DECLARACIÓN N.º 2654-CM-19

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL DÚO DE FOLK PUDU PUDU

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal

 

Ordenanza 2071- CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.

 

 

FUNDAMENTOS

 

El dúo de música Pudu Pudu es una banda local integrada por Sebastian Gowda en viola/violín eléctricos y Francisco José Angelelli en guitarra y voz. Reversionan música internacional y componen temas propios.

 

Desde sus inicios hacen una exploración musical tratando de combinar el sonido clásico del género folk con los diferentes matices y efectos que aportan la viola y el violín eléctricos. Busca llevar todos los conocimientos aportados por la música académica e intenta adaptar las obras de agrupaciones de música popular, al género folk.

 

Sebastian Gowda comenzó su carrera a los 9 años, con la profesora Kyoko Kurokawa, fundadora de Cofradía. Luego se formó con diferentes músicos de renombre: Ida Mouritzen en Noruega, Marcela Magin, Cecilia Rodriguez y Graciela Rapp en Buenos Aires. Estudió en el conservatorio Ástor Piazzolla y la Universidad Nacional de las Artes. Integró la Orquesta Juvenil Cofradía, Camerata UNA, Orquesta Académica UNA, Orquesta Estudiantil Buenos Aires, Coro de la Facultad de Derecho, Sinfónica Juvenil Nacional "José de San Martín" y la Orquesta Sinfónica Municipal de Avellaneda. Además de agrupaciones de otros géneros tales como El Silencio de IGOR, Los Nietos del Tango e Il Faut.

 

 

 

 

Francisco José Angelelli se unió al coro de la primaria del colegio al que asistía a los 10 años de edad. Era el cantante solista de las obras teatrales que se presentaban en el colegio y comenzó a tocar desde pequeño la guitarra, aunque concentrando el fuerte de sus estudios durante la escuela secundaria. Comenzó a profundizar sus estudios vocales a los 20 años acompañado por Fede Díaz Alberdi, y luego viajando a EEUU para continuar sus estudios con Jeffrey Skouson.

 

El género “folk” es considerado la apropiación y naturalización de las influencias culturales de diferentes raíces, con la resultante de algo completamente nuevo, propio y distintivo. Las influencias más distintivas de Pudu Pudu son Tracy Chapman, Adam Hood, Damien Rice, entre otros.

 

Uno de sus objetivos principales es ser accesible a toda la sociedad, para que vivan una experiencia de conexión con la música y los músicos. Es por ello que vienen realizando un trabajo de articulación con diferentes instituciones, proyectos colaborativos y organizaciones de la sociedad, entre ellas Fundación Intecnus, Fundación Cerca Tuyo, Usina Cultural del Cívico, Semana de la Juventud 2019, entre otras. A fin de poner en valor lo que genera la música, la sinestesia de las personas y los espacios culturales.

 

En su trayectoria se destaca la búsqueda de fomentar el interés y desarrollo de las actividades musicales en la ciudad de San Carlos de Bariloche. De profesionalizar a los músicos. Darle la importancia que le corresponde a la cultura. Introducir las influencias musicales internacionales a las diferentes expresiones locales.

 

Por lo expuesto hasta aquí, nos parece importante acompañar este tipo de iniciativa como herramienta de visibilización y difusión de diferentes expresiones musicales de nuestra comunidad, solicitando la declaración de interés municipal y cultural el dúo de folk Pudu Pudu.

 

 

AUTORES: Concejales Gerardo Ávila, Claudia Contreras, Viviana Gelain y Carlos Sánchez y Puente (JSB).

 

 

 

 

 

El proyecto original N.º 1391/19 fue aprobado en la sesión del día 5 de diciembre de 2019, según consta en el Acta N.º 1120/19. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal y cultural el dúo de folk Pudu Pudu, por su aporte a la cultura local y por su reconocido compromiso social.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.