ORDENANZA N° 1990-CM-09

 

DESCRIPCION SINTETICA: APROBAR CONVENIO ENTRE SECRETARIA INTERIOR Y POLITICAS NUTRICIONALES MINISTERIO FAMILIA Y MUNICIPALIDAD BARILOCHE.

 

ANTECEDENTES

 

Plan Nacional de Seguridad Alimentaria “El hambre más urgente”.

 

Ley 25724.

 

Decretos PEN 901 y 1018 ambos del 2003. Ley 26077 y Resolución MDS 2040/03.

 

Ordenanza 1310-CM-03.

 

Ordenanza 1470-CM-04

 

 

FUNDAMENTOS

 

El convenio suscripto tiene por objeto lo siguiente:

 

La Secretaría de Interior y Políticas Nutricionales del Ministerio de Familia de la Provincia de Río Negro, se compromete a acreditar periódicamente la suma de $ 65 en la cuenta asociada a cada tarjeta por el lapso de ocho meses, hasta un máximo de 1.125 beneficiarios.

 

El Municipio se compromete a distribuir la totalidad de las tarjetas sociales, a la cantidad de 1.125 beneficiarios, cuyos grupos familiares se encuentren en situación de vulnerabilidad social.

 

Las tarjetas sociales serán entregadas de manera personal y deberán distribuirse tomando como base los padrones de beneficiarios existentes, remitidos por la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

Los beneficiarios de las tarjetas sociales dispondrán de la utilización de la suma equivalente a $ 65, periódicos, y serán para la exclusiva adquisición de alimentos.

 

La Municipalidad de San Carlos de Bariloche deberá actualizar y optimizar el Registro Único de Beneficiarios, comunicando a la Secretaría de Interior y Políticas Nutricionales del Ministerio de la Provincia de Río Negro, las modificaciones que se efectúen.

 

La Secretaría de Interior y Políticas Nutricionales del Ministerio de la Provincia de Río Negro dispondrá de los medios de auditoría, monitoreo y evaluación que considere pertinente.

 

La Municipalidad de San Carlos de Bariloche deberá remitir en un plazo no mayor a diez días los padrones de recepción de las tarjetas sociales por parte de  los beneficiarios, posteriores a la entrega de los mismos.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretaria de Desarrollo Social, Sra. Norma Gómez; Secretario de de Gobierno y Participación Ciudadana, Sr. Jorge Franchini y Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Dr. Federico Lutz.

 

 

El proyecto original Nº 457/09, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 17 de diciembre de 2009, según consta en el Acta Nº 939/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se autoriza al Sr. Intendente Municipal de la ciudad de San Carlos de Bariloche a suscribir convenio con la Secretaría de Interior y Políticas Nutricionales del Ministerio de la Provincia de Río Negro, en los términos del Plan Nacional de Seguridad Alimentaria “El hambre más urgente”, enmarcado dentro del Convenio de Ejecución Tarjeta Social “Plan Nacional de Seguridad Alimentaria”, que como anexo I forma parte de la presente.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.