ORDENANZA Nº 2052-CM-10

 

DESCRIPCION SINTETICA: AUTORIZAR AL DEPARTAMENTO EJECUTIVO DESCUBIERTO BANCARIO EN FORMA TEMPORARIA.

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 669-CM-91: Reglamento de Contabilidad.

 

Ordenanza 1981-CM-09: Autorizar al Departamento Ejecutivo descubierto bancario en forma temporaria.

 

FUNDAMENTOS

 

La renegociación convencional de los salarios del Estado Municipal incrementará el flujo de erogaciones corrientes, circunstancia que impone la necesidad de proponer la continuidad del modelo financiero utilizado por el Estado Municipal.

 

Cabe destacar que se acordó con el Sindicato de Obreros y Empleados Municipales un incremento salarial de pesos trescientos ochenta ($ 380) no remunerativos, pagaderos a partir de marzo de 2010 el que se volcará al básico a partir del tercer mes de recaudación incremental sostenida de ingresos del 14,7 % en relación al igual mes del año 2009 o cuatro meses alternados. El acuerdo estará vigente hasta el mes de diciembre de 2010. El impacto de este incremento salarial para el período 2010 se estima en pesos catorce millones doscientos cincuenta y dos mil once con 60/100 ($14.252.011,60).

 

Por ello se impone un deber de previsión en materia de descubiertos bancarios, en virtud de la necesidad de garantizar un flujo de fondos para pago de aguinaldos y salarios; máxime ante el mayor compromiso de los recursos extra jurisdiccionales por las retenciones de aportes y contribuciones por aguinaldos.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Economía, Obras y Servicios Públicos, Dr. Federico Lutz y Secretario de Gobierno, Sr. Jorge Franchini.

 

 

El proyecto original Nº 580/10, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 2 de julio de 2010, según consta en el Acta Nº 946/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art. 1°)

Se suspende por fuerza mayor  (artículo 27, Ordenanza 1611-CM-06) la vigencia del artículo 54, inciso b) de la Ordenanza 669-CM-91, por el plazo de dos (2) meses: julio y agosto del año 2010.

 

Art 2º)

 

Se autoriza al Departamento Ejecutivo en los términos del artículo 55 de la Ordenanza 669-CM-91 (Reglamento de Contabilidad) a utilizar el descubierto bancario con el agente oficial, hasta el monto máximo equivalente al 4% del presupuesto vigente para los períodos mensuales de julio y agosto del año 2010.

 

Art.  3º)

Condición: el artículo precedente podrá ser utilizado por el Departamento Ejecutivo bajo condición de disminución de la exposición bancaria de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche al uno por ciento (1%) del descubierto en relación a los recursos del presupuesto vigente al día inmediato anterior a la finalización de los períodos mensuales.

 

Art. 4º)

 

En caso de requerir una nueva aplicación del Art. 2º de la presente Ordenanza, en una nueva norma una vez finalizado el plazo manifiesto en el Art. 1º, el Departamento Ejecutivo deberá demostrar que en el plazo mencionado, no aumentó la cantidad de empleados municipales contratados bajo cualquier modalidad.

 

Art. 5º)

 

Se abroga la Ordenanza 1981-CM-09.

Art. 6°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.