ORDENANZA N° 2131-CM-10

 

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS SOCIAL EL FRACCIONAMIENTO DE LAS PARCELAS DENOMINADAS CATASTRALMENTE 19-2-J-111-02, 03, 04, 05, 06, 07, 09 y 10.

 

 

 

ANTECEDENTES

 

La presentación efectuada por la Cooperativa de Viviendas “Rucas del Sur” solicitando se declare de Interés social el fraccionamiento de las parcelas con nomenclatura catastral 19-2-J-111-02, 03, 04, 05, 06, 07, 09 y 10.

 

Artículo 14 bis de la Constitución Nacional: “El Estado otorgará los beneficios de la seguridad social, que tendrá carácter de integral e irrenunciable. En especial, la ley establecerá (...) la  defensa del bien de familia: la compensación económica familiar y el acceso a una vivienda digna”.

 

Carta Orgánica Municipal: artículo 29, funciones y competencias municipales, incisos 1 y 3; artículo 38, incisos 1, 4 y 24; Capítulo III, Hábitat, artículo 191 a 193; artículo 194, inciso 3; Cooperativismo, Art. 215.

 

Constitución de la Provincia de Río Negro: artículo 40, inciso 8.

 

Ordenanza 68-C-87: Declárese el uso habitacional de Interés Social al parcelamiento a efectuarse en la fracción 19-1-N-008-11, solicitado por la Unión obrera de la construcción de la República Argentina.

 

Ordenanza 634-CM-91: Declarar de interés social al barrio de viviendas CGT a implementarse en los terrenos denominados catastralmente 19-2F-020-8E y 19-2F-020-8F.

 

Ordenanza 002-CM-92: Aprueba el anteproyecto de urbanización para viviendas de la C.G.T. declaradas de interés social por Ordenanza 634-CM-91 para un total de 112 viviendas en el Barrio San Francisco I.

 

Ordenanza 003-CM-92: Localización de viviendas de interés social, destinadas a residencia permanente Cooperativa de Viviendas Coovigast.

 

Ordenanza 93-CM-92: Facultad para la sanción de las declaraciones por parte del Concejo Municipal.

 

Ordenanza 704-CM-97: Jerarquización de declaraciones de interés del Concejo Municipal.

 

Ordenanza 1331-CM-03: Fraccionamiento de Interés Social en parte de la parcela nomenclatura catastral 19-F-026-05.

 

Ordenanza 1768-CM-07: Declarar de interés social inmuebles con nomenclatura catastral 19-2-F-245-06; 19-2-F-247 lotes 02, 03, 04, 05; 19-2-F-248 lotes 01, 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08; 19-2-F-249 lotes 02, 03, 04, 05, 06, 07, 08, 09 del barrio San Francisco IV.

 

Ordenanza 1815-CM-08: Crea el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social, otorgándole facultades para gestionar estos proyectos.

 

Ordenanza 1971-CM-09: Establecer la emergencia habitacional en el ejido de San Carlos de Bariloche.

 

Ordenanza 1828-CM-08: Declaración de interés social.

 

Ordenanza 1834-CM-08: Declarar de interés social la construcción de viviendas.

 

Código de Planeamiento Urbano.

 

Plano Parcelario.

 

Nota con fecha 18 de agosto de 2009. Mediante la cual se expresa la solicitud de integrantes de la Cooperativa de Viviendas y Servicios “Rucas del Sur Ltda.” inscripta al folio 56 del libro 22 bajo matrícula 34111 y acta N° 21056, en Buenos Aires 22 de diciembre de 2008, sita en 25 de Mayo 691, para que se gestione la Declaración de Interés.

 

El importante déficit habitacional justifica esta declaración.

 

La declaración se efectuará a los efectos de construir viviendas para los integrantes de la Cooperativa.

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

La situación habitacional de nuestra ciudad devela la crisis en el acceso a la tierra o a la vivienda, por un lado, la calidad de vivienda emplazada es deficiente lo cual está extensamente representado a través de la Ordenanza 1825-CM-08 la cual declara la emergencia habitacional en nuestra ciudad.

