ORDENANZA N° 2048-CM-10

 

 

DESCRICION SINTETICA: DESAFECTAR DOMINIO PÚBLICO; AFECTAR DOMINIO PRIVADO MUNICIPAL PARCELA. COMODATO BIBLIOTECA POPULAR TIMOTEO.

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 1596-CM-06: Cesión parcelas al Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Río Negro.

 

Nota s/Nº, de fecha 08/08/08, firmada por el Presidente y la Secretaria de la Biblioteca Timoteo, Asociación Cultural y Educativa, señores Héctor Elías Quintana y Norma Beatriz Charaf.

 

Nota s/N°, de fecha 07/08/08, firmada por el Señor Rubén Llanquinao, Presidente de la Junta Vecinal El Frutillar, mediante la cual la Junta Vecinal acompaña la solicitud del predio para la construcción de la futura sede de la Biblioteca Timoteo.

 

Copia de la plancheta catastral de la parcela en cuestión.

 

Ordenanza 1596-CM-06: Cesión parcelas al Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Río Negro.

 

 

FUNDAMENTOS

 

La Biblioteca Popular Timoteo se generó a partir de la iniciativa de un grupo de jóvenes residentes en el Barrio El Frutillar, quienes en el año 1999 respondiendo a una convocatoria estatal -que proponía que los jóvenes del barrio y de barrios aledaños se organizaran y buscaran soluciones a las necesidades que tenían- crearon una Asociación Cultural y Educativa, para ayudar a jóvenes y adultos a terminar la escuela secundaria, a aprender computación, etc.

 

Esta Asociación nació por un programa social destinado a fortalecer a sectores marginados, y estos jóvenes respondieron a la propuesta, muchas veces sin la ayuda y la contención del Estado.

 

Hoy la Biblioteca cuenta con más de 85 asociados, quienes pagan una cuota mensual de $ 1,00 por obtener los beneficios y servicios que presta la misma.

 

Sin bien en la actualidad cuenta con Personería Jurídica Provincial Nº 1893 y está registrada bajo el Nº 94, en la Subdirección de Bibliotecas, dependiente de la Agencia Río Negro Cultura, aún no ha logrado los beneficios que la Ley 2278 -que crea el Sistema Bibliotecario Provincial que asegura el funcionamiento y desarrollo de las bibliotecas de la Provincia de Río Negro- otorga a las bibliotecas. Como por ejemplo contar con la asistencia técnica, capacitación, supervisión y provisión de cargos bibliotecarios.

 

Asimismo la Biblioteca Timoteo pertenece a la Federación de Bibliotecas Populares de la Provincia de Río Negro.

 

La Biblioteca Timoteo se encuentra gestionando un subsidio ante la Comisión Nacional Bibliotecas Populares (CONABIP) para la construcción de su edificio. La citada Comisión financia hasta el 75% del edificio que ocupen las bibliotecas o una ampliación en caso de que el mismo exista.

 

Para ello requieren de un predio donde construir la sede de la Biblioteca, razón por la cual están solicitando que el Municipio les ceda un terreno.

 

Se trataría del predio NC 19 2 J manzana 240 ubicado en el barrio El Frutillar. El mismo es un espacio verde perteneciente a la Municipalidad.

 

Para acceder al pedido es necesario realizar una redistribución predial de la manzana antes citada, a los fines de ordenar el aprovechamiento de las mismas y su entorno, con el objeto de lograr una optimización y mejoramiento del sector.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Sr.  Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Dr. Nelson Vigueras.

 

INICIATIVA: Biblioteca Popular Timoteo, Asociación Cultural y Educativa.

 

 

El proyecto original Nº 193/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 2 de julio de 2010, según consta en el Acta Nº 946/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se desafecta del dominio público y se afecta al dominio privado municipal, una fracción de tierra que forma parte del espacio verde, designado catastralmente como 19-2-J-240-02A, según croquis que se adjunta como Anexo I, el que constituye y forma parte de la presente, con una superficie de 397,86 m2.

 

Art.  2°)

Se da en comodato por el término de 20 años, la superficie desafectada en el artículo 1°, a la Biblioteca Popular Timoteo –Asociación Cultural y Educativa.

 

Art.  3°)

La Biblioteca Popular Timoteo tendrá a su cargo el cercado de la superficie dada en comodato en forma inmediata, debiendo colocar un cartel que especifique el destino de la obra.

 

Art.  4°)

Se establece un plazo de un (1) año, a contar de la fecha de promulgación de la presente, para la presentación de los planos de obra y dar comienzo a su ejecución. Y un plazo de tres (3) años para la finalización de la misma, debiendo ajustarse el proyecto a las normas municipales vigentes.

 

Art.  5°)

Vencidos los plazos establecidos en el artículo 4°, sin haberse acreditado la ejecución de las obras, esta cesión en comodato quedará automáticamente sin efecto sin necesidad de intimación o declaración alguna, incorporándose las mejoras realizadas al patrimonio municipal.

 

Art.  6°)

No podrá ser cambiado el destino origen del presente Comodato, en caso contrario quedará automáticamente sin efecto sin necesidad de intimación o declaración alguna, incorporándose las mejoras realizadas al patrimonio municipal.

 

Art.  7°)

Se faculta al Departamento Ejecutivo a suscribir el Convenio respectivo, en base a las condiciones establecidas en la presente Ordenanza.

 

Art.  8°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.