COMUNICACIÓN N° 637-CM-09

 

 

DESCRIPCION SINTETICA: COMUNICAR AL PODER EJECUTIVO PROVINCIAL APOYO PRÓRROGA CONTRATO ENERGÍA DE LA CEB.

 

 

ANTECEDENTES

 

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

 

Ley provincial 2902 y su decreto reglamentario 1291.

 

Carta Orgánica Municipal de San Carlos de Bariloche.

 

Contrato de prórroga de la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica en las áreas abastecidas por la CEB, del 30 de julio de 1998.

 

ADDENDUM al contrato de prórroga de la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica de fecha 18 de agosto de 1998.

 

Anteproyecto de Ley de los Legisladores Irma Haneck y Manuel Vásquez.

 

Nota de la Cámara de Comercio, Industria, Turismo, Servicios y Producción de San Carlos de Bariloche.

 

Nota del Foro Eléctrico Bariloche.

 

 

FUNDAMENTOS

 

 

A los efectos del conocimiento cronológico, se transcribe parte de los fundamentos del proyecto de ordenanza 041/08, referidos al devenir  de la relación CEB-Municipio-Provincia: “La historia demuestra que la relación Municipalidad- Cooperativa comienza por una cuestión de necesidades, en el año 1956 el crecimiento de la ciudad comprometía al Municipio con sus servicios, especialmente con uno de los más complejos, la distribución de energía eléctrica, la ciudad decide aceptar el gran desafío, durante casi 5 años la misma presta dicho servicio sin ningún tipo de contrato, el municipio comprobando la idoneidad de la misma en la materia decide otorgar en forma oficial la concesión del servicio eléctrico y es así que a través de la ordenanza Nº 37-C-1961 de fecha 10 de noviembre del año 1961, este acto queda registrado como el primero, donde se hace uso del poder concedente por parte del Municipio de Bariloche en un todo garantizado en esa época por la Ley Provincial Nº 38.

 

A partir de la firma de este primer Contrato de concesión da comienzo una relación Municipio-Cooperativa durante más de 40 años, con buenas relaciones y a veces no tantas, lo que si siempre pensando en el bienestar del vecino y en el crecimiento ordenado y pujante de una sociedad organizada estando siempre a la altura de las circunstancias.

 

 

En el año 1982 contando nuestra provincia con un gobierno de facto el intendente Osmar H. Barberis, decide actualizar y perfeccionar  el contrato de Concesión para la distribución de energía eléctrica con la Cooperativa de Electricidad Bariloche, por lo cual se aprueba la Ordenanza Nº 124-I-1982, con fecha 6 de octubre de 1982. Vale recordar que en los considerandos de la misma se hace alusión al Art. 63 de la Constitución Provincial que permite prescindir de la Licitación Pública cuando se trata de sociedades Cooperativas.

 

La ordenanza Nº 140-CM-88 permite al Municipio firmar un convenio con la Cooperativa de Electricidad Bariloche Ltda. para la operación, cobro, mantenimiento y mejoramiento del servicio de alumbrado público dentro del ejido Municipal de San Carlos de Bariloche, servicio que hasta la fecha se está prestando.

 

La puesta en vigencia de la Nueva Constitución de la Provincia de Río Negro y amparado en los Art. 80, 225 y 229, inciso 13 de la misma, la Municipalidad decide a través de la Ordenanza Nº 258-CM-89 municipalizar el Servicio Público de Energía Eléctrica, ratificando de esta manera la legitima reivindicación de la autonomía municipal, plasmada en la constitución provincial.

 

Restaurada la democracia en nuestro país, y puesta en vigencia la nueva Constitución Provincial y municipalizado el servicio de distribución de energía eléctrica, el municipio, haciendo valer su poder concedente, resuelve actualizar y perfeccionar el Contrato  de Concesión con la Cooperativa de Electricidad Bariloche Ltda. aprobado por ordenanza Nº 341-CM-90.

