ORDENANZA N° 2101-CM-10

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DETERMINAR ÁREA DE PRESERVACIÓN HISTÓRICA PATRIMONIAL.

 

ANTECEDENTES

 

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 215-CM-89: Crea en el ámbito de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche la Comisión de Preservación del Patrimonio Histórico, Urbanístico y Arquitectónico de la ciudad.

 

Ordenanza 593-CM-91: Afecta el proyecto de traslado de casas de madera promovido por la Comisión Municipal de Preservación al terreno identificado catastralmente con la nomenclatura 19-2-E-130-11, en calle Elflein.

 

Ordenanza 472-CM-95 y su modificación por Ordenanza  916-CM-98.

 

Ordenanza 1701-CM-07: “Aceptar donación de la vivienda con valor histórico y fijar afectación”.

 

Inventario del Patrimonio Arquitectónico y Urbano de la ciudad de San Carlos de Bariloche.

 

Áreas de Protección Histórica: APH; Gobierno de la Ciudad de Buenos Aires. Dirección General de Interpretación Urbanística.

 

Normas de Quito (1967): Informe Final de la Reunión sobre Conservación y Utilización de Monumentos y Lugares de interés Histórico y Artístico.

 

Declaración de Ámsterdam (1975).

 

Carta de Venecia (1964): Carta Internacional sobre la Conservación y la Restauración de Monumentos y de Conjuntos Históricos.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El acelerado proceso de urbanización que se viene desenvolviendo en los últimos años en San Carlos de Bariloche, hace inevitablemente más grave la relación entre el desarrollo urbano y la protección del patrimonio cultural, situación a la cual se le suma también un proceso de desarrollo económico, que va cambiando considerablemente tanto la vista de la ciudad como la forma de vida de la gente.

 

La protección del patrimonio cultural es un ámbito que se está ampliando considerablemente. No sólo abarca las zonas históricas y los patrimonios físicos o materiales, sino que también están incluidos aquellos paisajes o espacios culturales que necesitan de la atención y la protección como patrimonio, en una causa de bienestar público que hay que cuidar y beneficiar. En la sociedad contemporánea de información, los patrimonios no deben quedar aislados de la sociedad, sino agradar y educar a la comunidad a través del conocimiento de su historia y su cultura.

 

Tomando de referencia la Carta de Venecia en sus artículos 1 y 14 encontramos como definiciones: “La noción de monumento histórico comprende la creación arquitectónica aislada así como el conjunto urbano o rural que da testimonio de una civilización particular, (…). Se refiere no sólo a las grandes creaciones sino también a las obras modestas que han adquirido con el tiempo una significación cultural”. “Los lugares monumentales deben ser objeto de atenciones especiales a fin de salvaguardar su integridad y de asegurar su saneamiento, su tratamiento y su realce (…)”.

 

Cuando las funciones urbanas se concentran en la zona central de la ciudad y la misma se expande con edificios nuevos que en muchos de los casos atienden a las características innovadoras en materia de diseño y arquitectura, el resultado es que calles y zonas históricas de la ciudad quedan sumergidas en el grupo de las nuevas construcciones.

 

Pensando en San Carlos de Bariloche y atendiendo al crecimiento en la edificación que pone en riesgo cada vez más la relación histórica cultural con el medio urbano, preservar zonas que conservan características antiguas se traduce en preservar aquellas áreas donde se conserva la memoria de la ciudad.

 

En nuestro país existen antecedentes de municipios que han declarado la preservación de zonas urbanas por motivos históricos arquitectónicos culturales. Tal es el caso, por ejemplo, de la Ciudad Autónoma de Buenos Aires cuando en 1979 decide recuperar y preservar la zona que comprendía la Avda de Mayo y parte de San Telmo, agregando más tarde 46 nuevos polígonos urbanos como APH (Área de Protección Histórica) por medio de la Ley Nº 449 /2000.

 

Cómo proteger el patrimonio en el proceso de urbanización es un problema que ya se viene trabajando en nuestra comunidad desde la creación de la Comisión Municipal de Preservación del Patrimonio Histórico, Arquitectónico y Urbanístico de San Carlos de Bariloche (COMPPHUA), quien confeccionó un Inventario de dos tomos con el Patrimonio Arquitectónico y Urbano de nuestra ciudad.

      

Actualmente varias construcciones inventariadas por dicha institución, están concentradas en una zona o área que necesita y merece la toma de una decisión política por el significado histórico cultural que contiene.

