DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARAN DE INTERÉS LAS ACTIVIDADES POR EL DÍA DE LA CONCIENCIA AMBIENTAL Y EL DÍA DEL TURISMO
ANTECEDENTES
Constitución Nacional.
Ley nacional 24 605: Se declara el Día Nacional de la Conciencia Ambiental
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Carta Orgánica Municipal
Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.
FUNDAMENTOS
El 27 de septiembre se conmemoran dos fechas de gran relevancia tanto a nivel nacional como internacional: el Día Mundial del Turismo y el Día Nacional de la Conciencia Ambiental. Estas efemérides, si bien surgen de contextos distintos, convergen en valores comunes vinculados al desarrollo sostenible, la responsabilidad social y la protección del entorno.
El Día Mundial del Turismo fue establecido en 1980 por la Organización Mundial del Turismo (OMT), con el objetivo de sensibilizar a la comunidad internacional acerca de la importancia del turismo en sus dimensiones social, cultural, política y económica. Para el 2025, el lema definido por la OMT es “turismo y transformación sostenible”, destacando el potencial del turismo como catalizador de cambios positivos y sostenibles en las comunidades receptoras, en sintonía con los Objetivos de Desarrollo Sostenible (ODS) promovidos por la Organización de Naciones Unidas (ONU).
Por su parte, mediante la ley nacional 24605, se declaró el Día Nacional de la Conciencia Ambiental. Esta fecha fue establecida en memoria de un escape de gas cianhídrico ocurrido en 1993 en la ciudad de Avellaneda, Provincia de Buenos Aires. Este evento tiene la finalidad de impulsar prácticas y actitudes responsables a la hora de relacionarse con el ambiente.
A nivel local, la Carta Orgánica Municipal refleja un compromiso claro con ambos ejes: el turismo y la preservación ambiental.
En su artículo 29º, inciso 28, la COM promueve e incentiva la actividad turística como herramienta de integración regional e internacional, reconociendo su potencial como motor de desarrollo económico y cultural.
Paralelamente, el artículo 29º, inciso 23, establece el derecho de los habitantes a gozar de un ambiente sano, equilibrado y apto para el desarrollo humano y reconoce a este como patrimonio colectivo de la sociedad, artículo 175º.
La confluencia de estas dos fechas en el calendario no es meramente circunstancial, sino que permite reflexionar sobre la necesidad de integrar las políticas turísticas con los principios de sostenibilidad ambiental. En este sentido, el turismo no debe ser concebido solo como una actividad económica, sino también como una práctica que debe respetar los valores ambientales, culturales y sociales del territorio y la comunidad que lo acoge.
En el marco de estas dos fechas, se realizarán actividades en la ciudad, cuyo programa se adjunta a este proyecto. Dicha propuesta se encuadra en el eslogan “Cultivar conciencia para conservar y regenerar” y propone una nueva forma de hacer turismo, un cambio de paradigma denominado turismo regenerativo, el cual va más allá de la sostenibilidad. Este novedoso concepto se enfoca en la restauración y mejora de los ambientes y comunidades locales, intentando dejar el lugar visitado mejor de lo que se lo encontró. Piensa en el bienestar del ambiente, las comunidades locales y los visitantes (turistas).
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Gerardo Del Río.
INICIATIVA: Concejal Leandro Costa Brutten (Incluyendo Bariloche).
En virtud de las atribuciones otorgadas por el art.09.º) inciso “y” del texto ordenando (RESOLUCIÓN N.º 462-CM-15) del reglamento interno del Concejo Municipal
EL PRESIDENTE DEL CONCEJO MUNICIPAL DE
SAN CARLOS DE BARILOCHE
RESUELVE
Art. 1°) |
Se declaran de interés municipal las actividades a realizarse en septiembre de 2025, en el marco del Día Nacional de la Conciencia Ambiental y el Día Mundial del Turismo. |
Art. 2°) |
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal. |
Art. 3°) |
La presente resolución se aprueba ad referéndum en la próxima sesión ordinaria del Concejo Municipal. |
Art. 4°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese. |
San Carlos de Bariloche, de 9 de septiembre 2025.
GRDR/GBN/fas
