DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE COMUNICA A LEGISLATURA DE RÍO NEGRO NECESIDAD DE TRATAMIENTO Y APROBACIÓN DEL PROYECTO DE LEY 1215/2024

 

ANTECEDENTES

Constitución Nacional.

Constitución Provincial.

Ley A 1015: Ley General de Expropiaciones.

Proyecto de ley 1215/2024: Declara de utilidad pública sujeto a expropiación el inmueble designado catastralmente como NC 19-2-F-025-04, destinado a regularizar la situación dominial de los ocupantes del barrio Alun Ruca de San Carlos de Bariloche.

Carta Orgánica Municipal.

Ordenanza 3356-CM-22: Se declara de utilidad pública y expropiación inmueble 19-2 F-025-04 barrio Alun Ruca (ex Mocciola).

Resolución 55-I-23.

 

FUNDAMENTOS

El barrio Alun Ruca de la ciudad de San Carlos de Bariloche se encuentra en la zona Este de la ciudad; y cuenta con una subdivisión de alrededor de 490 lotes que albergan un total de 600 familias, aproximadamente 2100 vecinos y vecinas, en su mayoría mujeres y niños.

La historia del barrio comenzó con la llegada de las primeras familias entre 2011 y 2012, en la zona de la calle Monteverde, donde se encontraba un predio abandonado con abundante arbolado, residuos y escombros. Fueron los mismos vecinos quienes, organizados, dispusieron del espacio, abriendo calles, limpiando el predio y delimitando los lotes de forma precaria, logrando obtener con la ayuda de un agrimensor un certificado de amojonamiento para cada lote.

Desde el inicio, las familias manifestaron su voluntad de regularizar la situación urbanística y dominial de los lotes que habían delimitado. Realizaron innumerables gestiones y reclamos hasta lograr la aprobación de la ordenanza 3356-CM-22 del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, que declara de utilidad pública y sujeta a expropiación el inmueble designado catastralmente como NC 19-2-F-025-04, de titularidad registral de la Empresa Constructora Roque Mocciola S.A.

Los servicios se fueron conectando de manera irregular desde las redes existentes en los barrios aledaños San Francisco III y San Francisco IV, mientras las juntas promotoras de vecinos trabajaban para mejorar el acceso a dichos servicios. En 2015, se avanzó en la instalación de tableros comunitarios de electricidad, en el marco de un convenio entre la Cooperativa de Electricidad Bariloche, el Instituto Municipal de Tierra y Vivienda para el Hábitat Social y una comisión de vecinos. La política de tableros comunitarios mejoró la seguridad de las conexiones, pero continuó generando conflictos y problemas en la calidad del servicio, lo que hacía necesaria una solución definitiva.

Con el objetivo de avanzar en la integración sociourbana, el barrio fue incluido en la ley nacional 27453 de Integración Sociourbana y Régimen de Regularización, con el ID 2648 del Registro Nacional de Barrios Populares.

En 2022, se firmó un convenio para la electrificación del barrio, con financiamiento de la Secretaría de Integración Sociourbana de la nación y ejecución de la Secretaría de Energía de la Provincia de Río Negro. Esta obra, que ya está en su etapa final, contempla la conexión domiciliaria de 490 lotes, protecciones térmicas, instalación de pilares individuales en cada vivienda, iluminación de calles con luminarias LED de última generación y un sistema de alcantarillado para evitar anegamientos. La ejecución de este proyecto ha requerido un trabajo conjunto con el municipio para establecer líneas municipales, lo que representa un paso importante hacia la regularización del barrio.

El barrio se encuentra consolidado, con construcciones de materiales permanentes, que día a día son mejoradas progresivamente por sus habitantes, demostrando su arraigo y voluntad de progreso. Sin embargo, es menester el acompañamiento del Estado para lograr la expropiación, que permitirá finalmente la regularización.

La Constitución de la Provincia de Río Negro, establece en su artículo 90°: “La propiedad y la actividad privadas tienen una función social; están sometidas a las leyes que se dicten. La expropiación por causa de utilidad pública debe ser calificada por ley, previa y justamente indemnizada”.

Por su parte, la Carta Orgánica Municipal de San Carlos de Bariloche dispone en su artículo 14°, inciso 4, que todos los habitantes de la ciudad gozan de todos los derechos enumerados en la Constitución Nacional, los Tratados Internacionales y la Constitución de la Provincia de Río Negro, y en especial se reconocen los siguientes derechos: al uso racional de los recursos naturales, respetando el principio de utilidad pública y la función social de la propiedad.

Asimismo, el artículo 29°, inciso 45, de la misma Carta Orgánica establece como competencia del municipio establecer restricciones y servidumbres, y calificar los casos de utilidad pública a los fines de la expropiación.

Por otra parte, el artículo 193° de la Carta Orgánica Municipal crea el Banco de Tierras Municipal, que está constituido por los inmuebles existentes afectados al mismo y los que se adquieran por compra directa, expropiación, cesión, permuta, donación y toda otra forma de adquisición del dominio. Se destinan a programas de equipamiento comunitario, infraestructura de servicios, viviendas y loteos de interés social, según el plan estratégico e integral de desarrollo.

La Ordenanza 3356-CM-22 del Concejo Municipal de San Carlos de Bariloche, en su artículo 1, establece: “Art. 1°) Declaración de utilidad pública. Se declara de utilidad pública y sujeta a expropiación el inmueble designado catastralmente NC 19-2-F-025-04...”.

Según el artículo 4° de esta ordenanza, el inmueble a expropiar será incorporado al Banco Municipal de Tierras de San Carlos de Bariloche, con destino exclusivo a la integración sociourbana del barrio Alun Ruca, adjudicando los lotes resultantes en venta, con carácter de interés social, a sus ocupantes para vivienda única y permanente.

Esta ordenanza fue respaldada por la resolución 55-I-23 del Intendente Municipal de fecha 13 de enero de 2023.

A través de esta iniciativa, en el marco de la Ley Provincial de Expropiaciones Nº 1015, se pretende la sanción de la norma que declara de utilidad pública y sujeta a expropiación al inmueble NC 19-2-F-025-04, iniciando el proceso de regularización dominial para beneficiar a unas 600 familias del barrio Alun Ruca, quienes residen allí desde hace más de doce años.

Por lo expuesto, solicitamos a la Legislatura de Río Negro el urgente acompañamiento y tratamiento del presente proyecto de ley 1215/2024, para iniciar el proceso de regularización dominial que beneficiará a unas 600 familias del barrio Alun Ruca, que han residido allí por más de doce años.

 

AUTORES: Concejales Roxana Ferreyra (Nos Une); Gerardo Del Río (PUL); Juan Pablo Ferrari (JSRN) y Julieta Wallace (Incluyendo Bariloche).

COLABORADORA: Lic. Eliana Romano.

 

El proyecto original N.º 223/24 fue aprobado en la sesión del día 21 de noviembre de 2024, según consta en el Acta N.º 1196/24. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACIÓN

 

Art. 1°)

Se comunica a la Legislatura de Río Negro la necesidad del pronto tratamiento y aprobación del proyecto de ley 1215/2024, que declara de utilidad pública sujeto a expropiación el inmueble designado catastralmente como NC 19-2-F-025-04, destinado a regularizar la situación dominial de los ocupantes del barrio Alun Ruca de San Carlos de Bariloche.

Art. 2°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.