ORDENANZA N° 2132-CM-10

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS SOCIAL, AUTORIZAR PLANTEO URBANÍSTICO “MIRADOR DEL CHALHUACO” Y APROBAR PARÁMETROS URBANÍSTICOS.

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Código de Edificación.

 

Código de Planeamiento.

 

Ordenanza 68-C-87: Declarar de uso habitacional de interés social el parcelamiento del lote 19-1-N-08-11.

 

Ordenanza 634-CM-91: Declarar de Interés Social al barrio de viviendas CGT a implementarse en los terrenos denominados catastralmente 19-2F-020-8E y 19-2F-020-8F.

 

Ordenanza 001-CM-92: Interés municipal y social construcción 400 viviendas.

 

Ordenanza 002-CM-92: 112 viviendas en el barrio San Francisco I.

 

Ordenanza 003-CM-92: Localización de viviendas de interés social y por lo tanto destinada a residencia permanente Cooperativa de Viviendas Coovigast.

 

Ordenanza 123-CM-92: Creación fondo municipal de la vivienda.

 

Código Urbano 95.

 

Ordenanza 1594-CM-06: Creación del banco de tierras municipal.

 

Ordenanza 1620-CM-06: Autorizar suscripción convenio compra tierras.

 

Ordenanza 1815-CM-08: Creación del Instituto de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social.

 

Ordenanza 1825-CM-08: Establecer la emergencia habitacional en el ejido de San Carlos de Bariloche.

 

Ordenanza 1834-CM-08: Declarar de interés social la construcción de 645 viviendas.

 

Ordenanza 1836-CM-08: Establecer parámetros urbanísticos y autorizar planteo urbanístico sujeto a modificaciones en la parcela D.C. 19-2-P-004-02C.

 

Ordenanza 1896-CM-09: Autorizar suscripción convenio compra tierras.

 

Ordenanza 1977-CM-09: Modificación Ordenanza 1815-CM-09.

 

Ordenanza 2000-CM-09: Declarar de Interés Social, Autorizar el Planteo Urbanístico “Altos del Este” y Aprobar Parámetros Urbanísticos.

 

Memoria descriptiva del Planteo Urbanístico.

 

Informe de Factibilidad Ambiental del Proyecto.

 

Mensura Particular parcelas 2-K-K20-001 y 19-2K-K10-009.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Distintos acontecimientos ocurridos en nuestra ciudad han puesto de manifiesto una vez más la realidad social que nos aqueja de un modo devastador. En este contexto, la crisis estructural en el sistema de acceso a la tierra y a la vivienda para los habitantes de Bariloche se ha visto agravada por la falta de planificación que la ciudad ha tenido por décadas, hecho que ya fuera expuesto en los considerandos de la Ordenanza 2000-CM-09 cuando se decía: “...la falta de planificación y ordenamiento territorial, la carencia o insuficiencia de una adecuada política habitacional durante los últimos años y el desmedido incremento en los valores de los terrenos y alquileres que llevó a un aumento indiscriminado del número de familias con crisis habitacional, sin visos de solución en el corto y mediano plazo...”. Y más adelante, continuaba diciendo: “Esta situación se agrava por ser San Carlos de Bariloche una ciudad que atrae población que emigra de zonas rurales y otros centros urbanos, en busca de trabajo, seguridad o mejor calidad de vida. Esos procesos migratorios no dependen de las políticas locales, sino de las políticas a nivel provincial, nacional e incluso de las condiciones en países limítrofes”.

 

Las condiciones antes descriptas se prolongan en la actualidad y requieren de medidas de fondo, que permitan a la vez planificar adecuadamente el crecimiento de la ciudad y atender las necesidades insatisfechas de una buena parte de la población. Para ello, se deben abandonar sistemas obsoletos de gestión del territorio, para encontrar soluciones concertadas con el sector privado y tal como lo plantea nuestro Código Urbano, permitiendo el desarrollo ordenado de la ciudad, estableciendo condiciones desde el Estado que limiten y conduzcan de manera adecuada el libre juego de la oferta y la demanda. Lo contrario, sería aceptar nuevamente el monopolio del mercado, al que nuestra ciudad se encuentra sometida en extremo (especulación inmobiliaria).