 

Por otro lado, se verifica la necesidad de contar con nuevas unidades habitacionales en un número de 856 y con unidades de terrenos en un número de 360, según los datos que manifiesta el Registro de Demandantes que funciona en el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social en julio del 2009.

 

Asimismo se debe añadir a esta demanda, las solicitudes que recepciona el “Registro de Cooperativas” funcionando a través del mismo Instituto el cual cuenta a la misma fecha con una demanda de 400 unidades habitacionales.

 

La Carta Orgánica Municipal garantiza el acceso a la vivienda a la vez que promueve acciones del Estado que tiendan a brindar soluciones a la problemática normalmente atendida por programas promovidos por el Estado nacional, para permitir el acceso a una vivienda digna asegurando su distribución equitativa. Planificando y ejecutando políticas de vivienda, su infraestructura de servicio y equipamiento social, procurando los mecanismos para la financiación y la participación de los interesados.

 

A su vez el artículo 192 de la misma crea el “Instituto Municipal de Tierra y Vivienda quien asume el desarrollo de los planes de acceso a la vivienda a través de la construcción, urbanización de tierras y la promoción de la vida comunitaria. Facilita el acceso a una vivienda única y permanente, mediante... operatoria que permitan el desarrollo de planes habitacionales o proyectos constructivos, promoviendo políticas y acciones autogestoras y congestivas... asumiendo la ejecución de políticas en coordinación con otros organismos de la Provincia o la Nación”.

 

El Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social, no sólo tendrá como única finalidad la de programar planes de viviendas para brindar solución a la emergencia habitacional y su posterior seguimiento, sino que también coordina problemáticas con las demás áreas municipales, organiza íntegramente el asentamiento de familias de escasos recursos contemplando todos los aspectos referidos al hábitat y a la integridad de la persona.

 

La Ordenanza 1815-CM-08 en su art. 3° establece que IMTVHS debe con sus políticas:

 

  1. Contribuir al acceso a la vivienda digna de todos los habitantes de San Carlos de Bariloche, que estén imposibilitados por razones económicas y sociales de acceder a la misma por cualquiera de los medios regidos por el sector privado, y que requieran de la participación del sector público para lograrlo.
  2. Propender a reducir, mediante la ejecución de políticas activas, el déficit habitacional, de tierras, de equipamiento comunitario, infraestructura y servicios, que se registran en la ciudad de San Carlos de Bariloche, juntamente con las secretarías correspondientes del Departamento Ejecutivo.
  3. Promover el efectivo ejercicio del derecho al hábitat y a la vivienda de todos los habitantes de la ciudad de San Carlos de Bariloche. Estimular la participación ciudadana a través de instituciones públicas o sociales.
  4. Promocionar la demanda y estimular la oferta de vivienda.

 

Nuestra Carta Orgánica advierte en el artículo 215 “que el municipio impulsa la educación para el cooperativismo y el mutualismo y promueve y apoya la constitución de los mismos”.

 

Por esto, la Cooperativa “Rucas del Sur” número de matrícula 34111, folio 56, del libro 22 y acta 21056, Buenos Aires 22 de diciembre de 2008 constituida en 25 de Mayo 691, representada según acta N° 1 del Concejo de administración, distribución de cargos del mes de enero por:

 

  • Presidente: Juan Logaj.
  • Vicepresidente: Pedro Méndez.
  • Secretaria: Silvia Gramer.
  • Tesorero: Eduardo Segovia.
  • Vocal Suplente1ro.: Fernando Fuentes Alonso.
  • Vocal Suplente 2do.: Vanesa Paredes.

 

Solicita mediante nota ante el IMTVHS las declaraciones de Interés Social del inmueble con nomenclatura catastral 19-2-J-111-02, 03, 04, 05, 06, 07, 09 y 10. Debido a que además del interés comunitario sobre este inmueble es necesario expresar y reconocer el interés del Gobierno Municipal y el que tiene la comunidad sobre el proyecto que motiva la declaración, el gobierno municipal decide acompañar el proyecto presentado por la Cooperativa de Viviendas “Rucas del Sur” debido a que representa una solución a la emergencia habitacional que apalea nuestra ciudad.