 

El municipio como poder concedente no solamente se preocupó por regularizar la relación contractual con la Cooperativa, sino que, conjuntamente, redactan y aprueban a través de un grupo de técnicos de nuestra ciudad, el primer Reglamento Eléctrico, que comienza a tener vigencia a partir de la aprobación de la Ordenanza 489-CM-90.

 

Siguiendo con la tecnificación de la distribución de Energía Eléctrica y con el trabajo serio y responsable de los técnicos contratados para tal fin con la aprobación de la ordenanza Nº 650-CM-91 se aprueba el primer cuadro tarifario para la Cooperativa de Electricidad de Bariloche Ltda. y se firma un acta acuerdo. Además se sanciona por primera vez simultáneamente con la ordenanza Nº 111-CM-92 el registro y Reglamento de Instalaciones Eléctricas, como complemento de la Ordenanza del Reglamento Eléctrico.

 

Otro acto que podemos enumerar como importante y que reafirma el poder concedente del municipio, es la ordenanza Nº 139-CM-92 - Provisión Energía Eléctrica Área Cerro Catedral-, donde, en sus antecedentes, se hace alusión al Art. 225 de la constitución de Río Negro que establece que la normativa municipal primará sobre la provincial en temas específicamente comunales y en su parte resolutiva Art. 1º: “El Gobierno Municipal de San Carlos de Bariloche reafirma su Poder concedente del municipalizado servicio de provisión de electricidad dentro de su ejido municipal” y sigue.

 

En el año 1995, estando en discusión en la Legislatura el Proyecto de Ley Provincial que propone el Marco Regulatorio Eléctrico, la Municipalidad emite la resolución Nº 184-PCM-95 reclamando la inclusión de Bariloche dentro del Marco Regulatorio previendo la adhesión de aquellos municipios que ejerzan su Poder concedente o hubieran municipalizado el servicio, respetando las particularidades derivadas de razones prácticas, históricas y jurídicas y las autonomías municipales.

 

 

Basándose es esa Resolución, el Concejo Municipal aprueba la Declaración Nº 277-CM-95 con los mismos conceptos en la parte resolutiva pero alertando en los fundamentos las intenciones de la Provincia de disponer como propios los bienes que pertenecen al pueblo de Bariloche, ya fueren de la Municipalidad o de la Cooperativa.

 

A pesar de todo la Provincia aprueba la Ley Nº 2902 su Decreto Reglamentario Nº 2986 que crea el Ente Regulador de la Electricidad y la Resolución EPRE Nº 94/98 todo dentro del marco regulatorio y se queda para sí el Poder Concedente propiedad del Municipio de Bariloche”.

 

Por lo expuesto, es insoslayable la raíz histórica que señala la férrea relación Municipio-distribución de energía eléctrica por medio de la CEB, durante varias décadas hasta la ruptura por medio de la Ley 2902.

 

Esta situación ha ido generando, desde la sanción de la Ley hasta la fecha, serias especulaciones en referencia al futuro del servicio y de la CEB una vez finalizado el vínculo contractual, el 27 de febrero del año 2012. Sin que nuestras instituciones políticas municipales puedan, hasta el momento, cumplir el imperativo de nuestra Carta Orgánica en referencia a la derogación de la Ley 2902, por ser éste, un atributo de nuestra Legislatura Provincial, la que en su conjunto no ha demostrado demasiado interés en hacerlo, seguramente porque provocaría una rediscusión de todo el servicio eléctrico provincial.

 

En los últimos meses, el Gobierno Provincial ha mostrado un comportamiento  superador de la frialdad con la que atendía los reclamos de nuestra Cooperativa y ha generado un vuelco sustancial con la intervención directa del Estado en las gestiones tendientes a lograr una fuerte inversión en infraestructura (en conjunto con Neuquén) como es la tan ansiada 2° línea de alta tensión Alicura-Bariloche, la que daría seguridad y alivio a la creciente demanda de energía en nuestra ciudad. La finalización, en poco tiempo más, de la nueva Estación Transformadora “La Paloma”, y también la inversión en otros servicios concesionados que posee la CEB, en este caso, el de saneamiento con la nueva planta depuradora de líquidos cloacales, por nombrar las más importantes.

