DECLARACIÓN N.º 2148-CM-17

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARA INTERÉS MUNICIPAL, COMUNITARIO Y CULTURAL AGENDA DE ACTIVIDADES Y PARO INTERNACIONAL DE MUJERES 8M

 

 

 

ANTECEDENTES

 

Declaración Americana de los Derechos del Hombre.

 

Pacto Internacional Derechos Civiles y Políticos.

 

Pacto Internacional de Derechos Económicos, Sociales y Culturales.

 

Convención sobre la Eliminación de todas las formas de Discriminación contra la Mujer, ONU, 18 de diciembre de 1979.

 

I Conferencia Mundial del Año Internacional de las Mujeres, México, 1975.

 

II Conferencia Mundial de la Década de las Naciones Unidas para las Mujeres: Igualdad, Desarrollo y Paz, Copenhague, 1980.

 

III Conferencia Mundial para el examen y evaluación de los logros del decenio de las Naciones Unidas para las mujeres: Igualdad, Derecho y Paz, Nairobi, 1985.

 

Conferencia Mundial sobre Derechos Humanos, Viena, junio 1993.

.

IV Conferencia Mundial sobre las Mujeres, Naciones Unidas, Beijing, 1995.

 

Conferencia de Nueva York, Beijing, “Mujeres 2000: igualdad de género, desarrollo y paz en el siglo XXI”, Nueva York, 2000.

 

Conferencia Belem do Pará, octubre 2004.

 

Conferencia Regional de la Mujer de América Latina y el Caribe, Quito, 2007.

 

Declaración sobre la eliminación de la violencia contra la mujer. Resolución de la Asamblea General 48/104 del 20 de diciembre de 1993.

 

Recomendación General 19 del Comité para la Eliminación de la Discriminación contra la Mujer (CEDAW), 1992.

 

Programa Mujer, Salud y Desarrollo, OPS, 1994.

 

Constitución Nacional.

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

 

Ley nacional 26485: Protección integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales.

 

Ley provincial 5086: Instituye una licencia especial con goce de haberes para las personas víctimas de hechos de violencia intrafamiliar que tengan vínculo laboral directo o indirecto con el Estado rionegrino.

 

Ley provincial 4650: Adhiere a la ley nacional 26485 de Protección Integral para prevenir, sancionar y erradicar la violencia contra las mujeres en los ámbitos en que desarrollen sus relaciones interpersonales. Invita a los municipios a adherir.

 

Ley provincial 3040: Marco preventivo y procedimiento judicial a seguir frente a situaciones de violencia familiar.

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2099-CM-10: Establece la Semana de Acciones por la No Violencia contra las Mujeres.

 

Ordenanza 2221-CM-11: Adhiere ley nacional 26485.

 

Ordenanza 786-C-87: Adhiere ley provincial 3040.

 

Ordenanza 2242-CM-11: Creación Casa Amulén.

 

Ordenanza 2737-CM-16: Se crea régimen de licencia por violencia de género para trabajadoras municipales. Modifica ordenanza 137-C-88.

 

Ordenanza 2369-CM-12: Declarar emergencia municipal en violencia contra las mujeres y posteriores prórrogas.

 

Proyecto 1051-16: Ley Nacional Emergencia pública en materia social por violencia de género.

 

Ante-proyecto de ley provincial de declaración de emergencia pública en violencia contra las mujeres y colectivos de diversidad sexual.

 

Documento convocatoria al paro y cronograma de actividades 8M elaborado por la Mesa organizativa Paro Internacional de Mujeres 8M.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El miércoles 8 de marzo de 2017, en ocasión de la conmemoración del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, se realizará un evento de importancia mundial llamado “Paro Internacional de Mujeres”, donde las mujeres del mundo se unirán en una medida de fuerza y un grito colectivo, que denuncie la necesidad urgente de revisar los patrones culturales androcéntricos que aún persisten y hegemonizan el sentido común de la sociedad occidental, avalando las relaciones de poder que legitiman la subordinación de género.

 

La violencia de género y su consecuencia más aberrante, el femicidio, son las expresiones más extremas del patriarcado. Son el producto de una matriz de pensamiento que precede al modelo capitalista, pero que le es altamente funcional, sosteniendo la histórica división socio-sexual del trabajo que asegura la reproducción de los modos de producción capitalistas, es decir, las relaciones sociales de producción-reproducción se sustentan en la desigualdad de género.

 

En suma, La división socio-sexual del trabajo es, por tanto, un fenómeno histórico, puesto que se transforma de acuerdo con la sociedad de la cual hace parte. No obstante, en la sociedad capitalista, siguiendo esta división, el trabajo doméstico todavía permanece predominantemente bajo la responsabilidad de las mujeres, estén ellas insertas en el espacio productivo o no. 1

 

Por lo tanto, aunque la mujer contemporánea es una trabajadora asalariada como los hombres, no se han reconfigurado aún, los roles reservados culturalmente a cada género y que relacionan la función de proveedor principal a los primeros, dejando el trabajo femenino relegado a modo de complemento de la economía familiar aunque esto no refleje los cambios históricos, tanto socio-familiares como económicos.

 

En consecuencia, subyace en el sentido común hegemónico la asociación entre reproducción biológica y reproducción social, y de este modo, se le asigna a la mujer la responsabilidad completa del cuidado del hogar y la familia.