 

Considerada la elevada demanda que detona la ciudad de San Carlos de Bariloche, la Cooperativa Rucas del Sur, emprendió el desarrollo de un loteo sobre una parcela urbana localizada en un área parcialmente localizada perteneciente al Barrio El Frutillar.

 

Descripción del entorno inmediato:

 

El emprendimiento se encuentra ubicado sobre la pared norte sur del Cerro Otto, a una altura promedio de 950 M.s/N.m. y una escasa pendiente variable entre el 3% y el 5%. En el área de intervención no se indican zonas de inundación ya que se encuentra fuera de las terrazas o planicies aluviales características de la Pampa de Huenuleo, como así también tiene presencia de mallines o escorrentías superficiales definidas o temporarias.

 

La vegetación dominante en la zona está presentada por matorrales mixtos, estepa con árboles, estepa herbáceo arbustiva y forestaciones. Particularmente en el área de proyectos se identifican matorrales mixtos altos de especies de mediano y bajo porte (Calafate, Michay, Radal, Laura, Chacas Espino Negro, Rosa Mosqueta y Retama).

 

El área general se encuentra fuertemente antropizada contando con la presencia de instalaciones urbanas de alto impacto (vertedero municipal, loteo sociales, equipamiento e infraestructura urbana y regionales).

 

Las parcelas destinadas al emprendimiento se localizan sobre el borde urbano natural entre el Barrio El Frutillar y el Cerro Otto. Dicho borde no cuenta con el tratamiento urbano adecuado para funcionar como una interfase positiva siendo de esta manera un punto de alta fragilidad ambiental.

 

La mayor parte de la población del sector cuenta con bajos niveles de empleo, educación, vivienda y salud conforme a un grupo poblacional de alta fragilidad socio ambiental.

 

 

Planteo urbanístico:

 

Considerando la situación urbana del área destinada al loteo social se desarrollaron 4 criterios básicos para promover la integración del emprendimiento en su entorno:

 

          I.     Localización de equipamientos Urbanos y Áreas Verdes.

        II.     Unificación de Equipamientos Urbanos y Áreas Verdes.

      III.     Reserva Fiscal con Destino Predeterminado.

      IV.     Continuidad en la Trama Vial Existente.

 

Estos simples criterios urbanos contienen las bases para la integración de una nueva área a su entorno urbano y social en todas las escalas.

 

 

 

 

 

Subsistemas funcionales urbanos:

 

  • Subsistema Vial:

Respecto de la mano vial existente se extiende el trazado de la calle Quinchamali hasta el área destinada a espacios verdes públicos a equipamiento urbano. Otras dos calles paralelas conectan esta calle con el futuro camino de los Tres Lagos. De esta manera el emprendimiento se conecta con el barrio  y con a ciudad. El espacio destinado a vías de circulación ocupa un 23% de la superficie total del emprendimiento.

 

  • Subsistema de áreas verdes y espacios públicos:

Las áreas verdes se localizan como unidad indivisa junto con la reserva fiscal (destinada a equipamiento público) ocupando entre ambas una superficie igual al 15% del área local del emprendimiento. Esta estrategia se basa en el interés de brindar a la comunidad un espacio público urbano de calidad y gran vitalidad, situación posible sólo con la introducción de actividades específicas en directa relación con dicho espacio. De esta manera la comunidad contará con un sitio de reunión cívico-social único en el que se verá potenciado mediante la futura construcción del camino Tres Lagos, pasando de ser un equipamiento de escala barrial a ser un equipamiento de escala urbana gracias a su localización y accesibilidad.

 

  • Subsistema de uso del suelo:

Los usos privados residenciales se plantean como una extensión del barrio circundante mientras que los usos públicos (áreas verdes equipamientos urbanos) se localizan hacia el borde de tal emprendimiento como del barrio con el objetivo de potenciar su función cívico social con la futura construcción del camino de Tres Lagos. Al mismo tiempo la localización de un espacio de gestión pública en el borde urbano pretende consolidar una interfase urbano-natural positiva.

