COMUNICACIÓN Nº 1118-CM-24

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA NECESIDAD DE CREACIÓN DE ESCUELA SECUNDARIA EN ZONA OESTE

 

ANTECEDENTES

 

Declaración Universal de los Derechos Humanos.

 

Constitución Nacional

 

Ley 26206: Ley de Educación Nacional.

 

Ley 26061: Protección Integral de los Derechos de las Niñas, Niños y Adolescentes.

 

Ley 26994: Código Civil y Comercial de la Nación.

 

Resolución CFE 84/09: Lineamientos políticos y estratégicos de la Educación Secundaria Obligatoria.

 

Resolución CFE 93/09: Cumplimiento de la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos.

 

Resolución CFE 188/12: Aprueba Plan Nacional de Educación.

 

Resolución 2500-14: Reglamento General de Escuelas.

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

 

Ley 4819: Ley Orgánica de Educación de la Provincia de Río Negro.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Renovación de la solicitud de creación de una escuela secundaria en el Oeste: https://docs.google.com/document/d1X2oZL8Qj81ev3FRT2Bxbl8xJfpnLxK_pzPDoEjrg6io

 

Petición “Que se construya un secundario en el Oeste de Bariloche”:

https://www.change.org/p/que-construyan-un-secundario-en-el-oeste-de-bariloche-la-necesitamos-urgentemente

 

Comunicado de la página oficial del gobierno de la provincia de Río Negro:

https://rionegro.gov.ar/articulo/46966/se-construira-en-bariloche-una-nueva-escuela-secundaria#

 

 

FUNDAMENTOS

 

En la zona Oeste de nuestra ciudad la ausencia de un establecimiento educativo secundario afecta de manera directa a nuestros vecinos, ya que desde el km 25 de la Avenida Bustillo, Colonia Suiza, Península San Pedro y los kilómetros comprendidos hasta el kilómetro 8, se encuentra sin cobertura educativa.

 

Considerando el crecimiento demográfico de la zona, son aproximadamente 257 alumnos que se egresarán de las escuelas públicas primarias (N.os 321, 44, 48 y 129) y no contarán con un cupo en una institución educativa de nivel medio ya que son solo dos las escuelas secundarias públicas de la zona oeste y cuentan con una baja matriculación que no da abasto para albergar a todos los estudiantes, teniendo que elegir opciones que quedan muy alejadas de sus hogares.

 

La distancia que separa las escuelas públicas y privadas del área de residencia, implica un factor de riesgo que interviene negativamente en el sostenimiento de las trayectorias escolares de los estudiantes, aumentando la deserción y abandono escolar.

 

También se genera una congestión vehicular que puede derivar en accidentes de tránsito, como ya ha ocurrido en varias ocasiones.

 

La Ley de Educación Nacional 26206 en sus artículos 2º y 3º establece que “La educación y el conocimiento son un bien público y un derecho personal y social, garantizados por el Estado. (..) La educación es una prioridad nacional y se constituye en política de Estado para construir una sociedad justa, reafirmar la soberanía e identidad nacional, profundizar el ejercicio de la ciudadanía democrática, respetar los derechos humanos y libertades fundamentales y fortalecer el desarrollo económico- social de la Nación”.

 

La educación es un derecho público, esencial, básico e indelegable. La Constitución de Río Negro dice en su artículo 60: “La cultura y la educación son derechos esenciales de todo habitante y obligaciones irrenunciables del Estado”. Y reafirma estos conceptos en su artículo 62: “La educación es un instrumento eficiente para la liberación, la democracia y el inalienable respeto por los derechos y obligaciones del hombre. Es un derecho de la persona, de la familia y de la sociedad, a la que asiste el Estado como función social prioritaria, primordial e irrenunciable, para lograr una sociedad justa, participativa y solidaria”.

 

La Ley Orgánica de Educación 4819 establece en su artículo 2º: “La Educación constituye un derecho social y un bien público que obliga al Estado provincial con la concurrencia del Estado nacional a garantizar su ejercicio a todos los habitantes de su territorio, sin discriminación alguna, estableciendo como principio político la principalidad del Estado democrático que fija su accionar de acuerdo a la voluntad de las mayorías, en el respeto de las minorías, y garantiza la participación de las familias, los docentes y los estudiantes, en el diseño, planificación y evaluación de la política educativa y en los órganos del gobierno de la Educación que se establecen en la presente”.

 

En la Resolución 84/09 del Consejo Federal de Educación (CFE) en su Título 2 se establecen las características de la Escuela Secundaria Obligatoria, a la que se define principalmente como aquella que debe: “Dar cumplimiento a la obligatoriedad escolar a través de alternativas institucionales, pedagógicas y de promoción de derechos, que se ajusten a los requerimientos locales y comunitarios, urbanos y rurales, mediante acciones que permitan alcanzar resultados de calidad equivalente en todo el país y en todas las situaciones sociales”.

 

En este sentido es obligatorio por parte de nuestra provincia propiciar políticas que garanticen el ingreso, reingreso, la permanencia, la promoción y el egreso del nivel secundario.

 

Las políticas públicas deben hacer de la escuela el lugar privilegiado para la inclusión en una experiencia educativa donde el encuentro con los adultos permita la transmisión del patrimonio cultural, la apropiación de saberes socialmente relevantes, para la construcción de una sociedad en la que todos tengan lugar y posibilidades de desarrollo.

 

Como lo expresan los vecinos y vecinas autoconvocados en la nota que motiva la presente comunicación, han realizado diversos relevamientos estadísticos que pueden documentar esta problemática, donde también manifestaron a través de una junta de firmas la creación de este nuevo colegio secundario. La cual lleva la firma de 1613 vecinos en la plataforma Change. También manifestaron la voluntad de seguir accionando para poder concretar la escuela.

 

En el transcurso de 2023, han realizado gestiones a través de las vías institucionales y jerárquicas. Varias de ellas fueron recibidas por la Subsecretaría de Planeamiento y Sustentabilidad Urbana, y han tomado conocimiento el ex ministro de Educación de la Provincia de Río Negro Pablo Nuñez y la ex gobernadora de la Provincia, Arabela Carreras.

 

A tales fines, entendemos que la creación de una escuela secundaria en el Oeste de la ciudad, favorecerá el acceso a nuestros jóvenes a una formación profesional ampliando sus oportunidades y aportando al desarrollo integral en el entramado comunitario de pertenencia.

 

AUTORA: Concejala Julieta Wallace (IB).

 

COAUTOR: Concejal Leandro Costa Brutten (IB).

 

COLABORADOR: Cristian A. Ascencio.

 

INICIATIVA: Grupo de Vecinos Autoconvocados del Oeste de Bariloche.

 

 

El proyecto original N.º49/24, fue aprobado en la sesión del día 18 de abril de 2024, según consta en el Acta N.º 1188/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica a Ministerio de Educación y Derechos Humanos de la Provincia de Río Negro, la necesidad de la creación de una escuela secundaria en la Zona Oeste de San Carlos de Bariloche.

 

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.