DECLARACIÓN N.º 2575-CM-19
DESCRIPCIÓN SINTÉTICA: SE DECLARA DE INTERÉS MUNICIPAL Y CULTURAL LA ENTREGA DE RECONOCIMIENTOS ORGULLO CIUDADANO EN EL MARCO DE ACTIVIDADES POR EL DÍA DEL ORGULLO LGBTIQ
ANTECEDENTES
Constitución Nacional.
Constitución de la Provincia de Río Negro.
Carta Orgánica Municipal.
Leyes nacionales 23592, 26618 y 26743.
Ordenanza 2071-CM-10: Jerarquización de las declaraciones de interés del Concejo Municipal. Reglamentación.
Resolución 185-PCM-19 del 28 de junio de 2019 firmada por el Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.
FUNDAMENTOS
La ley nacional 23592 adopta medidas para quienes arbitrariamente impidan el pleno ejercicio de los derechos y garantías fundamentales reconocidos en la Constitución Nacional, luchando contra actos u omisiones discriminatorios determinados por motivos tales como raza, religión, nacionalidad, ideología, opinión política o gremial, sexo, posición económica, condición social o caracteres físicos.
Nuestro país específicamente, es pionero en lo que respecta a derechos de las personas homosexuales y trans. La aprobación del matrimonio igualitario que modifica el Código Civil (ley nacional 26618) y la Ley de Identidad de Género (ley nacional 26743) son ejemplos mundiales, siendo esta última la única ley en el mundo que no patologiza la condición trans.
No obstante los logros en la normativa, la lucha por el reconocimiento y la visibilización que lleva adelante el colectivo LGTBIQ (lesbianas, gays, bisexuales, trans, intersex y queer), debe ir acompañada de políticas públicas orientadas a generar un cambio cultural y a garantizar el pleno ejercicio de sus derechos.
En este sentido, el 28 de junio de cada año se celebra el "Día del Orgullo LGTBIQ", que es el mayor acto de visibilización de los colectivos de la diversidad sexual en tanto expresión máxima de la defensa de los derechos de las personas y de la búsqueda de igualdad.
Esta celebración conmemora los disturbios de Stonewall (Nueva York, Estados Unidos) de 1969, que marcaron el inicio del movimiento LGBTIQ como respuesta política hacia distintos mecanismos que el sistema patriarcal utiliza contra quienes se "desvían" de la heteronormatividad: la discriminación, la exclusión y las agresiones físicas que pueden y han llegado hasta la muerte.
En este marco, cumpliéndose 50 años de Stonewall y dentro de las múltiples actividades que las organizaciones de diversidad proponen para esta fecha, la Federación Argentina LGBT y la Mesa de Organización de la Marcha del Orgullo en Bariloche M.O.M.O, decidieron este año entregar reconocimientos al Orgullo Ciudadano a personas comprometidas con la lucha de la diversidad en nuestra ciudad.
Esta iniciativa que por primera vez se realizará en Bariloche es un reconocimiento al compromiso y a la lucha de personas que no siendo parte del colectivo de la diversidad, desde sus distintos roles sociales colaboran con las organizaciones en pensar y emprender acciones tendientes a lograr la verdadera igualdad el ejercicio pleno de los derechos del colectivo LGBTIQ.
Por ello, este Concejo Municipal declara de interés municipal y cultural la entrega de reconocimientos "Orgullo Ciudadano", realizado el miércoles 26 de junio de 2019 en la Sala de Prensa del Centro Cívico, en el marco de las actividades por el "Día del Orgullo LGBTIQ".
AUTOR: Presidente del Concejo Municipal, Diego Benítez.
INICIATIVA: Federación Argentina LGBT y la Mesa de Organización de la Marcha del Orgullo en Bariloche M.O.M.O.
La resolución 185-PCM-19, con las modificaciones introducidas, fue aprobada en la sesión del día 4 de julio de 2019, según consta en el Acta N.º 1115/19. Por ello, en ejercicio de las atribuciones que le otorga el Art. 38 de la Carta Orgánica Municipal,
EL CONCEJO MUNICIPAL DE SAN CARLOS DE BARILOCHE
SANCIONA CON CARÁCTER DE
DECLARACIÓN
Art. 1°)
Se declara de interés municipal y cultural la entrega de reconocimientos "Orgullo Ciudadano", que se realizó el 26 de junio de 2019 en la Sala de Prensa del Centro Cívico, en el marco de la celebración por el "Día del Orgullo LGTBIQ".
Art. 2°)
La presente declaración no implica la obligatoriedad de efectuar erogaciones por parte de la Administración Municipal.
Art. 3°)
Comuníquese. Dése a publicidad. Cumplido, archívese.