 

La adecuada implementación de políticas activas de planeamiento y gestión concertada del territorio, permitirá recuperar a la ciudad como un espacio de riqueza social, de florecimiento económico, de creatividad cultural y de desarrollo humano.

 

Por el contrario, limitar al Estado al mero rol de aprobar o no emprendimientos de carácter individual desarrollados por los propietarios de la tierra, sólo redundará en un preocupante deterioro en la calidad de vida que la misma ofrece. Este proceso se verifica en la actualidad, debido a muchos años de ausencia de políticas activas en el área. El crecimiento urbano y demográfico sumado a procesos migratorios regionales y nacionales, que han obligado a urbanizar el perímetro urbano de ciudades que, como la nuestra, presentan una imperfecta planificación urbana de base.

 

La diaria lectura de la realidad social en nuestra ciudad, revela una grave crisis estructural en lo que al acceso de los habitantes a la tierra y a la vivienda se refiere.

 

La falta histórica de planificación, la carencia o insuficiencia de una adecuada política habitacional durante las últimas décadas, y el desmedido incremento en los valores de los bienes inmuebles, como los costos de alquiler de los mismos, impactan directamente sobre el sistema socioeconómico; aumentando aceleradamente el número de habitantes con dificultades para acceder a una vivienda digna. Situación que aparentemente no parece tener solución a corto o mediano plazo. El fenómeno descrito se traduce en tomas ilegales de viviendas y terrenos públicos y privados, en muchos casos ocupando terrenos no aptos para la urbanización, que ponen en riesgo a la población.

 

Como agravante, se advierte una importante inmigración urbana y rural que busca mejores condiciones de vida, hecho que excede a las posibilidades del gobierno municipal, correspondiendo dicha responsabilidad a instancias provinciales, nacionales e internacionales.

 

La ciudad se ha ido transformando negativamente en cuanto a la calidad de vida de sus habitantes. El constante crecimiento demográfico se plasmó en una permanente expansión del área urbana hacia el perímetro de la ciudad, que como ya se señaló presenta una planificación urbana de base -previa- escasa y desactualizada.

 

Conjuntamente con el deterioro del entorno natural que produce este proceso, la población que se asienta en las nuevas tierras urbanizadas se descubre alejada de los lazos de solidaridad de la comunidad rural y de las ventajas que esperaba de la ciudad en términos económicos, políticos y culturales. Se suma a lo anterior, la pobre calidad en términos de diversidad y criterios de diseño que ofrecen los planes de viviendas que producen los diferentes estadios estatales. La mayoría de los planes de urbanización estatales, en el mejor de los casos produce un número de viviendas para ser ocupadas, no consiguiendo la creación del hábitat en el sentido amplio del término, no sólo sumando altos costos de realización de infraestructura, sino que semejante inversión no alcanza muchas veces para lograr la definitiva inserción de los beneficiarios en las ventajas de la vida ciudadana, ni para cumplir con las expectativas depositadas por ellos en la nueva vivienda.

 

Pero la intervención del Estado en materia de planificación urbana no puede ni debe limitarse a buscar la solución adecuada a los problemas territoriales descriptos.

 

Debe además, ser una herramienta eficaz para lograr aquello que debe ser la misión primordial de cualquier Estado, cual es la búsqueda de una sociedad más justa e igualitaria.

 

Para ello, deberá atender la necesidad de otros sectores más desprotegidos, aquellos que en las condiciones actuales se encuentran sin posibilidad alguna de acceso a la tierra o la vivienda. Pero además, deberá hacerlo en condiciones que aseguren la integración de estos vastos sectores a la vida ciudadana en igualdad de condiciones, algo que hasta ahora no siempre ha logrado garantizar mediante las operatorias desarrolladas.

