloche.
  11. Diagramación y encuadre de las actividades relacionadas al turismo estudiantil, buscando un desarrollo óptimo de este tipo de turismo, en combinación con las otras corrientes turísticas.
  12. Implementar las acciones internas y externas determinadas en materia turística.
  13. Representar al Departamento Ejecutivo en el EMPROTUR, asumiendo su cargo natural de Vicepresidente de dicho Ente.
  14. Crear y llevar en forma sistemática registros estadísticos de los indicadores económicos y sociales de la actividad.
  15. Presidir por si, o por medio de representante la Comisión Permanente de la Fiesta de la Nieve.
  16. Ejercer la función de informar al turista en las respectivas oficinas instaladas en el Centro Cívico, Terminal de Ómnibus, Aeropuerto de San Carlos de Bariloche y de las que se puedan agregar, en función de la necesidad.

 

 


 

SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

DEPENDENCIA: INTENDENTE MUNICIPAL

 

MISIÓN

 

Mejoramiento en la calidad de vida, a través de programas de desarrollo social orientados al  empleo, a actividades de capacitación y recreación, promoviendo la asistencia integral y el desarrollo digno de los vecinos. 

 

FUNCIONES

 

  1. Promover medidas tendientes a asegurar la asistencia integral de la comunidad, considerando en especial la situación de aquellos vecinos y de sus respectivos núcleos familiares que carezcan de medios suficientes.
  2. Planificar y asegurar la ejecución de normas de servicios en procura del progreso y bienestar de la comunidad, reconociendo y organizando la participación libre y democrática de los vecinos.
  3. Planificar y coordinar programas atinentes a la asistencia, promoción y desarrollo social.
  4. Colaboración técnica y de recursos con la Dirección General de Defensa Civil y Seguridad cuando ella lo requiera.
  5. Promover y coordinar políticas públicas destinadas a la inclusión y desarrollo social de las personas con capacidades diferentes, niñez, adolescencia y juventud, tercera edad.
  6. Desarrollar programas de capacitación de nuestra población activa, dando especial énfasis al aspecto profesional y tratando de compatibilizar demanda y oferta laboral.
  7. Promover la cultura como una actividad generalizada y socialmente integradora.
  8. Promover políticas culturales en forma conjunta con instituciones públicas y privadas, organizaciones no gubernamentales, asociaciones; preservando y mejorando la cultura en sus diversas facetas, géneros y ámbitos.
  9. Promover la integración cultural a nivel local, regional, nacional, internacional.
  10. Proponer convenios con otros municipios avalando el intercambio cultural en las diversas facetas del arte.
  11. Coordinar y garantizar el desarrollo de todo el proceso de Presupuesto Participativo.

 

 

DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN SOCIAL

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

 

MISIÓN

 

Implementación de políticas públicas que tiendan al desarrollo social de la población

 

FUNCIONES

 

1.     Coordinar con los funcionarios de la Secretaría y las distintas áreas municipales.

2.     Supervisión en la confección de las resoluciones y disposiciones elaboradas en el área.

3.     Brindar informes referidos a las tareas del área y sobre proyectos de ordenanza que incumban a la temática social a requerimiento de la Secretaria de Desarrollo Social.

4.     Ejecutar programas atinentes a la promoción y desarrollo social.

5.     Ejecutar políticas públicas destinadas a la inclusión y desarrollo social de las personas con capacidades diferentes, adolescencia y juventud, tercera edad, etc.

 

 

SUBSECRETARÍA DE CULTURA

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL

 

 

MISIÓN

 

Promover y difundir la cultura en nuestro Municipio con el fin de brindar oportunidades al desarrollo creativo e intelectual de los barilochenses.

 

FUNCIONES

 

  1. Implementar las políticas en materia cultural.

2.     Fomentar espacios de expresión.

3.     Gestionar proyectos culturales e impulsar los proyectos generados en el área.

  1. Entender sobre todo lo relacionado con bibliotecas, archivos y museos.

5.     Insertar las políticas culturales en otras áreas municipales: Turismo, Deportes, Desarrollo Social, etc.

6.      Estimular y apoyar las iniciativas culturales de producción audiovisual, de comunicación y demás expresiones del arte.

7.     Relevar y preservar el patrimonio cultural de la ciudad.

8.     Promover actividades culturales de interés comunitario.

 

 


 

ASESORÍA LETRADA

DEPENDENCIA: INTENDENTE MUNICIPAL

 

MISIÓN

 

Representar al Municipio, tanto si aquel litiga como actor, como demandado o como tercero citado, ya sea en instancia de mediación previa, en proceso arbitral o ante las autoridades judiciales, cualquiera fuera su fuero o jurisdicción y en general en todos los juicios contenciosos-administrativos, y los de ejecución fiscal.