 

  • Subsistemas de centralidades y equipamientos:

Continuando con lo ya descripto en los puntos anteriores respecto a la unidad de equipamiento urbano-área verde se propone la determinación del destino de la reserva fiscal como equipamiento urbano ya que de esta manera fue consolidado en la elaboración del proyecto y se considera inapropiada su utilización con otros fines como viviendas. Del análisis de los equipamientos existentes en el área se concluye que hay una marcada escasez tanto en espacios deportivos (cubiertos o descubiertos), como de jardines de infantes, por lo tanto se considera apropiado destinar la reserva fiscal a la construcción de un área deportiva y un jardín de infantes ambos como parte de un proyecto integral en conjunto con las áreas verdes. Este conjunto podrá superar la escala barrial para brindar sus servicios a un área urbana mayor gracias a la accesibilidad y conectividad del proyecto como con el entorno.

 

Condiciones generales del proyecto a declararse de interés social y su medioambiente.

 

  1. Breve descripción del proyecto

 

El proyecto consiste en la creación de un módulo urbano de interés social en una parcela definida en un área urbana de baja densidad. Dicha parcela posee como característica principal su localización ya que la misma se encuentra situada sobre el borde urbano del área urbana lindando con la ladera Sur del cerro Otto donde (según el Código Urbano), se concretará el camino de Tres Lagos, consolidando de esta manera una interfase positiva urbano-natural.

 

El módulo urbano desarrollado para la manzana 111 prioriza la continuidad de la traza vial existente (calle Quinchamali) y potencia la concreción de una interfase urbana mediante la localización de la zona destinada a Reserva Fiscal y Áreas Verdes sobre el futuro camino de los Tres Lagos.

 

Las dimensiones de las parcelas resultantes hacen necesario el trazado de algunas vías de circulación internas al módulo, las cuales se plantean de un ancho menor existente,  considerando que serán utilizadas sólo por los habitantes del emprendimiento.

 

En cuanto a la superficie destinada a Reserva Fiscal y Área Verde, se proponen en un solo módulo de producción, considerando que cualquier equipamiento público se verá favorecido por la conexión directa a un espacio público urbano promoviendo la creación de ámbitos urbanos de alta calidad cívica.

 

  1. Identificación del estado de desarrollo del mismo.

 

Luego de elaborar un análisis general de las condiciones ambientales naturales y construidas del sitio, recabar información de antecedentes y emprendimientos similares, se desarrollaron varias alternativas de proyectos.

 

Finalmente se adoptó por la  propuesta que compone la presentación preliminar la cual se desarrolla a nivel Proyecto Preliminar (factibilidad).

 

  1. Tipo de actividad.

 

La actividad primaria que se desarrollara inmediatamente posterior al loteo es RESIDENCIAL.

 

  1. Existencia de proyectos asociados.

A continuación se mencionan algunos antecedentes de emprendimientos similares desarrollados en el sector:

 

  • 34 hectáreas: Expte. N° 053-93, aprobado el día 1 de julio de 1993. Superficie del terreno 347.431,64 m2. Etapa: emprendimiento finalizado.
  • 40 viviendas COVITUR: Expte. N° 092-98, aprobado el 11 de septiembre de 1998. Superficie del terreno 17.819,05 m2. Etapa: emprendimiento finalizado.
  • Cooperativa 258 Viviendas: Expte. N° 233-00, aprobado el 18 de julio de 2000. Superficie del terreno 151.987,76 m2. Etapa: emprendimiento finalizado.
  • Cooperativa El Maitén: Expte. N° 621-05, aprobado el 24 de agosto de 2006. Superficie del terreno 129.107,25 m2. Etapa: emprendimiento finalizado.

 

  1. Inversión total.

 

Respecto de este punto, cabe aclarar que debido a la instancia preliminar en que se encuentra el proyecto y considerando que la misma tiene un destino social donde ciertos aspectos del emprendimientos serán financiados por distintos organismos institucionales, no se estima el monto de inversión total.

 

 

 

 

 

  1. Lugar de emplazamiento.

 

El loteo se encuentra ubicado dentro del emplazamiento de la ciudad de San Carlos de Bariloche, en la Delegación Municipal de Pampa de Huenuleo, dentro de la Unidad Ambiental de Gestión de Pampa de Huenuleo I.