 

La problemática del acceso a la tierra, la vivienda y un hábitat digno, genera fragmentación, exclusión social y pobreza. En Estambul, Turquía, del 3 al 14 de junio de 1996, Boutros Boutros-Ghali, Secretario General de las Naciones Unidas, sostenía: “En los últimos 20 años, el mundo ha cambiado dramáticamente. Pero los problemas con que nos enfrentábamos en los años '70 no han sido resueltos. La pobreza, el hambre, la enfermedad, los desequilibrios poblacionales, la falta de equidad siguen a nuestro alrededor... Los asentamientos humanos, especialmente en las ciudades, son factores claves en las complejas ecuaciones cuyas premisas son el crecimiento y el desarrollo, los problemas ambientales, los derechos humanos y la erradicación de la pobreza…”

 

Hábitat II, ha sido de las conferencias de las Naciones Unidas que han configurado el programa de desarrollo mundial para los próximos años. Dicha Conferencia elaboró un Plan de Acción Mundial -El Programa de Hábitat- en el que se recogen las directrices para la creación de asentamientos humanos sostenibles durante el siglo XXI, teniendo en cuenta su relación con el medio ambiente, los derechos humanos, el desarrollo social, los derechos de la mujer, la población y otros temas anexos. El Programa da una visión positiva de la urbanización, una en la que vivienda adecuada y servicios básicos, un medio ambiente sano y seguro, y el empleo productivo elegido libremente, son la regla y no la excepción.

 

Reconociendo el impacto que la pobreza, la falta de acceso a tierra y tenencia segura tienen, Hábitat II señaló las condiciones de vida como la causa principal de los conflictos sociales violentos y de la disminución de la seguridad personal.

 

En una de sus acciones más significativas se llegó a un acuerdo sobre el derecho a vivienda adecuada, reconociendo la obligación fundamental que los gobiernos tienen de facilitar a las personas la obtención de vivienda y de proteger y mejorar los hogares y los vecindarios.

 

Hábitat II dio también un nuevo impulso a la participación de los grupos de ciudadanos y del sector comercial privado en los procesos de toma de decisiones de la ciudad.

 

Asimismo alentó a los gobiernos nacionales a compartir su poder y sus recursos con las autoridades locales.

 

La Organización de las Naciones Unidades en su “Informe Anual 2006” cita allí como un derecho inalienable de todo hombre y su familia “el acceso a una vivienda digna, que adecuadamente lo preserve de las contingencias climáticas y le provea de condiciones sanitarias respetables”.

 

También la Organización Mundial de la Salud señala en su Anuario 2007 que “…entre los indicadores específicos de insuficiente desarrollo humano, existe uno en especial que ha alcanzado ribetes verdaderamente dramáticos: la carencia de vivienda mínimamente apropiada por parte de millones de personas en todos los continentes…”

 

El déficit habitacional en la ciudad de San Carlos de Bariloche es una realidad incontrastable. Su aumento progresivo y constante, transforma en poco tiempo, obsoletos los estudios que cuantifican este déficit y obliga a políticas de Estado cada vez más agresivas y urgentes para responder al derecho vital de acceder a una vivienda digna.

           

El informe final del trabajo realizado por del Consejo Federal de Inversiones, “Hacia la formulación de un Plan Estratégico para el Desarrollo Sustentable de San Carlos de Bariloche - Base diagnóstica expeditiva de las dimensiones económica y social”, sostiene:

  • De acuerdo al Censo Nacional 2001 de Población, Hogares y Viviendas, 26% de las familias argentinas se encontraba bajo “deficientes condiciones de habitación”. Dicho porcentaje involucraba por ese entonces a 2.640.871 grupos familiares.
  • En cuanto a la provincia de Río Negro, esta cuestión era aún más preocupante; toda vez que dicho problema afectaba a 42.981 familias (31,1% del total censado); y no existen mayores evidencias de que la situación haya mejorado en los últimos años.
  • Respecto de San Carlos de Bariloche, nuestra proyección estadística indica que al pasado 31 de diciembre unos 8.792 hogares (27,74% del conjunto) muestran serias carencias en unos casos, y precariedad insalvable en otros.
  • De los 33.869 grupos familiares que, estimamos, residen en forma estable al 30 de junio de 2009 en Bariloche y Dina Huapi, 12.565 tenían problemas habitacionales. Esto involucraba a 48.502 personas (37,10% de la población total).

 

Promover el acceso de las personas a una vivienda digna es una política definida por el Estado Nacional. Numerosos antecedentes demuestran que el municipio de Bariloche históricamente ha promovido con diversas medidas estas políticas, con la cesión o adquisición de tierras para la construcción de viviendas, facilitando la regularización dominial y fijando parámetros urbanísticos adecuados. En el año 1992 se creaba por ordenanza municipal el Fondo para la Vivienda, antecedente del Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social, decidido por la Carta Orgánica Municipal e instaurado en el año 2008 con el objeto específico de concentrar y organizar las políticas para la solución del déficit habitacional.