 

Para certificar lo expuesto, el 26 de noviembre de 2008, en una reunión institucional desarrollada en la ciudad de Viedma con el Gobernador de Río Negro, Dr. Miguel Saiz, en la que participaron representantes de  las cámaras de Comercio y Turismo de Bariloche, el Emprotur, el Intendente Marcelo Cascón, el Concejal Claudio Otano, los Legisladores Nelly Meana, Graciela Di Biase, Claudio Lueiro y Enrique Muena, se trató, entre otros temas de agenda, la acuciante situación energética de Bariloche y la incertidumbre que provoca la indefinición contractual con la CEB. Este planteo generó una propuesta gubernamental de extender el plazo de concesión por 15 años a partir del 2012 y abrir la posibilidad de renegocionar el contrato en otros aspectos, como la eliminación de la confiscatoria cláusula 5°, tan duramente cuestionada.

 

Este nuevo cuadro de realidad abre un sinnúmero de beneficios inmediatos para la CEB y por ende, para todo Bariloche al enmarcar el desenvolvimiento del servicio en una seguridad contractual hasta ahora, en lo temporal, casi exigua y a las autoridades de la CEB, el poder enfrentar vencimientos y renegociaciones financieras con otro horizonte, por un lado, y por otro, en encarar las inversiones necesarias a los fines de garantizar el crecimiento constante de la demanda eléctrica.

 

 

 

Como paso importante y fundamental para plasmar esta propuesta provincial, se convino en expresar una posición política en conjunto, desde los Departamentos Legislativo y Ejecutivo Municipal, que contemple el respaldo a la prórroga contractual con la CEB, así como la revisión de aspectos del mismo que han sido históricamente cuestionados. Asimismo quedó tácitamente manifestado por parte del Sr. Intendente, que Bariloche no renuncia a su reivindicación del Poder Concedente Municipal y que el mismo debe ser restituido paulatinamente durante el transcurso de la prórroga y definitivamente al concluir la misma.

 

 

AUTOR: Intendente Municipal, Sr. Marcelo Cascón y Concejales Darío Barriga (FpV-Sur); Claudio Otano, Laura Alves (CpD); Silvana Camelli (PJCcP); Daniel Pardo (PPR) y Francisco De Cesare (PS).

 

 

El proyecto original Nº 342 /09 fue aprobado en la sesión del día 23 de abril de 2009, según consta en el Acta Nº 926/09. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38° de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

COMUNICACION

 

 

Art.  1°)

Se comunica al Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro el respaldo a la prórroga de la concesión del servicio público de distribución de energía eléctrica, solicitada por la Cooperativa de Electricidad Bariloche, a partir del 27 de febrero de 2012, por el término de 15 años.

 

Art. 2°)

Se comunica al Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro, que mientras dure la prórroga solicitada en el artículo precedente, la Municipalidad de San Carlos de Bariloche, asumirá paulatinamente y en forma programada, el pleno derecho de Poder Concedente del servicio eléctrico en el marco de su Carta Orgánica Municipal y la correspondiente reforma de la Ley Provincial N° 2902. La mencionada condición deberá ser expresada en el nuevo contrato a firmarse.

 

Art. 3°)

Se comunica al Poder Ejecutivo de la Provincia de Río Negro que el nuevo contrato de prórroga deberá eliminar el artículo 5° del actual vigente y concordantes, que hagan referencia a cualquier tipo de descapitalización y menoscabo del patrimonio de todos los asociados de la CEB.

 

Art.  4°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Tómese razón. Cumplido, archívese.