ORDENANZA N° 2013-CM-10

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: AUTORIZAR DESCONTAR DE LA COPARTICIPACION LOS PAGOS HORIZONTE COMPAÑIA ARGENTINA DE SEGUROS GENERALES. S.A.

 

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 1932-CM-09.

 

FUNDAMENTOS

 

Por la Ordenanza 1932-CM-09 se adhiere a los decretos 178/91; 927/6 y 414/98 del Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro, a los efectos de proceder a las contrataciones previstas en los mismos con Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A.

 

A través de una serie de pasos administrativos el Departamento Ejecutivo contrató con la firma mencionada, los Seguros Generales de la comuna incluida la ART.

 

Se requiere de la intervención del Departamento Deliberante para autorizar el descuento automático a través de la Dirección General de Municipios del Ministerio de Gobierno y de la Contaduría General de la Provincia de Río Negro, de los montos involucrados de la coparticipación que le corresponde a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche.

 

Dicho sistema salvará los eventuales problemas por mora en virtud de situaciones de desfinanciamiento permitiendo mantener al día el pago de las cuotas de financiación pactadas para la cancelación de estas obligaciones con los beneficios que este hecho conlleva.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Sr. Jorge Franchini y Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Dr. Federico Lutz.

 

 

El proyecto original Nº 544/09, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 04 de marzo de 2010, según consta en el Acta Nº 942/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

 

 

 

 

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se autoriza a la Contaduría General de la Provincia de Río Negro a descontar automáticamente de los fondos que en concepto de coparticipación le corresponden a la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, el importe que mensualmente deba abonar el Municipio de San Carlos de Bariloche a Horizonte Compañía Argentina de Seguros Generales S.A. por contrataciones formuladas en los términos de la Ordenanza 1932-CM-09 y hasta tanto dure dicha contratación.

 

Art.  2°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.