 

La Carta Orgánica Municipal, Capítulo III, artículo 191) señala que “La Municipalidad promueve el acceso a una vivienda digna, coordinando con los gobiernos provincial y nacional programas para su concreción. Asegura su distribución equitativa, con especial atención a los sectores de menores recursos. Planifica y ejecuta políticas de vivienda, su infraestructura de servicios y equipamiento social, procurando los mecanismos para la financiación y la participación de los interesados”.

 

El incremento del déficit habitacional y las amplias consecuencias que acarrea, ha obligado al municipio en los últimos años a tomar medidas enérgicas y expeditas.

 

Atendiendo a la responsabilidad que le cabe, el gobierno municipal declaró la emergencia habitacional en el ejido de San Carlos de Bariloche mediante la ordenanza 1825-CM-08, refrendada y extendida en el año 2009 por el Concejo Municipal, por la Ordenanza 1971-CM-09. En virtud de esta declaración se constituyó un régimen excepcional de funcionamiento de la Administración Municipal con el objeto de facilitar y acelerar el proceso de adopción de soluciones eficaces y eficientes a la problemática inmediata de la falta de acceso a la tierra y la vivienda para el hábitat social. Esta ordenanza exige al Departamento Ejecutivo Municipal a recurrir a todos los recursos del Estado, administrativos, técnicos, económicos y políticos para abordar la problemática del hábitat social “a fin de encausar la situación de verdadera necesidad habitacional que hoy padecen miles de familias barilochenses”.

 

Respondiendo a la necesidad habitacional de la población, utilizando recursos propios y atendiendo a lo establecido en la Ordenanza 1971-CM-09, la Cooperativa Rucas del Sur Ltda. adquirió una fracción de tierra de 222.584,46 metros cuadrados constituidos por la parcela NC 19-2-K-10-009 y la parcela NC 19-2-K-20-001. La fracción adquirida se ubica dentro de ejido de San Carlos de Bariloche, en la Delegación Municipal Pampa de Huenuleo, dentro de la Unidad de Gestión Pampa de Huenuleo II. Hacia el Norte y el Oeste, el predio está delimitado por predios privados hoy sin presencia de construcciones. Hacia el Este la parcela se encuentra delimitada naturalmente por el Arroyo Ñireco. Se destina esta fracción a la construcción de una Urbanización de Interés Social de acuerdo al Planteo Urbanístico y al Código Urbano que se define en la presente ordenanza.

 

 

 

ANÁLISIS DEL ÁREA

 

El estudio realizado Geocientífico Aplicado al Ordenamiento Territorial realizado por el Servicio Geológico Minero Argentino, adoptado como “Guía de Peligros Geológicos” por la Ordenanza 1640-CM-06, y su par alemán en el año 2006, considera aceptable el uso “Urbanizaciones de Baja Densidad’, “Recreación y Turismo”, “Uso Industrial”, “Instalaciones Técnicas de Servicios”, “Horticultura, Floricultura y Fruticultura”.  Considerando la Zona como apta para la urbanización.

 

Tomando como antecedente el diagnóstico espacial realizado por el Concejo Federal de Inversiones (año 1994), estudio que dio origen al Código Urbano ’95, el área donde se ubica el proyecto, es la denominada Pampa de Huenuleo II, sector Sur del casco urbano que se extiende desde la ruta Nacional 258 hasta el arroyo Ñireco al Sur y desde el casco urbano hasta el límite con el Parque Nacional Nahuel Huapi. Constituye una gran extensión de territorio cuyos límites son: al Norte la RN 258, al Sur el arroyo Ñireco, al Este la calle Miramar y al Oeste la ruta de Circunvalación, hoy denominada Ruta N° 40.

 

El entorno inmediato al proyecto comprende los barrios Omega II, Nahuel Hue, Malvinas, Cooperativa 258, Maitén, Pilar I y II.

 

La ocupación antrópica ronda el 40% de la tierra disponible y se ubica principalmente en los sectores aledaños a la RN 258 y más próximos al casco urbano.

