DECLARACION N°  1426-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: DECLARAR DE INTERES CULTURAL Y EDUCATIVO LA 2º JORNADA SOBRE HERRAMIENTAS PARA DESARROLLAR HABILIDADES.

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 704-CM-97.

 

Ordenanza 1917-CM-09.

 

Nota solicitud presentada por la Sra. Susana Olmedo (Coordinadora).

 

Constancia de inscripción de “Escuela de Profesionales y Asesores de Relaciones Públicas, Ceremonial e Imagen Asociación Civil” en Inspección General de Personas Jurídicas.

 

Declarado de interés provincial por Legislatura de Río Negro.

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

El Instituto Argentino de Ceremonial y Relaciones Públicas (asociación sin fines de lucro) capacita a través de cursillos, seminarios y eventos de distinto orden sobre Ceremonial y Relaciones Públicas, proporcionando herramientas que permitan desarrollar las habilidades en la interrelación.

 

Parte fundamental de la presentación y formatos protocolares que se utilizan en los actos y/o reuniones sean públicas o privadas, son hoy una necesidad para el crecimiento y desarrollo de los profesionales en la materia.

 

El 1 de noviembre de 2009 se desarrollará en San Carlos de Bariloche, en el Camping AMEC, la 2ª Jornada Herramientas para Desarrollar Habilidades, auspiciado por la Asociación Empleados de Comercio de Bariloche y el Ministerio de Educación de la Provincia de Río Negro.

 

 

 

AUTORA: Concejal Silvana Camelli (PCcP).

 

 

COLABORADOR: Sr. Norberto Camelli (Secretario Bloque PCcP).

 

 

 

 

El proyecto original Nº 453/09, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 1 de octubre de 2009, según consta en el Acta Nº 936/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACION

 

 

Art.  1°)

Se declara de interés municipal la 2º Jornada sobre Herramientas para Desarrollar Habilidades, que tendrá lugar el 1 de noviembre de 2009, en el Camping AMEC de Bariloche

 

Art.  2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.