 

FUNCIONES

 

  1. Dictaminar sobre el aspecto legal de los asuntos que se someten a su consideración, evacuando consultas jurídicas, interpretando leyes, decretos, ordenanzas, resoluciones.
  2. Intervenir en los asuntos judiciales o extrajudiciales en los que la Municipalidad sea parte y defender legalmente el patrimonio de la Municipalidad.
  3. Asesorar al Intendente y Secretarios en todo asunto que requiera opinión jurídica.
  4. Redactar los instrumentos legales que se le soliciten.
  5. Instruir los sumarios administrativos y demás procedimientos que el Ejecutivo Municipal o sus organismos administrativos le encomienden, para esclarecer la comisión de hechos punibles o irregularidades atribuidas a los agentes municipales o a terceros y elevar, de corresponder, el traslado a la autoridad judicial competente de lo actuado.
  6. Disponer a través de las áreas a su cargo, las distintas tareas que hagan a la atención de los contribuyentes, informando y cobrando las deudas en gestión prejudicial, o judicial, que hayan sido derivadas a la Asesoría Letrada.
  7. Supervisar la recepción y registro de los certificados de deuda para la ejecución fiscal correspondiente.
  8. Coordinar las tareas de organización y archivo de la información existente.
  9. Supervisar la tarea de atención e información a los contribuyentes, priorizando la más  amplia información al contribuyente, a fin de que el mismo tenga un claro y cabal conocimiento que le permita la regularización de su deuda.
  10. Supervisar la confección y seguimiento de convenios y planes de pago en gestión de cobro prejudicial.
  11. Disponer, en forma mensual, el envío de información de la totalidad de los pagos efectuados con motivo de la gestión pre-judicial de cobro a su cargo,  como la de los pagos con motivo de la gestion judicial, a cada uno de los departamentos en los que se originó el certificado de deuda, en gestión de cobro, indicando número de liquidación, número de recibo, importe abonado, plan de pago efectuado o cancelación del mismo.
  12. Disponer el envío de las demandas a su cargo, a la Cámara de Apelaciones para su sorteo, continuando el trámite judicial según el estado de la causa.
  13. Propiciar la celeridad y la optimización de los procedimientos del área, ajustando el quehacer de los trámites administrativos a las leyes que los regulan y ser los ordenadores de lo contencioso municipal, velando por el recto procedimiento.
  14. Agotar la gestión prejudicial de cobro de acreencias del Municipio, con los siguientes recaudos mínimos:

1.     Verificar la citación previa de aquellos contribuyentes cuyas deudas estén en mora. Juntamente con la citación, la Oficina de cada área competente deberá acompañar una liquidación actualizada del estado de deuda;

2.     posibilitar la regularización de los pagos de las acreencias del Municipio y/o la celebración de convenios de reconocimiento de deuda y compromiso de pago;

3.     efectuar el seguimiento de los convenios de pago de modo tal de obtener un registro completo de los antecedentes de la deuda y de los intentos de la Administración de regularizar su acreencia.

 

  1. Intervenir como apoderado judicial y supervisar las actuaciones de los profesionales encargados de la gestión de cobro judicial de las acreencias del Municipio, brindando los informes correspondientes que en este sentido se le requieran.
  2. Requerir de las áreas municipales competentes la certificación previa de la factibilidad de las eventuales subastas de los bienes inmuebles situados en el ejido municipal sujetos a embargo.
  3. Presidir la Junta de Calificación y Disciplina.
  4. Intervenir en dictámenes y proyectos de resoluciones provenientes del Tribunal de Faltas por vía de apelaciones en los términos de las Ordenanzas 20 y 21/78.
  5. Intervenir en los pliegos de condiciones para licitaciones públicas, redes de obras o servicios públicos o de adquisición de materiales.
  6. Asesorar en todo pedido de franquicia o exención de cualquier clase de contribuciones o impuestos y en aquellos casos en que deba decidirse sobre tributaciones que no se hallen expresamente previstos en las leyes y reglamentos.
  7. Realizar estudios o análisis legislativos que se le encomienden a fin de mejorar las ordenanzas y reglamentaciones municipales vigentes.

 

 

 

 


 

DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL Y SEGURIDAD

DEPENDENCIA: INTENDENTE MUNICIPAL

 

DEFENSA CIVIL

 

MISIÓN

 

El planeamiento y la coordinación de las acciones de Defensa Civil, tendientes a prever, evitar, anular o disminuir los efectos de los desastres naturales o humanos en los habitantes de la ciudad.

 

FUNCIONES

 

1.     Coordinar la utilización de recursos tecnológicos, materiales y humanos disponibles en la ciudad ante situaciones de emergencia civil, incendios, desastres, accidentes, catástrofes naturales y todo tipo de situaciones que supongan riesgo para la población.