 

La arquitectura relevante, monumental o vernácula de dichas construcciones reviste importancia no sólo como edificios aislados sino más aún cuando los reconocemos en conjuntos y zonas portadoras de significación. La conservación y el cuidado de las mismas resulta determinante para la imagen de nuestra ciudad, porque forma parte integral de la misma escena urbana y porque en ellas se desarrollan múltiples actividades y manifestaciones culturales de la comunidad que se encuentran a la espera de un proyecto que resalte y unifique estos recursos que surgieron con una cierta espontaneidad.

 

Se trataría pues, de enfocar nuestra atención en un lugar, sitio, corazón de Bariloche, que fue adquiriendo una fisonomía y un movimiento propio. El objetivo primordial es consolidar una zona que hoy tiene potenciales importantes y que es necesario desde el punto de vista patrimonial proteger, conservar y preservar.

 

La misma se encuentra muy cerca de nuestro Centro Cívico y dentro de un polígono urbano, delimitado por tramos pertenecientes a las calles Moreno, Juramento, Morales, Neumeyer, 20 de Febrero y Elflein. El mismo, conformará para un futuro una zona de tratamiento al interior, con sus áreas culturales, económico-turísticas-patrimoniales, y una zona perimetral de transición urbana, con la correspondiente delimitación de áreas de estacionamiento, circulación peatonal y vehicular.

 

Entre los edificios y sitios inventariados por la COMPPHUA que se encuentran dentro de dicho polígono urbano de interés y valor histórico cultural reconocemos:

 

·       Club Andino, plazoleta y su entorno: Nodo Calle Morales, Neumeyer y 20 de Febrero. Categoría A-B Grado de Protección 1-2. Referencias Sitios R-8.400-S.4.

·       Club Andino Bariloche: 20 de Febrero 30. Categoría A-A. Grado de Protección 1-1. Referencias Edificios R-8400-E.6.

·       Residencial Panorama: 20 de Febrero y Neumeyer. Categoría C-A 3-1. Referencias Edificios R-8.400-E.5.

·       Oficinas de Tierras y Colonias: Elflein 10. Categoría A-A Grado de Protección 1-1. Referencias Edificios R-8400-E.8.

·       Intendencia Parques Nacionales: San Martín y Morales. Categoría A-A Grado de Protección 1.1.

·       Edificio Haenggi: Juramento esq. 20 de Febrero. Categoría C. Grado de Protección 3. Referencias Edificios R-8400-E.62.

·       Anexo Pensión Edén: Morales esq. Neumeyer. Categoría B. Grado de Protección 2. Referencias Edificios R-8400-E.64.

 

Cabe agregar que se encuentran también integradas al polígono aunque no figuren registradas en dicho Inventario, otras construcciones a considerar:

 

·       Antigua casa González, construida en 1933: Ordenanza 472-CM-95 y su modificación por Ordenanza 916-CM-98 (Por Convenio con Asociación de Artesanos).

·       Vivienda donada por la Sra. Clara Rosa Cuevas de Bachmann, construida en 1936, trasladada al terreno municipal afectado según Ordenanza 593-CM-91 (Casa Amarilla).

·       La edificación donde funciona el restaurante de comidas mexicanas Días de Zapata (construcción que guarda una considerable armonía con las características arquitectónicas del conjunto en la que está ubicada y que resulta un atractivo gastronómico tanto local como turístico).

 

Asimismo hay que tener en cuenta que se encuentra desarmada y en estado a reparar, la vivienda Cáceres García, donada a la COMPPHUA y que estuviera ubicada entre las calles Albarracín y Rolando, la cual será en el futuro trasladada dentro del polígono en cuestión, en el terreno municipal de la antes mencionada Ordenanza 593-CM-91.

 

Según la misma normativa se encuentra también y ya en proceso de reconstrucción en dicho terreno, la vivienda Bachmann, registrada en el Tomo I del Inventario del Patrimonio Arquitectónico y Urbano de Bariloche, con el Nº R-8400-E.10, con valoración B-B y grado de protección 2-2, que de acuerdo al Art. 4º de la Ordenanza 1701-CM-07 se establece: “Afectar la vivienda donada al uso como sede del futuro Museo del Poblado de San Carlos de Bariloche, sede del Archivo Histórico Municipal y de aquellas actividades destinadas a investigación, preservación, salvaguarda, protección, restauración, promoción y difusión del patrimonio cultural de San Carlos de Bariloche que fije la Subsecretaría de Cultura del Municipio y el Concejo Municipal”.

 

Siendo que dicha zona permite entonces crear un espacio donde la población local pueda generar actividades culturales que animen al paisaje urbano y le impriman una imagen distintiva en el aprovechamiento de sus potenciales históricos arquitectónicos culturales, debemos tener muy presente que su estímulo, además de favorecer el arraigo por nuestra ciudad, constituye un atractivo de gran importancia para la población visitante.

