COMUNICACION N° 632-CM-08
DESCRIPCION SINTETICA: REITERAR SOLICITUD INFORME MINISTERIO DE SALUD PÚBLICA LLAMADO LICITACIÓN CONSTRUCCIÓN CENTROS SALUD LAS QUINTAS.
ANTECEDENTES
Carta Orgánica Municipal, artículo 201, inciso 2.
Ordenanza 1596-CM-06.
Ordenanza 1806-CM-08.
Comunicación 583-CM-08.
FUNDAMENTOS
De acuerdo a la nota 455/06, ingresada el 3 de febrero del año 2006, el Ministerio de Salud de la Provincia le solicita al Intendente de nuestra ciudad la donación de tierras para mejorar la infraestructura edilicia de los centros de salud que dependen del Hospital Área Programa Bariloche.
Esto se realizó mediante la ordenanza 1596-CM-06, pero a causa de la demora por parte del Gobierno provincial en la ejecución de las obras, no se dio cumplimiento al plazo establecido para el inicio.
Es por esto que en la Comisión de Acción Social se vio la necesidad de otorgar una prórroga por un año más, para poder dar inicio a las obras prometidas, estableciéndola por medio de la ordenanza 1806-CM-08.
Igualmente, con fecha 1 de febrero de 2008 se aprobó en este Concejo Municipal la Comunicación 583-CM-08, donde surge la necesidad de reclamarle al Ministerio de Salud de la Provincia una pronta respuesta.
Siendo que a la fecha no se ha recibido respuesta y que dicho plazo para el centro de Salud Las Quintas está próximo a vencer, es que reiteramos la solicitud de informe al Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Río Negro.
AUTORAS: Concejales Laura Alves (CpD) y Silvia Paz (FpV).
COLABORADORES: Patricia Rodríguez (Secretaria Bloque CpD).
El proyecto original Nº 262/08 fue aprobado en la sesión del día 4 de diciembre de 2008, según consta en el Acta Nº 918/08. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
COMUNICACION
Art. 1°) |
Se reitera la solicitud de informe al Ministerio de Salud Pública de la Provincia de Río Negro, sobre el estado en que se encuentra la licitación para dar comienzo a las obras de los Centros de Salud de los barrios Las Quintas, El Frutillar y Nuestras Malvinas.
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Art. 2°) |
Dada la proximidad del vencimiento de la cesión otorgada al Barrio Las Quintas, se requiere el cumplimiento de lo solicitado en el artículo precedente, en forma urgente.
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Art. 3°) |
Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.
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