COMUNICACIÓN Nº 835-CM-16
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: COMUNICAR CÁMARA DIPUTADOS NACIONAL NECESIDAD TRATAMIENTO Y SANCIÓN PROYECTOS LEY FIBROMIALGIA
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal.
Proyecto de ley nacional 1011-D-2015: Fibromialgia. Se declara de interés nacional su prevención y control.
Proyecto de ley nacional 3861-D-2015: Cuidado integral de la salud de las personas con fibromialgia y mejorar su calidad de vida y la de sus familias. Régimen.
Declaración del Senado de la Nación: Adherir a la celebración del Día Internacional de la Fibromialgia, el 12 de mayo de 2016.
Ley provincial 5082: Instituye el día 12 de mayo de cada año como "Día de concientización y reconocimiento de la fibromialgia" con la finalidad de realizar campañas de difusión de esta patología.
Nota presentada por el Grupo de Fibromialgia Bariloche, el 20/09/2016.
FUNDAMENTOS
La fibromialgia está reconocida por la Organización Mundial de la Salud (OMS) como una enfermedad reumática y se encuentra rotulada con el código M79.7 de la Clasificación Internacional de Enfermedades, (CIE-10CM) en su última revisión. Se caracteriza por la presencia de dolor generalizado en el cuerpo, con puntos sensibles específicos como las articulaciones y los músculos. Entre los síntomas que caracterizan a esta enfermedad, se encuentran:
Las localizaciones exactas del dolor se denominan puntos de sensibilidad, los cuales se encuentran en el tejido blando de la parte posterior del cuello, los hombros, el esternón, la región lumbar, las caderas, las espinillas, los codos y las rodillas.
El dolor se describe como profundo, que se irradia, torturante, punzante y varía de leve a severo.
Las personas con fibromialgia tienden a despertarse con dolores y rigidez en el cuerpo. Para algunos pacientes, el dolor mejora durante el día y aumenta nuevamente durante la noche, aunque muchos pacientes con fibromialgia presentan dolor implacable durante todo el día.
El dolor puede aumentar con la actividad, el clima húmedo o frío, la ansiedad y el estrés.
La fatiga y los problemas con el sueño se ven en casi todos los pacientes con fibromialgia, no pueden conciliar el sueño ni permanecer dormidos y se sienten cansados cuando despiertan.
Además, los síntomas abarcan trastornos como el Síndrome del intestino irritable, dificultades de memoria y problemas para pensar claramente, entumecimiento y hormigueo en manos y pies. También suelen manifestarse palpitaciones, disminución de la tolerancia al ejercicio, estado anímico deprimido, jaquecas o migrañas tensionales, por nombrar a alguno de ellos.
La causa de esta enfermedad es desconocida. Algunos apuntan a que el origen tiene un detonante psicológico, aunque sólo está comprobado que los problemas psicológicos ayudan al empeoramiento de los síntomas, pero no los originan ni tampoco hay estudios que comprueben que esta enfermedad se desencadene por un traumatismo psicológico.
No hay límite de edad para padecerla. Suele darse más comúnmente en mujeres de 30 a 50 años (aproximadamente), pero puede darse en la niñez, adolescencia y vejez. Los hombres no están exentos, sólo que, dentro de las estadísticas, son menos frecuentes los casos, aunque cada vez haya más hombres con fibromialgia.
Esta enfermedad no tiene cura ni tratamientos específicos, los fármacos son sólo para aliviar los síntomas que la enfermedad produce, pero no trata a la enfermedad en sí.
Los síntomas que padecen los pacientes son dolor cuya intensidad es capaz de impedir el funcionamiento rutinario normal, alterando fuertemente su calidad de vida. En muchos casos puede llegar a ser incapacitante, pero, debido a su falta de alteraciones en los estudios clínicos, no se considera como tal y, lamentablemente, en muchos lugares del mundo ni siquiera se la reconoce como enfermedad.
Con fecha 18 de marzo de 2015 ingresa a la Honorable Cámara de Diputados un proyecto de ley -Expte. Nº: 1011-D-2015 - con el objeto de declarar de interés nacional la prevención y control de la fibromialgia.
Por lo mismo y existiendo en la Cámara de Diputado de la Nación un proyecto al respecto, a saber: 3861-D-2015 ingresado el día 14/07/2015 que busca la protección del trabajador; incorporación al programa médico obligatorio (PMO) de la cobertura del tratamiento integral de la fibromialgia; invitación a adherir.
Estas iniciativas legislativas promueven un marco regulatorio que posibilite la cobertura integral del tratamiento de la enfermedad, la rehabilitación, la concientización acerca de la enfermedad padecida, la investigación y la formación de los profesionales de la salud a fin de contar con un diagnóstico adecuado. También busca proteger a los y las trabajadoras de posibles perjuicios que se pudieran ocasionar ante la requisitoria de licencias especiales o cambio de funciones en el ámbito laboral.
Esta afección la padecen unos dos millones de argentinos, según un informe de la Asociación Civil Fibroamérica, que agrupa a personas con fibromialgia, fatiga crónica y sensibilidad química. En dicho informe quedó demostrado que la Fibromialgia impide realizar las tareas diarias casi por completo a un 25% de los pacientes, en tanto que el 60% siente su capacidad disminuida en más de la mitad.
En la actualidad, los tratamientos para estas afecciones no están incluidos en el Programa Médico Obligatorio y desde el punto vista laboral, los pacientes reciben licencias por psiquiatría y no por la enfermedad fibromialgia. Ramona Piriz, presidenta de la Comisión de Derechos de las Personas con Discapacidad de la Asociación de Abogados de Buenos Aires y asesora legal de Fibroamérica, explicó que en Argentina la fibromialgia "aún no está considerada como una enfermedad discapacitante, por eso es tan importante contar con una ley que establezca nuestros derechos".
El Grupo Fibromialgia Bariloche hace especial mención sobre la aceptación del artículo 9 de la ley y solicita que quede explicito al respecto de la aceptación del BAREMO y sean respetadas las Normas de Valoración del grado de incapacidad o invalidez con respecto al paciente y nivel de enfermedad que presenta estudiando a cada uno para que la valoración sea legitima y también sean evaluados los pacientes con respecto a sus enfermedades de base.
Consideran también que, como pacientes de esta enfermedad, es necesario mencionar en este anteproyecto la fibroniebla ya que derivado de este síntoma se derivan problemáticas laborales que afectan el rendimiento que algunas actividades exigen para continuar en actividad laboral.
Por lo expuesto, junto al Grupo de Fibromialgia Bariloche, desde nuestra ciudad consideramos oportuno solicitar a la Honorable Cámara de Diputados Nacional el pronto tratamiento de dichos proyectos.
AUTORES: Concejales Julia Fernández, Gerardo Ávila, Diego Benítez, Claudia Contreras, Viviana Gelain, Andrés Martínez Infante y Cristina Painefil (JSB).
COLABORADORES: Grupo Fibromialgia Bariloche.
El proyecto original Nº 268/16, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 3 de noviembre de 2016, según consta en el Acta Nº 1064/16. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACIÓN
Art. 1°)
Se comunica a la Cámara de Diputados de la Nación la necesidad de avanzar en el tratamiento de los proyectos de ley 1011-D-2015 “Fibromialgia. Se declara de interés nacional su prevención y control" y 3861-D-2015 “Cuidado integral de la salud de las personas con fibromialgia y mejorar su calidad de vida y la de sus familias. Régimen”.
Art. 2°)
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.