 

El predio se localiza en el sector Noroeste del barrio El Frutillar. Este barrio presenta homogeneidad en cuanto a sus características sociales y habitacionales.

 

La vía de comunicación principal mediante la cual se accede al barrio, es la ruta N° 40. Esta arteria primaria conecta directamente el área urbana céntrica con el sector Sur del ejido y hacia el Oeste, con otras localidades próximas a la ciudad (El Bolsón, Esquel, etc).

 

La ubicación formal de las parcelas tiene como preferencia catastral: 19-2-J-111-02, 03, 04, 05, 06, 07, 09 y 10 corresponde a la zona de planeamiento GE/D. El predio se encuentra limitado por las calles Cacique Prayel, Punque y Anemora, mientras que el límite Noreste está actualmente materializado por la fracción H-10 debido a que el futuro camino de Los Lagos, no se encuentra ejecutado aún.

 

G.    Breve descripción del ambiente.

                        I.     Descripción física-biologica

 

·   Localización.

 

Las áreas de intervención se ubican dentro de la unidad ambiental de gestión pampa de Huenuleo, sobre el piedemonte al Sur el cerro Otto, comprendida entre la zona céntrica del ejido y el Lago Gutiérrez. Próximo al emprendimiento está situado el basurero municipal y varias canteras exponiendo gradualmente la degradación inotrópica que sufre la zona. La costa de referencia encuentra comprendida en 950 M.s/ N.m.

 

El predio no presenta zonas de inundación ya que el mismo se encuentra fuera de las terrazas o planicies aluviales que caracteriza a algunas zonas que caracterizan a zonas de la delegación, como así tampoco presenta zonas de mallines o escorrentías superficiales definitivas o temporarias que lo crucen o atraviesen y condicionen al asentamiento humano previsto.

 

Se evidencia un continuo proceso de urbanización del sector favorecido por la apertura de calles existentes, la presencia de servicios públicos con el área inmediata y la realización de diferentes barrios sociales en la zona.

 

  • Clima.

 

El clima es frío y húmedo, con abundante nieve en invierno y heladas registradas casi todo el año. Los registros para nuestra ciudad son de una temperatura media de 8.4°C, con máximas medias de 13.2°C y picos registrados de 35.5°C; mínimas medias de 3.7°C con picos de –18°C.

 

En cuanto a la pampa de Huenuleo es atravesada en sentido NONE por la isohieta de 1.200 mm; casi 2/3 de las precipitaciones caen entre el mes de mayo y agosto, con permanencia de nieve en los cerros durante todo el invierno. Esta acumulación estacional de agua caracteriza la típica escorrentía por cursos temporales y arrastre de materiales desde los sectores más altos durante gran parte del año.

 

Durante los meses estivales la escasa precipitación hace que el balance hídrico registre un déficit de aproximadamente 55 mm. con un promedio de 222 días con heladas al año, y debido a la acción que ejerce sobre el suelo, su estructura superficial depende en gran medida de la cobertura vegetal existente.

 

Los vientos predominantes son del Oeste, especialmente en verano debido a la influencia del anticiclón del pacífico, con una velocidad media de entre 18 y 24 Km/h, según la topografía, y máximo promedio de 47 Km/h. Solamente en algunos meses de verano no se necesita de medios artificiales para el confort térmico, siendo estas condiciones exacerbadas por el viento que incide en la sensación térmica, y que aumenta con la altura y la mayor distancia del lago.

 

  • Geología.

 

En este sector aparecen depósitos de till y sedimentos gruesos glacifluviales. Los primeros son bloques, gravas, arenas y linos en proporciones variables que se incluyen en la unidad depósito de till. En este caso, se trata de morenas laterales acumuladas durante la última glaciación por el glaciar Gutiérrez. Estos materiales se disponen en forma heterogénea, presentan intercalaciones de granulometría gravilla-arenosa con estratificación. En las depresiones entre los cordones morenas hay sedimentos finos orgánicos en los mallines. En el sector oriental se encuentran gravas y arenas con cierta estratificación. Son debidas a la acción glacifluvial vinculada al agua de ablación de los glaciares durante el evento antes señalado. En la parte superior extra parcelaria se observan sedimentos arenosos eólicos recientes de escaso espesor.

