ORDENANZA N° 2217-CM-11

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: ACORDAR PLIEGO LICITACIÓN PÚBLICA ADQUISICIÓN DE LUBRICANTES Y ADITIVOS.

 

ANTECEDENTES

 

Ordenanza 257-CM-89 “Régimen de Contrataciones”.

 

Licitación Pública    /2011.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Es prioritario cubrir las necesidades funcionales de la planta vehicular del municipio.

 

La licitación Pública Nº 000.00 contempla la provisión de Lubricantes y aditivos a este Municipio, por un importe total de pesos Quinientos Ochenta y Siete Mil Trescientos Veintiocho con Cincuenta Centavos.

 

Que corresponde realizar el llamado a licitación pública a fin de contratar la provisión de lubricantes y aditivos, según lo establecido mediante Ordenanza 257-CM-94 “Régimen de Contrataciones”,

 

 

AUTORES: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretario de Gobierno, Sr. Jorge Franchini; Secretario de Economía, Juan José Deco.

 

 

 

El proyecto original Nº 942/11, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 15 de septiembre de 2011, según consta en el Acta Nº 970/11. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se presta acuerdo al llamado a Licitación Pública para la adquisición de Lubricantes y aditivos, que como Anexo I forma parte de la presente

 

Art. 2°)

Se establece que el acuerdo se funda exclusivamente en el mérito y en la conveniencia de la contratación.

 

 

 

Art.  3°)

Se afecta a la partida presupuestaria 05.2.01.00.6.1.2.0.01.01. Combustible y Lubricantes.

 

Art.  4°)

El presente no modificará el régimen vigente en la materia y la regularidad del proceso está sujeta a la tramitación dispuesta por el Departamento Ejecutivo.

 

Art.  5°)

Los Pliegos de Bases y Condiciones Generales y Particulares se formalizarán mediante Resolución del Departamento Ejecutivo Municipal en total coordinación con el Régimen de Contrataciones vigente, la normativa particular aplicable y de conformidad al artículo 51, incisos 10 y 17 de la Carta Orgánica Municipal

 

 

Art.  6°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.