 

En ese sentido, dicha tarea es reconocida -más allá de lo retórico- como un “trabajo” que demanda horas y esfuerzo físico y mental, desconociendo la diferencia conceptual entre trabajo y empleo, producto de la naturalización de la concepción biologicista que piensa innata la reproducción.

 

Todo esto implica y legitima: que la jornada laboral de una mujer tiene doble carga, ya que se suma el trabajo productivo asalariado al trabajo reproductivo no asalariado. A su vez, tiene como consecuencias que la precariedad laboral es mucho más alta para las mujeres y que la brecha salarial, en relación a los hombres, ronda en promedio el 27 %, en perjuicio de las mismas.

 

Por otro lado, la asociación directa de la mujer al trabajo reproductivo, provoca desigualdades en el ámbito laboral más sutiles, pero no por eso no menos importantes. Por ejemplo, la posibilidad de una licencia por embarazo y la naturalización de que será una mujer la que se ausente de su trabajo ante la enfermedad de un familiar a cargo, provocan un efecto contradictorio que profundiza la desigualdad.

 

Por un lado, la posibilidad de una licencia en estos casos no hace más que poner en ejercicio derechos humanos fundamentales y además, garantiza la reproducción social y económica. Por otro lado, que el rol reproductivo no se asocie también a los hombres, genera una desigualdad en las posiblidades de acceder a determinados empleos y acota las oportunidades de crecimiento profesional en detrimento de las mujeres.

 

 

Es un hecho que los dos aspectos de la vida femenina, productiva y reproductiva, se superponen constantemente, sin que haya una dicotomía entre ellos. Siempre que exista una acción en cualquiera de esos polos, habrá repercusión de uno sobre el otro, dada la articulación viva que existe entre las esferas del trabajo y de la reproducción.2

 

Estas relaciones de poder que articulan capital/trabajo, producción/reproducción, dominación hombre/mujer, se materializan y se naturalizan en la actual división socio-sexual del trabajo y sostienen la prevalencia del hombre al ámbito público por sobre el de la mujer a la cual se le reserva la potestad del ámbito privado.

 

Esta internalización es el fundamento de la reificación de la mujer y es la base de la idea preconcebida de que es “cosa”, propiedad privada de un hombre, que como “dueño”, cree tener la potestad de decidir sobre el cuerpo, las acciones, y las decisiones de lo que considera suyo.

 

Esta es la base de toda violencia, es lo que sustenta el sometimiento psicológico, físico, sexual, económico y laboral, no solo de las mujeres, sino también, de los colectivos de diversidad sexual que no encuadran en la lógica binaria que da forma a esta matriz cultural.

 

Comprender que estos patrones culturales históricamente arraigados deben discutirse, de-construirse y reformularse, es haber ganado una enorme batalla en la lucha por lograr una sociedad más inclusiva e igualitaria, que termine con las relaciones de opresión/explotación sobre la mujer y sobre todos los colectivos sociales vulnerados.

 

En ese sentido, el Paro Internacional de Mujeres 8M, y sus actividades programadas en una amplia agenda elaborada colectivamente por las organizaciones sociales de mujeres, conformadas en la “Mesa organizativa Paro Internacional de Mujeres 8M”, intentan visibilizar este debate e interpelar a la sociedad en cuanto productora-reproductora de los estereotipos de género legitimados por el sistema capitalista.

 

Cronograma de Actividades en Bariloche:

 

Lunes 6 de marzo: Conferencia de Prensa, Centro Administrativo, 10 h.

Martes 7 de marzo: Festival “La tierra tiembla”. Escuela de Arte La Llave, 17 h.

Miércoles 8 de marzo: Paramos todo el día. Marchamos a las 17 h desde La Llave hacia el Centro Cívico.

Viernes 10 de marzo: Ciclo de cine, Biblioteca Aime Paine, Virgen Misionera.

 

 

AUTORES: Concejales Ana Marks, Ramón Chiocconi y Daniel Natapof (FPV).

 

INICIATIVA: Mesa organizativa Paro Internacional de Mujeres 8M: Red por la Identidad de los Lagos del Sur, Red de Géneros, Mala Junta, Colectivo Al Margen, Invap: Mujeres Autoconvocadas, Bachillerato Popular, Encuentro Nacional Popular Latinoamericano, Multisectorial contra la Represión Policial, Centro de Estudios Patagonia, Científicxs y Universitarixs autoconvocadxs, Comité por la Libertad de Milagro Sala, MTR, Centro de Educación Popular Antonio Alac, Patria Grande, Nuevo Encuentro, Resistiendo con Aguante, Defensoría del Pueblo Bariloche, Corriente la Colectiva RN, Partido MILES TTT, ENPLURAL, SOYEM, Frente de mujeres de La Cámpora y UNTER.

 

 

 

El proyecto original N.º 396/17, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 23 de febrero de 2017, según consta en el Acta N.º 1069/17. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal, comunitario y cultural agenda de actividades y Paro Internacional de Mujeres 8M en conmemoración del Día Internacional de la Mujer Trabajadora, a realizarse entre los días 6 y 10 de marzo de 2017 en San Carlos de Bariloche.

 

Art. 2°)

Se acompaña el legítimo derecho a huelga de las trabajadoras.

 

Art. 3°)

Se invita a los sindicatos a adherir a la agenda de actividades y al Paro Internacional de Mujeres 8M.

 

Art. 4º)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 5°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.

 

 

 

 

1Mazzei Nogueira, Claudia. “Producción y Reproducción: la mujer y la división

socio-sexual del trabajo

”. Universidad Federal de Sao Paulo. (2013)

2Idem