 

  • Geomorfología.

 

El emprendimiento se ve afectado por la unidad geomórficas de laterales de calles glaciarcitos donde muestra una heterogénea cobertura en la que alternan till, debido tanto a morenas laterales como a morenas de fondo de diferentes edades, afloramientos rocosos  con evidencias de erosión glaciaria, depósitos aluviales debido al retaje, depósitos aluviales y diversas acumulaciones de materiales ocasionadas por remoción en masa. Por lo tanto, los materiales son muy variados y dificulta su tratamiento. Las características salientes de esta ciudad se observan claramente en la zona Sur del faldeo del cerro Otto.

 

El predio presenta una topográfica simple con un gradiente de pendiente con dirección Sur de escaso porcentaje, variable entre un 3 y 5%.

 

  • Suelos dominantes.

 

Aparecen Molisoles y Andisoles de escaso a moderado grado de desarrollo, con perfiles simples. En el segundo de los casos, las propiedades ándicas están un poco manifestadas. Los contenidos de material orgánico si bien son superiores al 1%, son menores que en los suelos del bosque. Los suelos son arenosos y areno-francos y la pedregosidad es moderada e indican la participación de materiales eólicos. En las zonas deprimidas aparecen suelos hidromórficos y orgánicos. Asociados a los cursos fluviales se encuentran entisoles de muy escaso desarrollo y muy pedregosos.

 

  • Vegetación.

 

La vegetación del área de estudio pertenece fitogeográficamente al distrito del bosque caducifolio de la provincia subantártica. Corresponde a la transición entre el bosque sub-andino y la estepa patagónica, caracterizada en el barrio por la ladera del cerro Otto y la planicie ondulada de Huenuleo.

 

La vegetación en la zona se muestra como mosaico formada por matorrales mixtos, estepa con árboles, estepas herbáceo arbustiva y forestaciones. Respecto al predio, se caracteriza por la única existencia de matorrales mixtos altos básicamente de especies arbustivas de mediano y bajo porte como calafate, michay, radal, laura, discaria serratifolia, coltia spinosisima, rosa mosqueta y retama.

 

Las especies introducidas que avanzan en el terreno son sarathamnus scoparius (retama europea) rosa rubiginosa (rosa mosqueta), vegetación que se caracteriza por ocupar fondos de valles y faldeos por debajo de los 1.200 metros. El matorral mixto ingresa hacia el Este formando un entorno con la estepa.

 

Estas son áreas muy modificadas por diferentes usos del suelo. Consecuentemente la complejidad se considera media. Además son áreas muy modificadas por actividades extractivas de áridos y otros, presencia del vertedero municipal. Barrio traza de la ruta 258. La vegetación sufre la tala en época invernal y por lo tanto una presión constante respecto de las formaciones naturales. La naturalidad sería en ese caso media. Tanto la rareza como la singularidad son bajas. El medio natural se considera medio por las modificaciones producidas por urbanización, etc.

 

  • Peligros naturales.

 

La unidad posee un grado de peligrosidad natural moderada baja. En los sectores localizados al pie de las pendientes del faldeo del cerro Otto y de la sierra de la Ventana, existe cierto grado de peligrosidad debido a la inestabilidad de la pendiente.

 

En forma localizada hay anegamientos y erosión hídrica. En la costa del lago Gutiérrez se observan los efectos de erosión litoral. Como contrapartida, la zona es la que posee mayor grado de degradación de los recursos naturales. Los suelos, las aguas (tanto subterráneas como superficiales) presentan evidencias claras de contaminación y de degradación física. La degradación de la cobertura vegetal natural es muy importante. La concurrencia de incendios es también alta.

 

 

  • Usos actuales.

 

En la zona se concentran la mayoría de acciones antrópicas de alto impacto. En la misma se sitúa el basurero municipal, se desarrolla la mayor parte de la minería de áridos y se ubican algunas instalaciones industriales y comerciales. El uso urbano es de media a baja densidad, si bien se observa una tendencia creciente a la urbanización de mayor densidad. Hay también algunas instalaciones sociales comunitarias y algunas vías de comunicación de importancia. Existen algunas áreas de forestación.