2.     Elaborar planes de contingencia para las distintas situaciones de riesgo y emergencia.

3.     Mantener actualizado y en condiciones operativas un sistema comunicacional con todos los actores civiles, fuerzas de seguridad e instituciones militares, constituyendo una red de colaboración y asistencia recíproca ante la eventualidad de emergencias y situaciones de riesgo.

4.     Asumir el control de toda la acción requerida ante situaciones de emergencias y de desastres que pongan en peligro a la población civil, sus viviendas y bienes personales.

5.     Elaborar y ejecutar campañas de difusión de conocimientos a poner en práctica en situaciones de emergencia y desastres, a efectos de capacitar a la población en general minimizando las consecuencias negativas de tales circunstancias.

6.     Organizar y controlar las acciones de evacuación de los sectores de la población en situaciones de riesgo.

7.     Proponer al Sr. Intendente Municipal declarar en emergencia, cuando los acontecimientos así lo requieran, a parte o la totalidad del ejido municipal.

 

 

SEGURIDAD

 

MISION

 

Tiene la misión de asesorar al Intendente Municipal en materia de seguridad y cooperar en tareas de prevención tendientes a reducir la inseguridad de los habitantes y visitantes de San Carlos de Bariloche, coordinando el accionar con las distintas áreas del Estado Municipal, e interactuando con las instituciones públicas y/o privadas, y/o vecinos vinculados directa o indirectamente con la seguridad de San Carlos de Bariloche.

 

FUNCIONES

 

1.     Ejercer la representación del Departamento Ejecutivo en el Consejo de Seguridad Local Preventiva de San Carlos de Bariloche, y coordinar sus acciones con las decisiones y/o propuestas de dicho Consejo.

2.     Participar de la prevención en la seguridad pública mediante la gestión y/o articulación de su accionar con las fuerzas de seguridad provinciales y/o nacionales, las juntas vecinales y otras organizaciones intermedias de nuestra localidad.

3.     Promover la participación vecinal en la prevención del delito a través de programas o actividades comunitarias en comunicación y coordinación con las fuerzas de seguridad.

4.     Estudiar la seguridad urbana en San Carlos de Bariloche mediante mapas del delito y/o estadísticas y/o encuestas respecto de zonas conflictivas, violencia familiar o escolar, etc.

5.     Cooperar y asesorar en programas o acciones que atiendan a las víctimas del delito coordinando su labor con los actores correspondientes para que las víctimas tengan su debida atención y contención (justicia, reparticiones provinciales, fuerzas de seguridad).

6.     Promover los métodos de resolución alternativa de conflictos, extensivos a las especialidades de mediación, negociación y arbitraje. Se podrá requerir la cooperación del Centro Judicial de Mediación de San Carlos de Bariloche y/o demás organismos públicos e instituciones privadas competentes en la materia.

7.     Coordinar su labor con la justicia y/o las fuerzas de seguridad provinciales y/o nacionales en lo relacionado con el tránsito vehicular, accidentes de tránsito, notificaciones procesales y otros temas compatibles con la función municipal mediante acuerdos específicos en la materia, todo ello en coordinación con la Dirección General de Gobierno.

8.     Gestionar ante las autoridades competentes la infraestructura edilicia y/o demás suministros o requerimientos necesarios para la seguridad en la ciudad de San Carlos de Bariloche.

9.     Procurar la celebración de convenios de asistencia tecnológica y financiera con entidades estatales y/o no gubernamentales que se relacionen con la prevención en seguridad para San Carlos de Bariloche.

 

 


3) FUNCIONES DE DIRECCIONES GENERALES Y SU DEPENDENCIA

 

Las Direcciones Generales cumplen la función de controlar la ejecución de las políticas públicas diseñadas, desarrolladas y planificadas por el Intendente, Secretarías y Subsecretarías.

 

Las Direcciones Generales son:

 

-DIRECCIÓN GENERAL DE COMUNICACIÓN INSTITUCIONAL Y PROTOCOLO

DEPENDECIA: SECRETARÍA DE COORDINACIÓN Y PRIVADA

 

-DIRECCIÓN GENERAL DE GOBIERNO

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE GOBIERNO

 

-DIRECCIÓN GENERAL DE CONTROL DE GESTIÓN

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

-DIRECCIÓN GENERAL DE HACIENDA

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE ECONOMÍA, OBRAS Y SERVICIOS PÚBLICOS

 

- DIRECCIÓN GENERAL DE DEFENSA CIVIL Y SEGURIDAD

DEPENDENCIA: INTENDENCIA

 

-DIRECCIÓN GENERAL DE PROMOCIÓN SOCIAL

DEPENDENCIA: SECRETARÍA DE DESARROLLO SOCIAL