DECLARACIÓN N.º 2201-CM-17

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL, INTERCULTURAL Y COMUNITARIO EL LIBRO PANGUI ÑI PÜNON-LAS HUELLAS DEL PUMA Y SU PRESENTACIÓN.

 

ANTECEDENTES

 

Constitución Nacional, artículo 75, inciso 17.

 

Ley nacional 24071: Apruébase el Convenio 169 de la Organización Internacional del Trabajo sobre Pueblos Indígenas y Tribales en Países Independientes.

 

Constitución de la Provincia de Río Negro.

 

Carta Orgánica Municipal, artículo 210.

 

Ordenanza 2641-CM-15: Reconocimiento del Municipio de San Carlos de Bariloche como municipio intercultural.

 

Ordenanza 2765-CM-16: Se instituye declaración de interés intercultural. Modifica ordenanza 2071-CM-10.

 

Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de la declaración de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.

 

FUNDAMENTOS

 

La reforma de la Constitución Nacional, del año 1994, reconoce la preexistencia étnica y cultural de los pueblos originarios argentinos y reconoce sus derechos. Asimismo, en el plano local la Carta Orgánica Municipal en el artículo 210 establece que la Municipalidad:

 

Reconoce la preexistencia del Pueblo Mapuche y de los demás pueblos originarios de la región adhiriendo al plexo normativo vigente en materia indígena.

 

Garantiza el respeto a su identidad y promueve el derecho a una educación bilingüe e intercultural que contribuya a preservar y fortalecer sus pautas culturales, su lengua, cosmovisión e identidad étnica, procurando su desempeño activo en un mundo multicultural y el mejoramiento de su calidad de vida.

 

Reivindica el valor de su cultura y espiritualidad, respetando la integridad de sus lugares sagrados. Apoya el desarrollo, la conservación y el reconocimiento de los derechos sobre su patrimonio cultural, histórico, lingüístico, ritual y artístico. Reconoce sus comunidades y organizaciones. Respeta sus propias instituciones políticas, sociales y culturales, promoviendo la interacción y el intercambio con sus comunidades urbanas y rurales de origen.

 

Reconoce la posesión y propiedad comunitaria de las tierras que tradicionalmente ocupan, y contribuye en la realización de gestiones destinadas a la entrega de otras aptas y suficientes para el desarrollo humano.

 

Asegura su participación en la gestión de los recursos naturales existentes en sus propiedades comunitarias y en los demás intereses que los afectan, mediante un sistema de consulta previa con sus comunidades e instituciones representativas.

 

Proyecta y promueve la implementación y el desarrollo del etno-turismo en sus territorios tradicionales.

 

Respeta, preserva y mantiene sus conocimientos, innovaciones y prácticas que entrañen estilos tradicionales de vida, pertinentes para la conservación y la utilización sostenible de la diversidad biológica, garantizando su participación en la recuperación, protección y conservación de la misma.

 

8. Dicta normas y realiza acciones positivas tendientes a garantizar el pleno goce y ejercicio de los derechos consagrados en el presente artículo.

 

Asimismo la ordenanza 2641-CM-15 declara a la ciudad de San Carlos de Bariloche como municipio intercultural.

 

La normativa internacional y la que rige específicamente en nuestro territorio brega por la plena inclusión de las comunidades originarias. En tal sentido, lugares como Bariloche se han declarado municipios interculturales manifestando así el carácter plurinacional y múltiple que lo compone.

 

En este sentido, la interculturalidad favorece el diálogo y el intercambio entre las diversas comunidades y la profusión del conocimiento entre los distintos actores que la componen, por lo que la producción literaria, como es el caso del libro de cuentos y relatos mapuche Pangui ñi Pünon-Las Huellas del Puma llama a la lectura por parte de todos, fomentando el reconocimiento mutuo y enriqueciendo la cultura.

 

Pangui ñi Pünon-Las Huellas del Puma es un libro independiente escrito por Mauro Millán, Longko de la comunidad Mapuche Pillán Mawiza (de Corcovado, Chubut) en colaboración con Hernán Schiaffini, antropólogo e investigador del CONICET. Mauro Millán es un referente reconocido por la diversidad de comunidades tanto mapuche como mapuche tehuelche, por su lucha en la defensa de los derechos territoriales. Asimismo es miembro y vocero de la organización mapuche tehuelche 11 de Octubre la cual busca entrelazar a las comunidades originarias, y también trabaja en la recuperación de la historia, la filosofía y la cultura mapuche como un instrumento de proyección hacia el futuro dentro del mundo globalizado.

 

El libro Pangui ñi Pünon-Las Huellas del Puma son narraciones breves basadas en hechos reales. Son cuentos, sueños y relatos de la relación que se establece entre todas las vidas que conforman el mundo mapuche.

 

 

Las huellas del puma quieren decir, por lo menos, dos cosas. La primera es que el puma estuvo aquí, que pisó este suelo, y que su peso dejó una marca sobre la tierra. La segunda es que alguien lo está rastreando. Alguien que mira el camino, o los cerros, buscando las marcas de los que caminaron antes.

 

Por todo lo expuesto es que consideramos importante declarar de interés municipal, intercultural y comunitario el libro Pangui ñi Pünon-Las Huellas del Puma, y su presentación en la Escuela de Arte La Llave el día 10 de junio de 2017.

 

 

AUTORES: Concejales Cristina Painefil, Diego Benítez, Viviana Gelain, Andrés Martínez Infante, Julia Fernández, Claudia Contreras y Gerardo Ávila (JSB).

 

 

COLABORADORA: Florencia Secchiaro.

 

 

El proyecto original N.º 532/17 fue aprobado en la sesión del día 8 de junio de 2017, según consta en el Acta N.º 1075/17. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Se declara de interés municipal, intercultural y comunitario el libro Pangui ñi Pünon-Las Huellas del Puma y su presentación el 10 de junio de 2017 en la Escuela de Arte La Llave, por compartir los saberes ancestrales y fomentar una cultura diversa e intercultural, enriqueciendo así a la comunidad en su conjunto.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.