 

Los componentes ambientales del área evidencian un mayor índice de degradación por incendios intencionales, basureros a cielo abierto, en términos generales las áreas periféricas a los barrios ya consolidados se muestran como áreas residuales generando así un paisaje urbano de baja calidad para el área.

 

Esta zona es una de las más conflictivas desde el punto de vista urbanístico y social. Existen extensos loteos poco ocupados, cuya principal característica es su conformación con población de baja condición social y déficit de equipamiento y servicios.

 

Se evidencian actividades productivas intensivas como plantaciones forestales y actividades industriales extractivas (especialmente canteras).

 

El uso del suelo predominante es el residencial. Existe un área destinada al comercio, que se ubica en las inmediaciones del barrio Nuestras Malvinas, dado la mayor densidad del sector.

 

En cuanto a la ocupación del suelo, en el sector predomina el espacio vacío, con localizaciones de tipo puntual, en los barrios ya mencionados. En Malvinas se alcanza un porcentaje de ocupación del 80%. Seguidamente en importancia aunque de rango menor, es la ocupación alcanzada por el barrio de la Cooperativa El Maitén.

 

La zona se compone de barrios con lotes de dimensiones reducidas, parcelas aún sin urbanizar, y un aumento de la ocupación ilegal en las adyacencias de los barrios ya consolidados, sectores de tierra que cuentan en algunos casos con servicios básicos.

 

La infraestructura de movilidad está claramente determinada por la Ruta 40 Sur, arteria primaria que constituye la ruta a El Bolsón, única vinculación con la ciudad. La estructura de movilidad primaria de la zona del proyecto sin duda se modifica a partir de la traza de la ruta de Circunvalación. Esta situación genera una tensión anular sobre la espalda de la ciudad y actúa sobre el sistema vial secundario, generando la necesidad de vinculaciones secundarias entre ambas rutas y en sentido Norte-Sur.

 

Existen pocas calles abiertas con ancho de 20 m. en la indiferenciada trama del sector. La mayoría de ellas son de características casi rurales, por lo que la estructura de movilidad interna es potencial. Estas se encuentran materializadas en ripio, de baja consolidación con excepción de aquellas por donde circula el transporte público que en general son de mayor dimensión, pendientes más suaves y estructuran los diferentes barrios. El escaso equipamiento comercial de la zona se ubica en general sobre estas arterias.

 

En cuanto a la infraestructura de servicios, la deficiencia principal es sanitaria, con el agravante de que el barrio Nahuel Hue no posee ni agua corriente, ni cloacas.

 

Este sector no cuenta con provisión de agua corriente, pero dentro de las predicciones del plan maestro se surtirá desde el centro de distribución Nº 4 a ubicarse en el barrio El Frutillar. Análogamente al servicio de agua este sector contará con desagües cloacales, al ejecutar el colector Ñireco.

 

 

CARACTERÍSTICAS DEL PROYECTO

 

Las premisas generales del proyecto fueron coordinadas por la Secretaría de Planeamiento y Medio Ambiente de la Municipalidad de Bariloche y el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social.

 

La propuesta de urbanizar sectores que a simple vista parecieran alejados de la trama urbana responde a una lectura de dicha dinámica de crecimiento. De allí surge la interpretación de un proceso urbano que se encuentra en pleno desarrollo y que tiene al sector localizado en el borde Sur del área urbana actual como punto focal; allí se encuentran en desarrollo varias urbanizaciones, en su mayoría de interés social.

 

El desarrollo de la propuesta se sustenta en las siguientes premisas:

 

  1. Considerar al sector como un potencial nodo de centralidad barrial, considerando centralidad al área urbana donde se concentra la mayor diversidad de usos y actividades con la mayor densidad poblacional. Su distribución en el territorio responden al objetivo de orientar el desarrollo urbano/territorial hacia un horizonte de sustentabilidad minimizando los impactos que la periferización trae aparejada.
  2. Incidir en el proceso de desarrollo del sector a través de un plan ordenado de crecimiento urbano (Plan Particularizado de Ordenamiento Urbano).
  3. Promover la integración urbana, económica y social de todos los sectores a través de proveer a los residentes de un sector de alta calidad urbana.
  4. Puesta en valor y protección de todos los aspectos del ambiente. Desarrollo de un modelo de urbanización sustentable basada en la conservación de los recursos naturales.