 

                      II.     Descripción socio económica.

 

El Municipio de San Carlos de Bariloche se encuentra descentralizado en el ejido de los denominados centros de atención y articulación territorial (CAAT). Los CAAT consisten en las entidades especiales formadas por un conjunto de barrios agrupados según criterios de proximidad, características habitacionales, densidad de población y niveles de pobreza, conformando zonas urbanas o menos homogéneas.

 

A continuación se analizan las variables socioeconómicas referidas exclusivamente al CAAT 9 ya que el mismo comprende los barrios 2 de abril, Unión y El Frutillar, siendo este último el que incluye el área de intervención.

 

El CAAT 9 cuenta con una cobertura superficial de 281,72 hectáreas y posee una población de 5.586 habitantes (densidad 19,80 hab/ha.) concretamente el barrio el Frutillar, se constituye como el más extenso dentro del CAAT 9 componiendo el 87% de la superficie y el 72% de la población del mismo.

 

En cuanto a la distribución del sexo de la población se distingue que el 50,50% son varones y el 49,50% corresponde a mujeres. La distribución entre la población es bastante uniforme.

 

En este sector del ejido (área sur) se concentra la población que cuenta con los índices más elevándose los que respecta la pobreza, bajo niveles de instrucción, déficit habitacional, escasa cobertura de salud.

 

Esta realidad social nos refleja hoy de un modo devastador una crisis estructural en el sistema de acceso a la tierra y al hábitat social para los habitantes de nuestra ciudad de San Carlos de Bariloche, Que llevó a un aumento indiscriminado del número de familias con crisis habitacional, sin visos de solución en el corto y mediano plazo, situación que se viene manifestando a través de distintos estallidos sociales en masivas ocupaciones de viviendas y terrenos.

 

Resulta entonces imprescindible que desde este instituto conjuntamente con el Concejo Municipal pueda dotarse al Departamento Ejecutivo, mediante el dictado de la presente Ordenanza, de una herramienta útil y eficaz a la hora de satisfacer el derecho al acceso a la tierra y a la vivienda digna, considerando incluidos en ello a los servicios básicos (agua, electricidad, gas), el derecho a la seguridad en la tenencia, a la accesibilidad y a disfrutar en igualdad de condiciones de todos los factores que implican vivir en comunidad.

 

Que en esencia se trata auxiliar y de hacer posible e ejercicio de las facultades legislativas indispensables para armonizar los derechos y garantías individuales con las conveniencias generales, para que los derechos amparados por esas garantías puedan alcanzar un grado de perturbación social acumulada, con capacidad suficiente para dañar a la comunidad nacional...”

 

Por los fundamentos expresados se considera necesario declarar de interés social las obras previstas en el artículo 1° de la presente.

 

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Marcelo Cascón.

 

 

COLABORADORES: Secretaria Coordinación y Privada, Sra. Guillermina Alaniz; Secretario de Gobierno y Participación Ciudadana, Sr. Jorge Franchini e Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Habitat Social.

 

 

El proyecto original Nº 539/10, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 29 de diciembre de 2010, según consta en el Acta Nº 958/10. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

ORDENANZA

 

 

Art.  1°)

Se declara de interés social el fraccionamiento de las parcelas denominadas catastralmente 19-2-J-111-02, 03, 04, 05, 06, 07, 09 y 10 del barrio El Frutillar adquiridos por la Cooperativa de Viviendas y Servicios Públicos “Rucas del Sur Ltda.” inscripta bajo el folio 56 del libro 22 bajo matrícula 34111 y acta N° 21056, en Buenos Aires 22 de diciembre de 2008, según escritura setenta del Registro Notarial 132, que como Anexo I forma parte de la presente.

 

Art.  2°)

Se aprueba como anexo II de la presente, el convenio suscripto entre el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social y la Cooperativa de Viviendas y Servicios Rucas del Sur Ltda.

 

Art.  3°)

Comuníquese. Publíquese en el Boletín Oficial. Tómese razón. Cumplido, archívese.