DECLARACIÓN N.º 2211-CM-17

 

DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: DECLARAR DE INTERÉS MUNICIPAL, EDUCATIVO Y COMUNITARIO EL IX CONGRESO ARGENTINO DE CUIDADOS PALIATIVOS “EXPANDIENDO LAS FRONTERAS DE LOS CUIDADOS PALIATIVOS”

 

 

ANTECEDENTES

 

Carta Orgánica Municipal.

 

Ordenanza 2071-CM-10.

 

Solicitud de declaración de interés.

 

 

FUNDAMENTOS

 

Bajo el lema “Expandiendo las fronteras de los cuidados paliativos”, se desarrollará el IX Congreso Argentino de Cuidados Paliativos, organizado por la Asociación Argentina de Medicina y Cuidados Paliativos entre el 4 y el 7 de octubre de 2017, en San Carlos de Bariloche.

 

Los cuidados paliativos son una articulación de estrategias de atención y cuidado dirigidas a las personas con enfermedades que amenazan su vida y a sus familias. Se trata de un enfoque que tiene por objetivo principal mejorar la calidad de vida de la persona enferma y su familia, proporcionando una atención integral brindada por equipos de trabajo interdisciplinarios.

 

La Organización Mundial de la Salud (OMS) adoptó, en un documento clave para el desarrollo de los cuidados paliativos (CP) en 1990, la definición propuesta por la Asociación Europea de Cuidados Paliativos como el “cuidado total, activo y continuado de los pacientes y sus familias por un equipo multiprofesional cuando la expectativa médica no es la curación. El control del dolor y de otros síntomas y de problemas psicológicos, sociales y espiritual es primordial”. Destacaba que los CP no debían limitarse a los últimos días de vida, sino aplicarse progresivamente a medida que avanza la enfermedad en función de las necesidades del paciente y su familia.

 

Posteriormente, la OMS ha ampliado la definición de CP: “Enfoque que mejora la calidad de vida de pacientes y familias que se enfrentan a los problemas asociados con Enfermedades Amenazantes para la Vida (EAV), a través de la prevención y alivio del sufrimiento por medio de la identificación temprana e impecable evaluación y tratamiento del dolor y otros problemas físicos, psicológicos y espirituales”.

 

La definición se completa con los siguientes principios:

 

Afirman la vida y reconocen la muerte como un proceso natural

No adelantan ni posponen la muerte

Proporcionan alivio del dolor y otros síntomas

Integran los aspectos psicosociales y espirituales en el cuidado del paciente

Ofrece un sistema de ayuda para que los pacientes puedan vivir lo más activamente posible hasta el momento de su muerte y ofrecen apoyo a la familia para afrontar la enfermedad del paciente en su propio medio.

 

El área asistencial de los CP incluye pacientes con enfermedades oncológicas, neurológicas evolutivas o degenerativas, renales crónicas, SIDA, enfermedades metabólicas, genéticas, etc., potencialmente letales a corto o mediano plazo, que no responden a tratamientos disponibles en la actualidad con finalidad curativa.

 

Comprende el conjunto de acciones médicas, de enfermería, farmacéutico, psicológico, social, espiritual, entre otros, que mejoran la calidad de vida de las personas con enfermedad crónica, avanzada, progresiva (a pesar de los tratamientos instituidos), incurable y potencialmente mortal a corto o mediano plazo.

 

Los cuidados paliativos incorporan una concepción multiprofesional e interdisciplinaria en el cuidado de las personas con diagnóstico de enfermedad que amenaza la vida, progresiva, incurable y en etapa terminal. A partir del trabajo de los diferentes profesionales de la salud actuando en equipo, se brinda los cuidados atendiendo a las necesidades físicas, psicológicas, sociales y espirituales de la persona muriente y su familia. Este concepto asistencial es aplicable a neonatos, niños, adolescentes, adultos y ancianos.

 

Para el logro de estos objetivos la OMS propugna, en 1996, una estrategia cuyos componentes básicos son:

 

Políticas nacionales o estatales favorables al alivio del dolor del cáncer mediante apoyo oficial a las actividades de educación y disponibilidad de fármacos;

Programas educativos dirigidos al público, al personal de salud, a las autoridades de reglamentación, etc.;

La definición de atención farmacéutica: área de conocimiento y de práctica profesional que abarca todo el proceso de suministro de medicamentos y dispositivos médicos y el proceso asistencial, teniendo como objetivo garantizar la buena atención del paciente con equidad, accesibilidad, eficiencia, efectividad y control del costo con resultados medibles y con impacto en salud y calidad de vida.

Políticas de gobierno: normas nacionales o estatales que destaquen la necesidad de aliviar el dolor crónico en el cáncer, y promover e implementar los cuidados paliativos.

Las medidas para llevarlo a cabo deben incluir:

La implementación de recursos específicos,

La mejora de la atención en los recursos ya existentes (atención primaria, hospitales generales y centros de larga estancia),

La formación de profesionales,

La educación de la sociedad y su participación a través del voluntariado.

 

El Congreso contará con la presencia de invitados internacionales: Dr. Enric Benito (España), Dra. Paulina Taboada (Chile), Dra. Tania Pastrana (Colombia), y profesionales nacionales referentes de Cuidados Paliativos: Dra. Mariela Bertolino, Dr. Gustavo De Simone, Lic. Noemí Díaz, Dr. Hugo Fornells, Dra. Graciela Jacob, Dra. Rut Kiman, Dra. Eulalia Lascar, Dra. Vilma Tripodoro y Dr. Roberto Wenk.

 

AUTORES: Concejales Ramón Chiocconi, Ana Marks, Daniel Natapof (FPV); Diego Benítez, Andrés Martínez Infante, Julia Fernández, Claudia Contreras, Cristina Painefil, Viviana Gelain, Gerardo Ávila (JSB) y Daniel González (PRO)

 

 

 

 

El proyecto original N.º 557/17, con las modificaciones introducidas, fue aprobado en la sesión del día 6 de julio de 2017, según consta en el Acta N.º 1076/17. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,

 

 

EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE

SANCIONA CON CARÁCTER DE

 

DECLARACIÓN

 

 

Art. 1°)

Declarar de interés municipal, educativo y comunitario el IX Congreso Argentino de Cuidados Paliativos “Expandiendo las fronteras de los Cuidados Paliativos”, a realizarse del 4 al 7 de octubre de 2017 en San Carlos de Bariloche.

 

Art. 2°)

La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.

 

Art. 3°)

Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.