           

Desde el punto de vista del desarrollo urbano sustentable es deseable la constitución de un sistema policéntrico, una red jerarquizada de centralidades que minimicen la movilidad innecesaria y contrarresten el proceso de periferización. Esta situación es característica del cambio de escala de la ciudad pasando de ser un poblado pequeño con una gran área rural a ser una ciudad mediana; la periferización sucede en una primera etapa donde las áreas rurales pasan de ser áreas productivas a áreas residenciales, en esta etapa las cualidades ambientales características del pueblo original, y que fueron su valor principal, empiezan a diluirse.

 

La concepción del territorio como una red de centralidades de distintas jerarquías es el paso siguiente cuando el objetivo es recuperar la calidad ambiental/paisajística perdida ya que orienta el crecimiento permitiendo conservar y proteger los recursos naturales y paisajísticos a la vez que suma a las áreas urbanas centrales calidad espacial y de vida.

 

Se propone el ordenamiento urbano a partir de la aplicación de algunos criterios de planificación y diseño urbano, los cuales podrían resumirse en:

 

I. Completamiento y ordenamiento del sistema vial existente, en cuanto a la realización de accesos principales al sector desde la Avenida de Circunvalación, y de la trama interna local concebida como una red jerárquica de movilidad. En este último aspecto se destaca la construcción de un boulevard de acceso en lo que es hoy el “Camino al Chalhuaco”.

 

II.    Protección y conservación de las áreas naturales de mayor fragilidad ambiental destinándolas a áreas verdes de uso público. Particularmente el valle de inundación del Arroyo Ñireco.

 

III.  Consolidación del área como sector urbano cualificado otorgando al mismo una diversidad de usos y productos mayor para superar la actual situación de zona eminentemente residencial (dormitorio) de las áreas existentes y la mayoría de los proyectos en desarrollo.

 

IV.  Cualificación de los espacios públicos mediante la gestión del arbolado urbano, cuyas funciones principales son el control climático (reducción de vientos) y la conformación del paisaje urbano. En relación a este punto cabe destacar la voluntad de los emprendedores de trabajar en conjunto con instituciones públicas y privadas para la constitución, en la medida de lo posible, de los espacios verdes públicos en espacios productivos.

 

V.    Creación de Identidad Local a través del manejo de las características espaciales del proyecto, sus cualidades paisajísticas y la gestión del crecimiento urbano a través de cooperativas.

 

Las características del planteo urbanístico y las premisas del mismo se describen en una memoria incorporada como anexo I en la presente ordenanza.

 

Acompaña al proyecto un Código Particularizado de Composición Arquitectónica y Diseño Urbano para el sector, que define los Parámetros Urbanísticos. Entendiendo que la normativa vigente no contempla casos como el presente, se definen elementos particulares en la definición del conjunto, imprescindibles para precisar el desarrollo efectivo del conjunto.

 

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretaria de Planeamiento y Medio Ambiente, Arq. Fabiela Orlandi; Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Sr. Jorge Franchini y Director del Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social, Sr. Oscar Zamora.

 

 

 

El proyecto original Nº 738 /10, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 29 de diciembre de 2010, según consta en el Acta Nº 958/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se declaran de interés social los inmuebles cuya denominación catastral es: 19-2-K-10-009 y 19-2-K-20-001.

 

Art.  2°)

Se autoriza el planteo urbanístico consistente en 257 lotes para viviendas individuales, un lote para la construcción de un centro comercial y de servicios, un lote para la construcción de un centro recreativo y cultural, un lote para la construcción de un condominio residencial y productivo y los correspondientes lotes destinados a reserva fiscal y áreas verdes públicas, todo ello de acuerdo al Anexo II que forma parte de la presente ordenanza, y cuyo destino es la construcción de una urbanización de interés social.

 

Art.  3°)

Se aprueba el Plano de Zonificación de acuerdo al Anexo III que forma parte de la presente.

 

Art.  4º)

Se establecen como indicadores urbanísticos de fraccionamiento los definidos en el Código Urbano, de acuerdo al Anexo IV que forma parte de la presente.

 

Art.  5º)

Se aprueba como anexo V de la presente ordenanza el convenio suscripto entre el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social y la Cooperativa de Viviendas y Servicios Rucas del Sur Ltda.

 

Art.  6°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.