 

Un ejemplo de esto fue el Proyecto Camaleón de embellecimiento público e integración social, llevado a cabo por el artista Horacio Ferrari Sol en la calle Juramento, con la pintada de murales a lo largo de la misma y en la que participaron con la ayuda de la Municipalidad, distintas organizaciones y artistas de nuestra ciudad involucrándose incluso los propios vecinos. Fue así que el pasaje se transformó en un verdadero espectáculo en cuyo escenario se mezclaron decorativamente los colores, los movimientos y las imágenes que hablan por sí mismas y expresan mensajes sobre temáticas ambientalistas a través del arte popular en medio de un paisaje urbano muy singular que da gusto poder recorrer.

 

En la Declaración de Ámsterdam, si bien sus Congresistas se refirieron al Patrimonio Arquitectónico europeo, sus consideraciones sirven igualmente como precedentes para el resto del mundo y en particular para nuestro caso, cuando afirman que “… Nuestra sociedad deberá, en breve plazo, renunciar al patrimonio arquitectónico y a los sitios que constituyen su marco tradicional de vida, si no se pone en marcha con urgencia una nueva política de protección y conservación integrada de este patrimonio. Lo que importa proteger hoy son las ciudades históricas, los barrios urbanos antiguos y las ciudades de tradición, comprendidos los parques y jardines históricos. La protección de estos conjuntos arquitectónicos no puede ser concebida más que desde una perspectiva global, teniendo en cuenta todos los edificios que tienen valor cultural, desde los más prestigiosos a los más modestos, sin olvidar los de la época moderna, así como el marco en que se inscriben. Esta protección global completará la protección puntual de los monumentos y sitios aislados”.

 

Asimismo, en las Normas de Quito cuando hace referencia al patrimonio monumental en Iberoamérica sostiene: “En los críticos momentos en que América se halla comprometida en un gran empeño progresista que implica la explotación exhaustiva de sus recursos naturales y la transformación progresiva de sus estructuras económico-sociales, los problemas que se relacionan con la defensa, conservación y utilización de los monumentos, sitios y conjuntos monumentales adquieren excepcional importancia y actualidad”.

 

El valor patrimonial de las ciudades como la nuestra radica en sus edificios, sus espacios, sus paisajes y en la población y sus manifestaciones culturales que provocan una imagen particular, un sello distintivo y atractivo, que fomenta la identidad y el afecto de los habitantes por el lugar en el que vivimos.

 

Y al mismo tiempo, no debemos perder de vista que el valor cultural, el patrimonio edificado y su imagen, generan recursos que pueden contribuir al cuidado, protección y mejoramiento del mismo, como proyecto de desarrollo sustentable de la actividad turística, base económica de nuestra ciudad.

 

 

 

 

 

 

AUTORES: Concejales Lic. Arabela Carreras y Lic. Darío Barriga (SUR-FpV).

 

 

COLABORADORES: Prof. Graciela Costamagna (SUR-FpV); Téc. Paula Peris (Coordinación Proyectos Culturales Subsecretaría de Cultura de la Municipalidad de San Carlos de Bariloche) y Arq. Federico Sánchez (Asesor Técnico).

 

 

El proyecto original Nº 227/08, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 25 de noviembre de 2010, según consta en el Acta Nº 955/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se determina Área de Preservación Histórica Patrimonial municipal el polígono urbano comprendido entre las calles Moreno, Juramento, Morales, Neumeyer, 20 de Febrero y Elflein, según plano que figura en Anexo I y que forma parte de la presente.

 

Art.  2°)

Se considera la necesidad de conservación de la mencionada Área por el valor de su unidad e integración al paisaje urbano que contiene un gran potencial arquitectónico, histórico, cultural, turístico y paisajístico.

 

Art.  3°)

La Municipalidad de San Carlos de Bariloche implementará proyectos de desarrollo y conservación de dicha Área que respondan a los siguientes objetivos:

a) Resaltar los ejes tradicionales que estructuran funcional y simbólicamente el espacio urbano del polígono en forma adecuada frente a las necesidades y potencialidades detectadas sin modificar la traza original ni debilitar la centralidad histórica de la zona de actuación.

b) Materializar a corto plazo los proyectos tendientes a la consolidación del lote municipal donde se recuperan  las casas patrimoniales.

c) Emprender un programa de mejoramiento urbano encaminado a rescatar el espacio público e incrementar el material vegetal del polígono urbano y en particular el de la Plaza del Alpinista.

d) Habilitar un corredor histórico turístico entre este polígono urbano y el Centro Cívico.

e) Analizar  el estado de los comercios, equipamiento y servicios existentes, para una propuesta de proyección de mejora de éstos y para la creación de programas culturales.

 

Art.  4°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.